Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2006 (23/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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324808

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA 23 de MORDAZA de 2006

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban eleccion de Consejero Regional para que asuma el cargo de Vicepresidente Regional
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 022-2006-GR.CAJ-CR MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2006 El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en su Sesion Extraordinaria realizada el 10 de MORDAZA del ano 2006; VISTO Y DEBATIDO el tercer punto de la Agenda de Sesion, referente a elegir al Vicepresidente Regional que reemplazara al Titular Dr. MORDAZA Ar turo MORDAZA Martell, quien ha sido elegido como Congresista de la Republica; con el MORDAZA unanime del Pleno, dispensa del Dictamen correspondiente; y, CONSIDERANDO: - Que, el actual Vicepresidente Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Martell, ha sido elegido en las Elecciones Generales, realizadas el 9 de MORDAZA del ano 2006, como Congresista de la Republica por el departamento de Cajamarca. - Que, el 28 de MORDAZA de 2006, se realizara la MORDAZA de funciones de los Congresistas; por lo que MORDAZA de la fecha indicada, los senores Congresistas electos deberan apersonarse a la MORDAZA de MORDAZA a realizar las coordinaciones inherentes a su cargo. - Que, la Ley Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales, en su Articulo 23º establece que el VICEPRESIDENTE REGIONAL reemplaza al Presidente Regional en casos de licencia concedida por el Consejo Regional, por ausencia o impedimento temporal... . - Que, el Consejo Regional es un ORGANO NORMATIVO y MORDAZA competente para resolver dicha encargatura con el fin de garantizar la continuidad y eficiencia de la gestion del Gobierno Regional de MORDAZA, por lo que ha creido conveniente ELEGIR a un Consejero Regional en el cargo de Vicepresidente Regional. - Que sometido a debate la unica propuesta formulada por el Consejero Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en la persona del Consejero Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para ocupar la Vicepresidencia Regional, esta fue aprobada por unanimidad. Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, Ley de Bases de Descentralizacion Nº 27783, Ley Organica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902 y Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Nº 001-2003-CR/RC; ACORDO: Primero.- APROBAR la eleccion del Consejero Regional senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para la MORDAZA del cargo de VICEPRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA, con todos los derechos y facultades que la Ley le confiere, en cuanto asuma sus funciones el Vicepresidente Regional Titular Abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Martell, como Congresista de la Republica; haciendose de conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones para los fines pertinentes.

Segundo.- ENCARGAR que el Organo Ejecutivo del Gobierno Regional de MORDAZA, ejecute las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GASTELUMENDI Presidente 00291-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Reglamento de Organizacion y Funciones del Proyecto Especial de Irrigacion e Hidroenergetico del Alto MORDAZA - PEIHAP
ORDENANZA REGIONAL Nº 105-2006/GRP-CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Titulo IV, sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607, Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783, Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 y demas Normas Complementarias; CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion Nº 27680 y Ley Nº 28607, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su articulo 192º inciso 1) dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, el articulo 35º de la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales y Locales son competentes para aprobar su organizacion y su presupuesto institucional conforme a la ley de Gestion Presupuestaria del Estado y a las leyes anuales de Presupuesto; Que, el articulo 10º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modificada por la Ley Nº 27902, establece en el numeral 1, literal c) que son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales formular y aprobar su organizacion interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y las Leyes anuales de Presupuesto; Que, el inciso a) del articulo 15º de la ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 modificada por la Ley Nº 27902, establece como atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que el inciso c) del articulo 51º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece como funciones en materia agraria de los Gobiernos Regionales, participar en la gestion sostenible del recurso hidrico en el MORDAZA de las entidades de cuencas y las politicas de la autoridad nacional de