Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2006 (23/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA 23 de MORDAZA de 2006

propuesta de la Direccion de Promocion Agraria sustentada en un Informe Tecnico. Articulo 8º.- Son atribuciones de las Direcciones Regionales y Subregionales de Agricultura y quien haga sus veces en el ambito de la Municipalidad Metropolitana de Lima: a) Promover, autorizar, supervisar, controlar y apoyar las Ferias y Eventos Agropecuarios que se desarrollen en el ambito de su jurisdiccion. b) Aprobar mediante Resolucion Directoral el Calendario Regional de Ferias y Eventos Agropecuarios. c) Evaluar los informes tecnicos y balances economicos documentados, a traves de la Direccion de Promocion Agraria quien emite opinion tecnica y remite lo actuado al organo de asesoramiento legal o el que haga sus veces. d) Resolver segun corresponda los reclamos, observaciones, consultas, quejas y otras situaciones planteadas en la organizacion y desarrollo de las Ferias y Eventos Agropecuarios. e) Coordinar con otros Organismos e Instituciones Publicas y Privadas a nivel Regional y Nacional a fin de lograr la participacion del mayor numero de los Agentes de la Produccion Agraria. f) Evaluar los avances tecnologicos, exposiciones, concursos y la realizacion de transacciones comerciales directas. g) Exigir a los Comites Organizadores, la MORDAZA del Informe Final de gestion despues de su realizacion de las Ferias y Eventos Agropecuarios. h) Crear el Registro de Comites Organizadores Sancionados e Impedidos de realizar Ferias y Eventos Agropecuarios. i) Aplicar las sanciones a que hubiera lugar, tales como: - i. 1) Los miembros del Comite Organizador que no cumpla con realizar la feria o evento solicitado y que no presenten MORDAZA de la fecha programada de la realizacion del evento, el Informe Tecnico que sustenten las razones que no permitieron su ejecucion, se les impedira integrar otros comites organizadores de ferias y eventos por el plazo de tres (3) anos consecutivos. - i. 2) Los miembros del Comite Organizador que incumplan lo establecido en la MORDAZA Disposicion Complementaria de la presente MORDAZA, se les impedira integrar otros comites organizadores de ferias y eventos agropecuarios por el plazo de dos (2) anos consecutivos. - i. 3) Para la aplicacion de las sanciones mencionadas se elabora el expediente que sera derivado a la Oficina de Asesoria Juridica del ambito correspondiente para dictaminar, en base al cual se dictara Resolucion, la que sera notificada al Comite Organizador correspondiente. - i. 4) La ejecucion y seguimiento de la aplicacion de las sanciones mencionadas, estara a cargo de las Direcciones Regionales y Subregionales de Agricultura y quien haga sus veces en el ambito de la Municipalidad Metropolitana de Lima. j) Otras de acuerdo a sus funciones. CAPITULO IV DE LA DIFUSION DE FERIAS Y EVENTOS AGROPECUARIOS Articulo 9º.- La Direccion General de Promocion Agraria del Ministerio de Agricultura compilara y difundira el Calendario Regional de Ferias y Eventos Agropecuarios, asimismo propondra para su aprobacion las Ferias y Eventos Agropecuarios a nivel internacional que se realicen en el pais. Articulo 10º.- En cada Direccion Regional y Subregional de Agricultura, la Direccion de Promocion Agraria y quien haga sus veces en la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA compilaran las Ferias y Eventos Agropecuarios para la formulacion del Calendario Regional de Ferias y Eventos Agropecuarios. CAPITULO V CALENDARIO REGIONAL DE FERIAS Y EVENTOS AGROPECUARIOS Articulo 11º.- El Calendario Regional de Ferias y Eventos Agropecuarios es la compilacion de los eventos programados

en el ambito de su jurisdiccion por las Direcciones Regionales y Subregionales de Agricultura y quien haga sus veces en el ambito de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, a ejecutarse en el periodo de un ano. Articulo 12º.- Las Direcciones Regionales y Subregionales de Agricultura y quien haga sus veces en el ambito de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, remitiran para conocimiento, difusion y fines estadisticos a la Direccion General de Promocion Agraria del Ministerio de Agricultura a mas tardar el 30 de noviembre de cada ano, sus respectivos Calendarios Regionales de Ferias y Eventos Agropecuarios a ejecutarse el siguiente ano. Articulo 13º.- Las Direcciones Regionales y Subregionales de Agricultura y quien haga sus veces en la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA tienen la facultad para autorizar, diferir, modificar las Ferias y Eventos Agropecuarios considerados en sus respectivos Calendarios Regionales de Ferias y Eventos Agropecuarios, cuando las circunstancias lo demande. Articulo 14º.- Cuando por alguna circunstancia, el Comite Organizador crea conveniente variar, reprogramar o cancelar la realizacion de una Feria o Evento Agropecuario sera necesaria MORDAZA de la fecha programada para su realizacion, la MORDAZA de un Informe Tecnico que justifique las razones ante la respectiva dependencia del Ministerio de Agricultura. Articulo 15º.- Las Ferias y Eventos Agropecuarios a nivel internacional que se realicen en el MORDAZA, seran autorizados mediante Resolucion Ministerial a propuesta de la Direccion General de Promocion Agraria. Articulo 16º.- Toda Feria o Evento Agropecuario, cualquiera sea su actividad o nivel, tendra una duracion MORDAZA de 15 dias calendario. Articulo 17º.- En el caso de Ferias o Eventos Agropecuarios Distritales o Locales que se realicen periodicamente y que recurran para tal fin al Ministerio de Agricultura, seran autorizados mediante Resolucion, indicando las fechas y frecuencia de la feria o evento. CAPITULO VI DE LAS FERIAS Y EVENTOS AGROPECUARIOS Articulo 18º.- Las Ferias y Eventos Agropecuarios son actividades de promocion agropecuaria, transferencia de tecnologia y comercializacion de libre participacion de los productores agrarios organizados individualmente o en representacion de organizaciones. Articulo 19º.- Las Ferias y Eventos Agropecuarios se clasifican: a) Por su Actividad: a.1 FERIAS AGROPECUARIAS.- Son certamenes en las que participan productores agrarios, individuales u organizados, dedicados a la actividad MORDAZA, Pecuaria, Agroindustrial, Forestal, Artesanal. a.2 EXPOSICIONES.- Son certamenes donde participan productores agrarios, individuales u organizados dedicados a la actividad MORDAZA, pecuaria, agroindustrial, artesanal, para exhibir sus productos, ejemplares y equipos con la finalidad de promover la investigacion, extension agraria y el incremento de la produccion y productividad, pudiendo ser susceptibles de juzgamiento por un MORDAZA especial designado por la respectiva autoridad del Ministerio de Agricultura. a.3 CONCURSOS.- Son certamenes de competencia tecnica por especie, razas, variedades y tipos en las que participan los productores de una misma linea de produccion, para exponer sus productos, los que son seleccionados y calificados por un MORDAZA especial designado por la respectiva autoridad del Ministerio de Agricultura. a.4 REMATES.- Son certamenes de compra-venta de productos pecuarios, agricolas, forestales, agroindustriales y artesanales, en subastas publicas. a.5 De acuerdo a la naturaleza del Evento, podran realizarse Ferias, Exposiciones, Concursos y Remates en forma simultanea en una misma convocatoria. b) Por su nivel: b.1 FERIAS AGROPECUARIAS INTERNACIONALES: Son eventos que se realizan en el MORDAZA y en los que