Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2006 (23/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA 23 de MORDAZA de 2006

p) Aprobar la disposicion de los bienes municipales e inmuebles que conforman el patrimonio de la institucion de acuerdo a la ley. En el caso de los bienes inmuebles requerira la autorizacion previa del Concejo Metropolitano. q) Autorizar los viajes de los funcionarios y personal de Sistema Metropolitano de la Solidaridad por razones de servicio, de conformidad a la Ley de la materia; salvo las situaciones de emergencia. r) Otras que le correspondan por aplicacion de las normas fiscales que regulen a las entidades que conforman el Sector Publico. Articulo 3º.- Modificar el articulo Decimo Setimo de la Ordenanza Nº 683, referido a la Direccion Ejecutiva, el cual quedara redactado en los terminos siguientes: Articulo Decimo Setimo.- De la Direccion Ejecutiva. El Director Ejecutivo es la MORDAZA autoridad administrativa y ejecutiva del Sistema Metropolitano de la Solidaridad. El cargo de Director Ejecutivo es de confianza, es ejercido por un profesional que es designado por el MORDAZA Metropolitano de Lima. El Director Ejecutivo es el ejecutor de todas las disposiciones que adopta el Consejo Directivo, y ejerce representacion legal del Sistema Metropolitano de la Solidaridad. Articulo 4º.- Modificar el articulo Decimo Octavo de la Ordenanza Nº 683, referido a las funciones de la Direccion Ejecutiva, el cual quedara redactado en los terminos siguientes: Articulo Decimo Octavo.- Funciones de la Direccion Ejecutiva. a) Dirigir, controlar y supervisar el funcionamiento de la Entidad. b) Ejecutar las disposiciones que adopte el Consejo Directivo y disponer las acciones y medidas complementarias para su cumplimiento. c) Ejercer la representacion legal del Sistema Metropolitano de la Solidaridad. d) Emitir Resoluciones Directorales de acuerdo a Ley, dando cuenta mensual al Consejo Directivo. e) Suscribir toda clase de actos, convenios, contratos u operaciones conducentes al desarrollo y a los objetivos de la Entidad, con sujecion a las disposiciones legales vigentes y al presente Estatuto, que le MORDAZA encargados por el Consejo Directivo. f) Proponer al Consejo Directivo para su aprobacion, el Presupuesto Anual, los Estados Financieros, Balance y Memoria Anual, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. g) Proponer el Consejo Directivo la politica de concertacion y cooperacion con otras entidades municipales distritales, relacionadas con la actividad del Sistema Metropolitano de la Solidaridad. h) Proponer al Consejo Directivo, proyectos de ordenanzas, acuerdos, decretos, resoluciones y en general toda MORDAZA legal necesaria a la finalidad del Sistema Metropolitano de la Solidaridad. i) Disponer las acciones necesarias sobre las recomendaciones que realicen los Organos de Control para su implementacion. j) Delegar la representacion legal y sus funciones al Gerente General en caso sea necesaria. k) Poner en consideracion del Concejo Metropolitano de MORDAZA las donaciones, MORDAZA nacionales o extranjeras. l) Autorizar los viajes de los funcionarios y trabajadores del SISOL por razones de servicio en situaciones de emergencia, debiendo ponerlo en conocimiento del Consejo Directivo. m) Las demas funciones que con arreglo a ley le correspondan, asi como las que se encuentren previstas en este Estatuto, y las que le encargue el MORDAZA Metropolitano de Lima.

Articulo 5º.- Modifiquese el articulo Decimo Noveno de la Ordenanza Nº 683, referido a la Gerencia General, el que quedara redactado en los siguientes terminos: Articulo Decimo Noveno.- Gerencia General. La Gerencia General, es un cargo de confianza, reporta a la Direccion Ejecutiva, es designado y removido por el Consejo Directivo, constituye el organo ejecutivo responsable de la administracion, asi como por la organizacion, implantacion y evaluacion de los Planes, Politicas y Directivas dictadas por la Direccion Ejecutiva y/o el Consejo Directivo, debiendo supervisar el adecuado ordenamiento organizacional, eficiente funcionamiento administrativo, economico y financiero y presupuestal de los recursos de la Entidad. Articulo 6º.- Modifiquese el articulo Vigesimo de la Ordenanza Nº 683, referido a las funciones del Gerente General, el que quedara redactado en los siguientes terminos. Articulo Vigesimo.- Son Funciones del Gerente General. a) Alcanzar los objetivos de acuerdo a la politica y lineamientos institucionales establecidos, dictando las medidas y disposiciones que MORDAZA necesarias. b) Conducir la marcha administrativa, economica, financiera y presupuestal de acuerdo con el Estatuto y las directivas Institucionales. c) Es el responsable de elaborar y someter a consideracion de la Direccion Ejecutiva el Proyecto de Presupuesto y Plan de Accion Institucional del Sistema Metropolitano de la Solidaridad para su aprobacion, asi como la escala remunerativa y de otras modalidades de pago; administrar y controlar su ejecucion una vez aprobados por el Consejo Directivo y proponer las modificaciones que fueran necesarias. d) Es el responsable de informar periodicamente el cumplimiento de las metas presupuestarias establecidas y contar con la informacion relativa a los ingresos que directamente recaude la institucion por toda fuente de financiamiento. e) Elaborar e implementar una vez aprobados, los instrumentos de gestion necesarios para la eficiente administracion del Sistema Metropolitano de la Solidaridad. f) Dirigir y controlar la actividad del Sistema Metropolitano de la Solidaridad, siendo responsable de la administracion y conservacion de su patrimonio. g) Ejercer la representacion legal por delegacion de la Direccion Ejecutiva. h) Abrir y cerrar cuentas bancarias, suscribir contratos de creditos, girar o cobrar o endosar titulos valores, girar, aceptar, endosar, reaceptar, descontar, cobrar y remover cualquier clase de documentos mercantiles y civiles, realizar toda clase de operaciones bancarias ante bancos comerciales, privados, asociados y estatales de acuerdo a las disposiciones legales pertinentes a esta materia, las que se realizaran bajo la modalidad de doble firma, pudiendo ser de dos funcionarios Titulares o la de un Titular con un Suplente con cargo a informar al Consejo Directivo. i) Dirigir las operaciones del Sistema Metropolitano de la Solidaridad y celebrar los actos y contratos correspondientes a su objeto en concordancia con las normas legales en vigencia. j) Designar, contratar, evaluar, sancionar, suspender, promover, remover y MORDAZA, con arreglo a la ley y a la politica establecida por el Consejo Directivo, a los funcionarios y personal del Sistema Metropolitano de la Solidaridad, no estando incluidos los Gerentes de los organos de linea, con cargo a dar cuenta al Consejo Directivo. k) Autorizar la contratacion de bienes y servicios con cargo al presupuesto y de acuerdo a la normatividad vigente.