Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2000 (07/01/2000)


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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, viernes 7 de enero del 2000

Modifican ordenanza que regula funcionamiento de locales destinados a juegos mecanicos y electronicos
ORDENANZA Nº 18-99-MSS MORDAZA de MORDAZA, 22 de diciembre de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria a la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 005-99-MSS, publicada el 11 de MORDAZA de 1999 en el Diario Oficial El Peruano, se normo el funcionamiento de los locales comerciales destinados al alquiler de juegos electronicos recreativos, tales como pimballs y similares, solo dentro de Centros Comerciales con zonificacion C-3, correspondiente a Comercio Sectorial; Que, resulta necesario contar con un MORDAZA normativo para sancionar a los conductores de los establecimientos que permitan el ingreso a menores de edad durante el horario escolar a estos locales donde se desarrolle el giro de alquiler de juegos electronicos y recreativos; Que de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Articulo 2º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y en uso de las facultades que le confieren los Articulos 36º inciso 3), 109º, 115º y 116º de la Ley Nº 23853; por Unanimidad y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA AMPLIATORIA A LA ORDENANZA QUE MORDAZA EL FUNCIONAMIENTO A LOS LOCALES DESTINADOS A JUEGOS MECANICOS Y ELECTRONICOS Articulo Primero.- Incorporar a la Ordenanza Nº 005-99MSS del 18 de marzo de 1999 los siguientes articulos: "Articulo 9º.- Prohibase el ingreso de menores de edad, con uniforme y/o durante el horario escolar, a los establecimientos comerciales regulados por la presente Ordenanza, entendiendose el horario escolar de 8:00 am a 6:00 pm". "Articulo 10º.- El incumplimiento de lo senalado en el articulo precedente sera sancionado con multa pecuniaria equivalente al 35 % de la U.I.T. vigente por persona, la multa sera aplicada al conductor del establecimiento, incluyendose como infracciones en el Cuadro de Sanciones y Escala de Multas de la Municipalidad de MORDAZA de Surco". Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion de Comercializacion, a traves de la Sub Direccion de Establecimientos y a la Direccion de Fiscalizacion y Control el cumplimiento de la presente norma. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 0093

Que, la Constitucion Politica del Peru, en su Articulo 191º establece que las municipalidades provinciales y distritales y las delegadas conforme a ley, son organos de gobierno local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, uno de los aspectos de la politica de la actual Administracion Municipal esta orientada hoy en dia a la recuperacion de areas verdes, a fin de alcanzar un desarrollo forestal, evitando la contaminacion ambiental en un grado excesivamente alto de peligrosidad para la salud de los ciudadanos; Que, es responsabilidad de las municipalidades fomentar el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de la circunscripcion, velando por la calidad del medio ambiente natural, ecologicamente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la MORDAZA, satisfaciendo las necesidades y aspiraciones de las futuras generaciones; Que, las calles, parques, plazas y paseos; los bosques y prados; areas de conservacion y proteccion y otras areas de uso publico tienen el caracter de intangible, inalienables e imprescriptibles, siendo responsabilidad de los gobiernos locales no permitir su aplicacion a fines o modalidades de uso diferentes a las que su caracter de bien publico les impone; Que, dentro de las funciones de las municipalidades reconocidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 en su Articulo 65º inciso 13) en materia de acondicionamiento territorial, vivienda y seguridad colectiva esta la de procurar, conservar y administrar, en su caso los bienes de dominio publico, como caminos, puentes, plazas, avenidas, paseos, jardines, edificios publicos y otros analogos; Que, de conformidad, a lo senalado en la Constitucion Politica del Peru Articulo 2º inciso 22) y 191), Codigo del Medio Ambiente y los Recursos Naturales aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 613, Reglamento de Acondicionamiento Territorial, Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente Decreto Supremo Nº 007-85-VC; y estando a las facultades conferidas en el Articulo 36º inciso 3) y 109º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; por Unanimidad y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA SOBRE PROTECCION DE LAS AREAS VERDES DE USO PUBLICO DEL DISTRITO DE MORDAZA DE MORDAZA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo Primero.- Ambito de Aplicacion: El ambito de aplicacion de la presente Ordenanza se circunscribe al distrito de MORDAZA de Surco. Articulo Segundo.- Objetivos: a) Proteger y conservar las areas verdes de uso publico ubicada en la jurisdiccion de MORDAZA de Surco. b) Reducir la contaminacion ambiental mediante la proteccion de las areas verdes. c) Evitar las actividades que atenten contra el paisaje MORDAZA en desmedro de la calidad de MORDAZA de los vecinos de nuestro distrito. CAPITULO II DE LAS OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES Articulo Tercero.- Toda persona tiene la obligacion de preservar los parques y areas verdes de uso publico asi como la vegetacion existente, las MORDAZA de agua instaladas y el mobiliario MORDAZA ubicado en los mismos. Articulo Cuarto.- Los vecinos que tengan la necesidad comprobada de eliminar arboles existentes en las fronteras de sus fachadas deberan formular su petitorio a la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, a fin que esta solicite la autorizacion a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, previa MORDAZA del peritaje tecnico profesional. Asimismo, deberan acreditar haber sembrado no menos de cinco (5) arboles por cada uno que se pretenda talar, caso contrario debera abonar el importe equivalente a diez (10) arboles para que MORDAZA sembrados en los parques y areas verdes del distrito. CAPITULO III DE LOS ORGANOS COMPETENTES Articulo Quinto.- La Direccion de Servicios Basicos a traves de la Subdireccion de Ornato y Parques y Jardines deberan constituir y mantener el inventario de las areas verdes en las que esten especificadas las caracteristicas, disenos, equipamientos, instalaciones o identificadas las plantas y arboles existentes.

Aprueban ordenanza sobre proteccion de areas verdes de uso publico
ORDENANZA Nº 19-99-MSS MORDAZA de MORDAZA, 22 de diciembre de 1999 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; y,