Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2000 (07/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, viernes 7 de enero del 2000

NORMAS LEGALES

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Otorgan autorizacion a personas naturales para instalar establecimiento industrial pesquero en la provincia de Sechura
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 001-2000-PE/DNPP MORDAZA, 5 de enero del 2000 Visto el Expediente de registro Nº CE-00013003 con escritos de fechas 17 de febrero, 31 de marzo, 2 y 25 de junio, 29 de octubre, 9 de noviembre y 22 de diciembre de 1999, presentado por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALTUNA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA LAZARTE. CONSIDERANDO: Que los Articulos 43º inciso b) numeral 4), 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establecen que las personas naturales y juridicas requeriran de autorizacion para la instalacion de establecimientos industriales pesqueros, la que constituye un derecho especifico que el Ministerio de Pesqueria otorga a plazo determinado y a nivel nacional; Que el Articulo 55º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 09-94-PE, establece que las personas naturales y juridicas que se dediquen al procesamiento o transformacion de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo requeriran de autorizacion para la instalacion de establecimientos industriales; Que mediante los escritos del visto, los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALTUNA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicitan se le otorgue autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero, a ubicarse en la MORDAZA Industrial de Sechura, altura km. 18 de la carretera Sechura - Bayovar, distrito de Parachique, provincia de Sechura, departamento de MORDAZA, para desarrollar la actividad de concentrado proteinico de pescado Grado B, para consumo humano directo con una capacidad proyectada de 15 t/h; Que la Direccion de Medio Ambiente, mediante Oficio Nº 371-99-PE/DIREMA de fecha 15 de junio de 1999, senala que ha recaido calificacion favorable sobre el Estudio de Impacto Ambiental presentado por los recurrentes; Estando a lo informado por la Direccion de Normas de la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero, a traves de su Informe Nº 191-99-PE/DNPP-Dn de fecha 28 de diciembre de 1999, que sustenta la procedencia tecnica de lo solicitado y que senala que los recurrentes han cumplido con los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 23, correspondiente a la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-99-PE y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con los Articulos 43º inciso b) numeral 4), 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, los Articulos 55º, 57º y 60º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 0994-PE, y el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 017-99-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALTUNA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero, a ubicarse en la MORDAZA Industrial de Sechura, altura Km. 18 de la carretera Sechura - Bayovar, distrito de Parachique, provincia de Sechura y departamento de MORDAZA, a fin de que desarrolle la actividad de procesamiento de concentrado proteinico de pescado Grado B, exclusivamente para el consumo humano directo, con la siguiente capacidad proyectada: Concentrado proteinico de pescado - Grado B: 15 t/h de procesamiento de materia prima Articulo 2º.- Los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALTUNA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA deberan instalar y equipar su establecimiento industrial exclusivamente con destino al consumo humano directo con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, seguridad e higiene industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera contar con un sistema de control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final, el cual sera orientado exclusivamente para consumo humano directo, ademas debera cumplir con ejecutar el Estudio de Impacto Ambiental, calificado favorablemente por la Direccion de Medio Am-

biente, mediante Oficio Nº 371-99-PE/DIREMA de fecha 15 de junio de 1999. Articulo 3º.- El Establecimiento Industrial Pesquero cuya instalacion se autoriza por el Articulo 1º de la presente Resolucion se sujetara a la condicion de equiparse estrictamente conforme a los compromisos biologicos, tecnologicos y economicos asumidos en la Informacion Tecnico Economico presentada para sustentar el proyecto, en lo referido especificamente al procesamiento pesquero para consumo humano directo que permita la obtencion de concentrado proteinico de pescado grado B. Articulo 4º.- Otorgar el plazo de un (1) ano, contado a partir de la fecha de expedida la presente Resolucion, renovable por una sola vez y por igual periodo, previa MORDAZA de la informacion relativa al avance de obras e inversion sustantiva efectuada, para que la interesada concluya con la instalacion de su establecimiento industrial pesquero. Dentro de este periodo y previo al inicio de su actividad productiva, solicitara la inspeccion tecnico - sanitaria correspondiente para la determinacion de la capacidad instalada, condiciones sanitarias y el otorgamiento de la licencia de operacion. Articulo 5º.- El incumplimiento de lo establecido en los Articulos 2º, 3º y 4º sera causal de caducidad del derecho otorgado por la presente Resolucion. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion Regional de Pesqueria Piura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Procesamiento Pesquero (e) 0081

TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL
FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 172-99-TR Por Oficio Nº 001-2000 MTPS-SG/OCSRP, el Ministerio de Trabajo y Promocion Social solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 172-99-TR, publicada en nuestra edicion del dia 31 de diciembre de 1999, en la pagina 182247. En el MORDAZA considerando DICE: "Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 158-99 se designo a la Comision encargada de establecer los criterios para la implementacion de las Direcciones Regionales de Trabajo y Promocion Social". DEBE DECIR: "Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 158-99-TR se designo a la Comision encargada de establecer los criterios para la implementacion de las Direcciones Regionales de Trabajo y Promocion Social". 0082

MTC
Autorizan viaje de delegacion a Ecuador para participar en Primera Reunion de Autoridades Aeronauticas Peruano-Ecuatorianas
RESOLUCION SUPREMA Nº 194-99-MTC MORDAZA, 30 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Fax Nº 397 del Ministerio de Relaciones Exteriores, los dias 20 y 21 de diciembre de 1999, se realizara en la MORDAZA de MORDAZA, Ecuador, la Primera Reunion de Autoridades Aeronauticas Peruano-Ecuatorianas; Que, en la mencionada reunion se trataran asuntos referentes al analisis del Anteproyecto de Reglamento de MORDAZA Transfronterizo Aereo Peruano-Ecuatoriano, intercambio de