Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2000 (07/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, viernes 7 de enero del 2000

NORMAS LEGALES

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que, dada la provisionalidad en el cargo, de conformidad con la Unica Disposicion Transitoria y Final de la Ley Nº 27009, solicita se de por concluido su nombramiento como Fiscal Provincial Provisional, materia de la Resolucion Nº 092-97-MP-FNCEMP, de 31 de enero de 1997; En consecuencia, estando al contenido del Informe Nº 04899-MP-F.SUPR.C.I. y los actuados correspondientes, de conformidad con lo establecido en la Unica Disposicion Transitoria y Final de la Ley Nº 27009, y estando al Acuerdo Nº 107 adoptado por unanimidad en sesion de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; y, en uso de las atribuciones que le confiere las Leyes Nº 26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADA la denuncia formulada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra el doctor MORDAZA MORDAZA Camus MORDAZA, Fiscal Provincial Provisional de la MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA, por el delito de Abuso de Autoridad e INFUNDADA por el delito de Prevaricato; en consecuencia, decidase el ejercicio de la accion penal en su contra, remitiendose los actuados al Fiscal Superior Encargado de la Gestion de Gobierno Delegada por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en el Distrito Judicial de MORDAZA, para los fines pertinentes. Articulo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento del doctor MORDAZA MORDAZA Camus MORDAZA, como Fiscal Provincial Provisional de la MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA, materia de la Resolucion Nº 092-97-MP-FN-CEMP, de 31 de enero de 1997. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolucion a los senores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Presidente del Consejo de Coordinacion Judicial, Presidente de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscal Supremo de la Fiscalia Suprema de Control Interno, Secretario Ejecutivo de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico y Titular del Pliego, Presidente de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de MORDAZA, Fiscal Superior Encargado de la Gestion de Gobierno Delegada por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en el Distrito Judicial de MORDAZA y del doctor MORDAZA MORDAZA Camus MORDAZA, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COLAN MAGUINO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARINAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico 0124

De conformidad con la Ley Nº 26850, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, sus disposiciones complementarias y en uso de las facultades establecidas en el Articulo 60º de la Ley Nº 26850 y en el Inc. b) del Articulo 7º del D.S. Nº 047-98-PCM que aprueba el Reglamento de Organizaciones y Funciones del CONSUCODE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE - para el Ejercicio Presupuestal 2000, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer que el Plan aprobado en el Articulo 1º sea puesto a disposicion de los interesados de acuerdo al Articulo 3º del Reglamento de la Ley Nº 26850, en la Unidad de Abastecimiento y Servicios Generales del CONSUCODE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. PIN MORDAZA Presidente 0077

Sancionan a consultor con suspension temporal en el ejercicio de su derecho a presentarse a concursos publicos, adjudicaciones directas y a contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 257/99.TC-S2 MORDAZA, 29 de diciembre de 1999 Visto en sesion de la MORDAZA Sala Mixta del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, del 20.12.99, el Expediente Nº 034.99.TC. sobre aplicacion de sancion al Consultor, arquitecto FISCHER MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por rescision administrativa del contrato de locacion de servicios celebrado con el CTAR-JUNIN para la ejecucion del Estudio Definitivo del "Acondicionamiento Integral de la Infraestructura Turistica del MORDAZA de Huaytapallana". CONSIDERANDO: Que, el 31.12.97, se suscribio el contrato de locacion de servicios citado en el exordio, por el monto de S/. 90,000 nuevos soles y con plazo de 90 dias calendario; Que, por Resolucion Presidencial Ejecutiva Nº 258.98.CTARJUNIN/PE del 11.11.98, la Entidad resolvio el contrato por haber incurrido el Consultor en el incumplimiento de sus Clausulas tercera, sexta y novena, contraviniendo los Arts. 143º y 98º del REGAC, habiendo incurrido en incumplimiento de los terminos referentes al estudio, incumplimiento de plazos, paralizacion injustificada del desarrollo del estudio y por no renovar la carta fianza por el saldo de adelanto y aplico multa de acuerdo a la clausula decima MORDAZA del contrato; Que, el 16.11.98, el Consultor interpuso recurso de reconsideracion contra la precitada resolucion, manifestando que la resolucion rescisoria es nula, inejecutable e inconsistente, porque en aplicacion de la clausula undecima del contrato, es extemporanea e improcedente y que ademas, se sustenta en informes falaces y mal intencionados realizados con posterioridad a su peticion de resolucion de contrato, actitud que pretende salvar las responsabilidades de la Entidad; Que, por Resolucion Presidencial Ejecutiva Nº 304.98.CTARJUNIN -PE del 2.12.98, la Entidad declaro inadmisible el recurso de reconsideracion del Consultor, senalando que el Art. 153º. del REGAC concordante con el Art. 154º, establecen que los conflictos que se susciten entre las Entidades Consultantes y los Consultores seran resueltos con arreglo a las normas contenidas en el Reglamento de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, actualmente Ley Nº 26111 y su T.U.O. aprobado por D.S. Nº 02-94-JUS; Que, el Consultor, en atencion a la solicitud del CONSUCODE presento descargos el 12.4.99; Que, del analisis de antecedentes se desprende que la Resolucion Presidencial Ejecutiva Nº 304.98.CTAR-JUNIN -no ha sido objeto de impugnacion por parte del Consultor, por lo que ha quedado consentida y con todos sus efectos legales; Que, con el fin de establecer la procedencia de aplicacion de sancion al Consultor, de autos se observa que el estudio merecio observaciones en exceso por el Supervisor y la Gerencia de Promocion de Inversiones demostrando incapacidad tecnica del Consultor, que este concluyo el estudio con 73 dias de atraso,

CONSUCODE
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del CONSUCODE
CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 151-99-CONSUCODE/PRE San MORDAZA, 23 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850 establece en su Articulo 7º, la obligatoriedad que cada Entidad elabore un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones que sera aprobado por la mas alta autoridad administrativa del Organismo, en este caso, el Presidente del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) y Titular del Pliego Presupuestal; Que, la Gerencia de Administracion y Finanzas ha propuesto el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ano 2000 en base a las necesidades identificadas en las diferentes unidades organicas de la Institucion;