Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2000 (07/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, viernes 7 de enero del 2000
POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

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El Concejo Distrital de La MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley de Tributacion Municipal, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 776, regula el Impuesto Predial, cuyo pago podra efectuarse al contado, hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiendose pagar la primera cuota hasta el ultimo dia habil del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre; Que, por otro lado, el Articulo 5º de la Ordenanza Nº 004MDLV, Ordenanza MORDAZA del Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica y Parques y Jardines Publicos y Serenazgo para la jurisdiccion del distrito de La MORDAZA, establece que los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo son de periodicidad mensual y que la Municipalidad Distrital de La MORDAZA determinara y recaudara dichos arbitrios por periodos trimestrales; Que, el ultimo parrafo del Articulo 29º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado, con caracter general, por la Administracion Tributaria; Que, es necesario establecer las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios para el ejercicio 2000; Estando a lo dispuesto por el numeral 3. del Articulo 36º y los Articulos 109º y 110º de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Distrital de La MORDAZA, ha dado la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL De conformidad con el Articulo 15º de la Ley de Tributacion Municipal, la obligacion de pago del Impuesto Predial para el ejercicio 2000 vence: - Pago al contado - Pago fraccionado Primera cuota MORDAZA cuota Tercera cuota Cuarta cuota : 29 de febrero. : : : : : 29 31 31 30 de de de de febrero. mayo. agosto. noviembre.

Deniegan autorizaciones para construccion y funcionamiento de terminales de transporte interprovincial en el distrito
DECRETO Nº 008-99-MDLV La MORDAZA, 29 de diciembre de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, establece que las Municipalidades Provinciales, Distritales y las delegadas conforme a ley, son organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia; Que, en virtud de la autonomia administrativa de la que gozan, las municipalidades estan facultadas para regular aquellas materias que se encuentran dentro de su competencia, tal como lo preceptua el inciso 5) del Art. 192º de la misma Carta Fundamental, las Municipalidades tienen por competencia "Planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes"; Que, el Art. 62º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, dispone con nitidez que "Corresponde a las Municipalidades, segun el caso, planificar, ejecutar e impulsar a traves de los organismos competentes el conjunto de acciones destinadas a proporcionar al ciudadano el ambiente adecuado para la satisfaccion de sus necesidades vitales de vivienda, salubridad, abastecimiento, educacion, recreacion, transporte y comunicaciones"; Que, en virtud a lo que MORDAZA el Articulo 64º de la misma Ley Organica de Municipalidades, corresponde a la Municipalidad, delimitar las areas en que se deben ubicar los diversos servicios con fines de abastecimiento, educacion, cultura, transporte y otros necesarios para la comunidad; Que, a mayor abundamiento, el Articulo 65º incisos 4) 5) y 12) de la misma Ley Organica de Municipalidades, establece que es funcion municipal desarrollar, en forma racional, la infraestructura basica de apoyo al transporte; asi como mantener y constituir la infraestructura MORDAZA indispensable para el desenvolvimiento de la MORDAZA en la MORDAZA, ejecutando, manteniendo y administrando, en su caso, proyectos de inversion en beneficio de la comunidad, tales como embarcaderos, pistas de aterrizaje, canalizaciones o recuperacion de areas deterioradas y similares; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en uso de sus facultades y al MORDAZA de la legislacion que el Supremo Gobierno ha dictado en materia de promocion a la inversion privada (Decretos Legislativos Nº 757 y Nº 758 y Decreto Supremo Nº 189-92-EF), ha declarado, por Decreto de Alcaldia Nº 018-96, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 21 de febrero de 1996, de necesidad publica la construccion de un sistema de terminales terrestres, convocando, por Resolucion de Alcaldia Nº 1382-96, a un Concurso Internacional de Proyectos Integrales para el otorgamiento de una concesion destinada a la construccion y explotacion de un Sistema Integrado de Terminales Terrestres, a los efectos de contrarrestar una de las principales causas del congestionamiento vehicular, contaminacion ambiental y deterioro del Centro Historico de MORDAZA y alrededores; Que, el Art. 19º de la Ordenanza Nº 201, publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 12 de MORDAZA de 1999, declara de preferente interes publico la construccion del sistema de terminales terrestres de pasajeros de MORDAZA, con arreglo a lo dispuesto en el Plan de Desarrollo Metropolitano de Lima; el mismo articulo, prohibe el otorgamiento de autorizaciones de funcionamiento para Terminales de Transporte Interprovincial de Pasajeros, Carga y Descarga; Que, mediante Ordenanza Nº 033-MDLV, se faculto al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, pueda ampliar el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad; Estando a lo expuesto, con la opinion favorable de las Direcciones de Desarrollo MORDAZA, Comercializacion y Promocion del Desarrollo Economico y la Oficina de Asesoria Juridica, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853; DECRETA: Articulo Primero.- DENEGAR dentro del ambito territorial del distrito de La MORDAZA, a partir del dia siguiente de la publicacion del presente Decreto, las solicitudes para autorizacion de construccion y de funcionamiento de Terminales de Transporte Interprovincial de pasajeros, carga y descarga. Articulo Segundo.- DISPONER EL CESE DE ACTIVIDADES Y CLAUSURA DEFINITIVA de los terminales terrestres que no cuenten con las autorizaciones respectivas de la

Respecto de los propietarios de un solo predio destinado a vivienda o terreno sin construir, se amplia el plazo para el pago del Impuesto Predial del ejercicio 2000, el mismo que vence: - Pago al contado - Pago fraccionado Primera cuota MORDAZA cuota Tercera cuota Cuarta cuota : 31 de marzo. : : : : : 31 30 29 29 de marzo. de junio de setiembre. de diciembre

Articulo 2º.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES PUBLICOS Y SERENAZGO La obligacion de pago de las cuotas trimestrales de los arbitrios correspondientes al ejercicio 2000 vence: Primera cuota MORDAZA cuota Tercera cuota Cuarta cuota : : : : 29 31 31 30 de de de de febrero. mayo. agosto. noviembre.

Tratandose de propietarios de un solo predio dedicado a vivienda o terreno sin construir, la obligacion de pago vence: Primera cuota MORDAZA cuota Tercera cuota Cuarta cuota POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA BONIFAZ MORDAZA MORDAZA 0132 : : : : 31 30 29 29 de marzo. de junio. de setiembre. de diciembre.