Norma Legal Oficial del día 29 de febrero del año 2020 (29/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

Sábado 29 de febrero de 2020 /

El Peruano

de verificar la presentación de información inexacta o extemporánea, o la descarga de GLP en otra Planta Envasadora fuera de los supuestos permitidos en la presente resolución, de acuerdo a lo establecido en la Escala de Multas y Sanciones correspondiente. Artículo 5.- Publicación Autorizar la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal del Estado peruano (www.peru.gob.pe), y conjuntamente con su Exposición

de Motivos en el portal electrónico de Osinergmin (www. osinergmin.gob.pe). Artículo 6.- Vigencia La presente resolución entra en vigencia el día de su publicación en el diario oficial El Peruano. FENIX SUTO FUJITA Vicepresidente del Consejo Directivo Encargado de la Presidencia OSINERGMIN

ANEXO Formato "Reporte de transferencia de GLP en otras Plantas Envasadoras"
Planta envasadora imposibilitada de recibir el GLP Ítem

Planta envasadora que recibirá el GLP

Planta de Fecha de Código de Ficha de Planta Ficha de Planta Guía de Producto Volumen Unidades Placa Abastecimiento recepción autorización Registro Envasadora Registro Envasadora remisión de GLP origen del GLP

1860323-1 Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS señala que: "Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 2, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales. Dichas entidades permitirán que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas"; Que, mediante documento de visto, la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil, propone el proyecto de Reglamento del Decreto de Urgencia Nº 014-2020, cuyo objeto es regular disposiciones generales necesarias para la Negociación Colectiva en el Sector Público, que contiene disposiciones reglamentarias y complementarias; por lo que resulta necesario disponer la publicación de dicho proyecto, su exposición de motivos así como el plazo para la recepción de comentarios que las personas interesadas formulen sobre el particular; Con la visación de la Gerencia General, la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil y la Oficina de Asesoría Jurídica y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1023, que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil; el Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2008PCM y modificatorias. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer, a partir de la fecha, la publicación en el Portal institucional de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR (www.servir.gob. pe) del proyecto de Reglamento del Decreto de Urgencia Nº 014-2020; y, su exposición de motivos, a fin que las personas interesadas formulen comentarios sobre dicha propuesta. Artículo 2º.- Los comentarios que cualquier persona natural o jurídica considere pertinente alcanzar, deberán remitirse a la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil, al siguiente correo electrónico: comentariosnormas@servir.gob.pe y serán recibidos durante los siete (07) días calendarios siguientes a la fecha de la publicación a que alude el artículo 1º de la presente Resolución.

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Disponen la publicación del proyecto de Reglamento del D.U. Nº 014-2020, Decreto de Urgencia que regula disposiciones generales necesarias para la negociación colectiva en el Sector Público
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 019-2020-SERVIR-PE Lima, 28 de febrero de 2020 VISTO, el Memorándum Nº 000027-2020-SERVIR/ GPGSC de la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil; CONSIDERANDO: Que, con Decreto Legislativo Nº 1023, se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil-SERVIR, como Organismo Técnico Especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, que comprende el conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades del sector público en la gestión de los recursos humanos; Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 014-2020, Decreto de Urgencia que regula disposiciones generales necesarias para la negociación colectiva en el Sector Público, se dispuso que mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Economía y Finanzas, se aprueban normas complementarias y reglamentarias que requiere el presente Decreto de Urgencia; Que, el numeral 1 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por