Norma Legal Oficial del día 29 de febrero del año 2020 (29/02/2020)


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NORMAS LEGALES

Sábado 29 de febrero de 2020 /

El Peruano

Artículo Tercero.- RATIFICAR que las Entidades Ejecutoras, bajo responsabilidad, sólo destinarán los recursos públicos que se transfieren para la ejecución de las Actividades descritas en el Anexo N° 01 de la presente resolución, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos, actividades y/o gastos administrativos, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 17.3 del artículo 17° del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, sea la encargada de efectuar el monitoreo y seguimiento de metas para las cuales fueron entregados los recursos, en el marco de lo dispuesto en el numeral 17.3 del artículo 17° del

Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente resolución a la Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y a la Oficina General de Administración para los fines correspondientes, así como al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fin que proceda a PUBLICAR el presente acto resolutivo en el portal de internet de DEVIDA. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. FIDEL PINTADO PASAPERA Presidente Ejecutivo (e)

ANEXO N° 01 TRANSFERENCIAS FINANCIERAS DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL "PROGRAMA DE DESARROLLO ALTERNATIVO INTEGRAL Y SOSTENIBLE ­ PIRDAIS"
NRO. ENTIDAD EJECUTORA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE UCHIZA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE DANIEL ALOMIA ROBLES MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LUYANDO MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CONSTITUCION MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SANDIA NOMBRE DE LA ACTIVIDAD / PROYECTO ACTIVIDAD: "CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA DE LA CADENA DE VALOR DE PRODUCTOS ALTERNATIVOS SOSTENIBLES EN LA ZONA PRODUCTIVA DE PLÁTANO EN EL DISTRITO DE UCHIZA ­ PROVINCIA DE TOCACHE, DEPARTAMENTO DE SAN MARTÍN" ACTIVIDAD: "CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA EN LA CADENA DE VALOR DEL CAFÉ DEL DISTRITO DE DANIEL ALOMÍA ROBLES, PROVINCIA DE LEONCIO PRADO- REGIÓN HUÁNUCO" ACTIVIDAD: "CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA DE LA CADENA DE VALOR DEL CACAO EN EL DISTRITO DE LUYANDO, PROVINCIA DE LEONCIO PRADO, REGIÓN HUÁNUCO" ACTIVIDAD: "CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA EN LA CADENA DE VALOR DEL CULTIVO DE CACAO, EN EL DISTRITO DE CONSTITUCIÓN, PROVINCIA DE OXAPAMPA , REGIÓN PASCO" ACTIVIDAD: "CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA DE LA CADENA DE VALOR DE LOS CULTIVOS DE CAFÉ Y FRUTALES EN EL DISTRITO DE SANDÍA- PROVINCIA DE SANDIA ­ PUNO" TOTAL MONTO DE LA TRANSFERENCIA HASTA S/ 800,000.00

01

02

770,904.88

03

800,000.00

04

800,000.00

05

1'200,000.00 4'370,904.88

1860453-1 que financian el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), correspondiente al Año Fiscal 2020, del Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte, a nivel de Categoría de Gasto y Fuente de Financiamiento hasta por la suma de S/ 182 175 560,00 (Ciento Ochenta y Dos Millones Ciento Setenta y Cinco Mil Quinientos Sesenta y 00/100 Soles); Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone entre otros, que la designación de las sociedades de auditoría, es previo concurso público de méritos y son contratadas por la Contraloría General de la República; para dicho efecto, las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales están autorizadas a realizar transferencias financieras, con cargo a sus presupuestos institucionales a favor de dicha entidad para cubrir los gastos que se deriven de la citada contratación; Que, mediante Resolución de Contraloría General de la República Nº 369-2019-CG, se aprueba el tarifario que establece el monto de la retribución económica incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría por el periodo a auditar que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, las empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividades Empresarial del Estado (FONAFE), universidades, proyectos/programas, empresas prestadoras de servicio de saneamiento y otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, deben transferir a la

INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE
Autorizan segunda Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 022-2020-IPD/P Lima, 28 de febrero de 2020 VISTOS: El Informe N° 000162-2020-UF/IPD, emitido por la Unidad de Finanzas de la Oficina General de Administración; el Memorando N° 1313-2020-OGA/ IPD, emitido por la Oficina General de Administración; el Memorando N° 882-2020-UPTO/IPD emitido por la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Presupuesto y Planificación; y, el Informe N° 000135-2020-OAJ/IPD, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, el Instituto Peruano del Deporte (en adelante el IPD), es el ente rector del Sistema Deportivo Nacional, constituye un organismo público ejecutor y cuenta con autonomía funcional, administrativa y presupuestal; Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 088-2019-IPD-P/CD de fecha 31 de diciembre de 2019, el Consejo Directivo del IPD aprobó los recursos