Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2019 (03/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

Jueves 3 de octubre de 2019 /

El Peruano

que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2018MTC y la Resolución Ministerial Nº 015-2019 MTC/01, y el Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del área del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: "Red Vial Nº 6: Tramo: Puente Pucusana - Cerro Azul - Ica, de la Carretera Panamericana Sur" y el valor de la Tasación del mismo, ascendente a S/ 24,288.00, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el área del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el

artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del beneficiario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del área del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción Registral del área del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA ESPERANZA JARA RISCO Ministra de Transportes y Comunicaciones

ANEXO VALOR DE TASACIÓN DEL ÁREA DE UN (01) INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: "RED VIAL Nº 6: TRAMO: PUENTE PUCUSANA - CERRO AZUL ­ ICA, DE LA CARRETERA PANAMERICANA SUR". No. SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO SUJETO PASIVO CÓDIGO: 11021199049 A IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE AFECTACIÓN: Parcial del Predio VALOR DE LA TASACIÓN (S/)

AREA AFECTADA: 0.2112 Ha.

LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE AFECTADA: VERTICES Por el Norte: Colinda con propiedad de terceros P.E N° 11029695 (UC N° 076427), con 50.42 m. Por el Sur: Colinda con propiedad de terceros P.E N° 11006760 (UC N° 06957), con 71.67 m. MINISTERIO DE Por el Este: Colinda con la Panamericana Sur, con 37.62 m. TRANSPORTES Y Hugo Fernando Por el Oeste: Colinda con área remanente del predio COMUNICACIONES Vasquez Matias afectado P.E N° 11029736 (UC N° 076430), con 48.95 m. - PROVIAS NACIONAL PARTIDA REGISTRAL N° 11029736 perteneciente a la Oficina Registral de Chincha de la Zona Registral N° XI Sede Ica. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 11.06.2018, (Informe Técnico N° 01180-2018-Z.R.N°XI/ UR-CHINCHA) por la Oficina Registral de Chincha de la Zona Registral N° XI - Sede Ica. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Emitido con fecha 09.10.2018, por la Oficina Registral de Chincha de la Zona Registral N° XI - Sede Ica. 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 LADO 1-2 2-3 3-4 4-5 5-6 6-7 7-8 8-9 9-10 10-11 11-12 12-1 DISTANCIA (m) 37.62 71.67 1.32 2.27 3.66 7.47 8.69 6.47 7.01 5.49 6.57 50.42 WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) 371928.2863 8510290.4890 371915.5467 8510255.0867 371844.4842 8510264.3668 371845.7647 8510264.6880 371848.0283 8510264.5425 371851.1958 8510266.3705 371857.3068 8510270.6639 371863.7146 8510276.5362 371867.9196 8510281.4521 371871.8344 8510287.2626 371874.2316 8510292.1971 371878.3334 8510297.3332 24,288.00

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1813381-1