Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2019 (26/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Martes 26 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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Que, la Dirección General de Presupuesto Público, en coordinación con los Sectores, viene promoviendo la implementación de los Programas Presupuestales (PP), como uno de los instrumentos empleados para mejorar la calidad del gasto público, en el marco del Presupuesto por Resultados, lo que implica vincular los recursos asignados a las entidades públicas con los resultados que deben lograr en beneficio de su población objetivo, haciendo uso sistemático de la información de desempeño; Que, de acuerdo a los artículos 56 y 59 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, el seguimiento de desempeño de los PP, como parte de la fase de Evaluación Presupuestaria, es el análisis relacionado entre recursos-insumos-producto-resultado, a través del uso de indicadores de desempeño y otros instrumentos que se consideren pertinentes, con el propósito de identificar avances y resultados que permitan la toma de decisiones de manera oportuna y precisa, para tal efecto las entidades deben permitir a la Dirección General de Presupuesto Público, el acceso a las bases de datos a requerimiento de la citada Dirección General, disponiéndose, además, que el intercambio de dichos datos se realiza preferentemente utilizado las tecnologías de la información y resguardando la protección de los datos personales; Que, la Directiva N° 002-2016-EF/50.01, Directiva para los PP en el marco del Presupuesto por Resultados, aprobada mediante Resolución Directoral N° 024-2016EF/50.01, establece los contenidos mínimos para el diseño de un Programa Presupuestal, incluyendo los elementos para el seguimiento de los correspondientes indicadores de desempeño; Que, la Dirección General de Presupuesto Público realiza la difusión de los resultados de los indicadores de desempeño a través del aplicativo RESULTA y de la publicación de reportes anuales; Que, el artículo 24 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone que las entidades responsables de los PP remiten al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), las fichas técnicas de los indicadores de desempeño y las bases de datos empleadas para la generación de los mismos, conforme a los lineamientos que para tal efecto aprueba la Dirección General de Presupuesto Público, mediante resolución directoral; asimismo, el referido artículo establece que las mencionadas entidades permiten el acceso permanente de la Dirección General de Presupuesto Público a las bases de datos y aplicativos empleados para la generación y/o seguimiento de los indicadores de desempeño; Que, en el marco de las atribuciones de la Dirección General de Presupuesto Público, establecidas por el inciso 4 del numeral 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, referidas a la promoción del perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria, es necesario aprobar lineamientos para que las entidades implementen lo señalado en el artículo 24 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, con el objeto de mejorar el seguimiento de los indicadores de desempeño de los PP, estableciendo, además, disposiciones para su remisión por parte de las entidades del Gobierno Nacional responsables de los PP; En uso de las facultades conferidas en el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y el artículo 24 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los "Lineamientos para la elaboración y remisión de información necesaria para el cálculo de los indicadores de desempeño de los Programas Presupuestales", así como los siguientes Anexos, que forman parte de la presente Resolución Directoral: - Anexo N° 1: Lista de Indicadores sujetos a los lineamientos para la elaboración y la remisión de información necesaria para el cálculo de los Indicadores de Desempeño de los Programas Presupuestales.

- Anexo N° 2: Formato de Ficha Técnica de los Indicadores de Desempeño de los Programas Presupuestales. - Anexo Nº 3: Cronograma de inicio de acompañamiento técnico. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial "El Peruano". Los Lineamientos y sus Anexos, aprobados por el artículo 1 de la presente Resolución Directoral, se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Directoral. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Directora General Dirección General de Presupuesto Público 1753613-1

Modifican Anexo 1 "Lineamientos sobre modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático para la aplicación del artículo 12 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2019" y Anexo 2 "Lineamientos para la aplicación de la Décima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2019"
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 014-2019-EF/50.01 Lima, 25 de marzo de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Directoral Nº 002-2019EF/50.01, modificada por Resolución Directoral Nº 008-2019EF/50.01, se aprueban los "Lineamientos sobre modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático para la aplicación del artículo 12 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2019" y los "Lineamientos para la aplicación de la Décima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2019"; Que, teniendo en cuenta los alcances del primer párrafo del numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2019", es necesario precisar en el inciso 4.1 del numeral 4 del Anexo 1 "Lineamientos sobre modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático para la aplicación del artículo 12 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2019", que la opinión favorable de la Dirección General de Presupuesto Público a que se refiere dicho inciso, procede cuando se trata de inversiones en etapa de ejecución; Que, asimismo, es necesario modificar el inciso 2.1 del numeral 2 del Anexo 2 "Lineamientos para la aplicación de la Décima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2019", a efectos de precisar que, en el caso de compromisos registrados en el SIAF vinculados a contratos que derivan de procesos de selección regulados por organismos internacionales, la Dirección General de Presupuesto Público podrá disponer mecanismos de verificación complementarios para la identificación del código de las inversiones y proyectos y su vinculación con los contratos antes mencionados; Que, por tanto, en el marco de las facultades de la Dirección General de Presupuesto Público establecidas en el inciso 4 del numeral 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1440, referidas a la promoción del perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria, procede modificar el inciso 4.1 del numeral 4 del Anexo 1 "Lineamientos sobre modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático para la aplicación del artículo 12 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector