Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2019 (26/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

Martes 26 de marzo de 2019 /

El Peruano

y Dos y 71/100 Soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General, destinado al financiamiento de la contratación de la sociedad de auditoría, que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR; Con el visado de la Gerente General, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Directiva N° 001-2019-EF/50.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria" aprobada por la Resolución Directoral N° 003-2019-EF/50.01; y en el ejercicio de las atribuciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI y modificado por Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Autorizar la transferencia financiera con cargo al Presupuesto Institucional 2019 del Pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, Unidad Ejecutora 001: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR ­ Sede Central, hasta por la suma de S/ 45 432,71 (Cuarenta y Cinco Mil Cuatrocientos Treinta y Dos y 71/100 Soles), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, destinado al financiamiento de la contratación de la sociedad de auditoría, que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución, se realizará con cargo al Presupuesto Institucional aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, Unidad Ejecutora 001: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR ­ Sede Central, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad: 5000003 Gestión Administrativa, Genérica de Gasto: 2.4 Donaciones y Transferencias, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Remisión Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina General de Administración para que efectúe las acciones administrativas que correspondan. Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR (www.serfor.gob.pe) en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO GONZÁLES-ZÚÑIGA G. Director Ejecutivo Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre SERFOR 1753286-1

DEFENSA
Designan representantes del Ministerio ante la Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo - CONTRALAFT
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0365-2019 DE/SG 22 de marzo de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 057-2011-PCM se aprueba el Plan Nacional de Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo y se crea la Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo CONTRALAFT, que tiene como objetivo coadyuvar en la coordinación y planificación de las acciones a cargo de las entidades públicas y privadas dirigidas a prevenir y combatir los delitos de lavado de activos y del financiamiento y actualización del mencionado Plan Nacional; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4 de Decreto Supremo citado en el párrafo precedente, las designaciones de los representantes de las entidades del Poder Ejecutivo, se efectuarán mediante resolución ministerial del sector al que pertenecen o se encuentren adscritos; Que, la CONTRALAFT, en el marco de sus funciones, identificó la necesidad de diseñar una Política Nacional contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, la misma que ha sido elaborada a través de un proceso que incluyó la participación de diversas entidades públicas y privadas vinculadas a la materia, a través de la realización de siete (7) talleres de trabajo, en los que se compatibilizaron los intereses generales del Estado orientados a prevenir, detectar, investigar y sancionar de manera eficiente, eficaz y articulada el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, para contribuir a la estabilidad económica, política y social del Perú; Que, teniendo en cuenta la modificación al artículo 3 del Decreto Supremo N° 057-2011-PCM, efectuada por el artículo único del Decreto Supremo N° 0182017-JUS, de fecha 12 de setiembre de 2017, resulta necesario designar a un representante (titular y alterno) del Ministro de Defensa para que conforme la Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo; Que, mediante Oficio N°577CCFFAA/D-3/DCT el Secretario de la Jefatura del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, comunica que se ha previsto la designación del Jefe de la División de Operaciones Frente Interno del Estado Mayor Conjunto de Fuerzas Armadas, como representante del Ministerio de Defensa ante la mencionada comisión; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 0062016-DE. SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a los representantes del Ministerio de Defensa ante la Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo ­ CONTRALAFT, creada mediante el Decreto Supremo N° 0572011-PCM, conforme al siguiente detalle: Titular Jefe de la División de Operaciones Frente Interno del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas Alterno Jefe del Departamento Contraterrorismo de la 3ra DIEMCFFAA