Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2019 (26/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Martes 26 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 996, que establece el régimen aplicable a la utilización de los recursos provenientes de los procesos de promoción de la inversión privada destinados a la ejecución de programas de carácter social, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2008-EF; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el Texto Integrado de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 145-2019 MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor Pastor Humberto Paredes Diez Canseco como representante del Sector Transportes y Comunicaciones, para que integre el Consejo Directivo de la Asociación Fondo Social Terminal Portuario Multipropósito de Salaverry - Asociación Fondo Social TPMS. Artículo 2.- Notificar la presente resolución a Salaverry Terminal Internacional S.A., a la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes y a la persona designada a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución, para su conocimiento y fines. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob. pe/mtc), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1753441-1

Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 218-2019 MTC/01 Lima, 25 de marzo de 2019 VISTOS; El Memorando N° 0268-2019-MTC/24 del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones, el Memorándum N° 494-2019-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorándum N° 0118-2019-MTC/11 de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, el Oficio Nº 157-2019-SERVIR/ PE del Presidente Ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil de SERVIR, y el Informe Técnico Nº 021-2019-SERVIR/GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de SERVIR; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece en los numerales 38.1 y 38.2 del artículo 38 que los Programas, son creados, en el ámbito de competencia del Poder Ejecutivo, en un Ministerio o en un Organismo Público, mediante Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y que como tales, constituyen estructuras funcionales creadas para atender un problema o situación crítica, o implementar una política pública específica, en el ámbito de competencia de la entidad a la que pertenecen; Que, mediante Decreto Supremo N° 018-2018MTC, se dispone la fusión del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la creación del Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL, la cual depende del Viceministerio de Comunicaciones y, cuyo objetivo es la provisión de acceso universal de servicios de telecomunicaciones, el desarrollo de la banda ancha en

su ámbito de intervención, la promoción de servicios, contenidos, aplicaciones y habilidades digitales y la reducción de la brecha de infraestructura de comunicaciones, a nivel nacional; Que, con Resolución Ministerial N° 023-2019-MTC/01, se aprueba el Clasificador de cargos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y, asimismo, con la Resolución Ministerial N° 146-2019-MTC/01, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL, con el cual se establece su estructura funcional, sus funciones principales, proceso y funciones de las unidades que integran dicho Programa; Que, mediante Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, en su Cuarta Disposición Complementaria Final se establece que el Cuadro para Asignación de Personal CAP y el Presupuesto Analítico de Personal - PAP, serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, establece que el Cuadro para Asignación de Personal - CAP y el Presupuesto Analítico de Personal - PAP serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE; Que, la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM establece que mediante Directiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR se regulará la progresividad de la aprobación del CPE; Que, en el marco de la rectoría del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y de la implementación de la Ley N° 30057, la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR/PE aprueba la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR/PE, en adelante la Directiva, con la cual se establecen las normas para la gestión del proceso de administración de puestos, elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE, la cual incluye los lineamientos para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional, en adelante CAP - P; Que, de acuerdo con el numeral 7.5 de la Directiva, el CAP - P es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el periodo de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley N° 30057; Que, en los numerales 3.1 y 4.1 del Anexo N° 4 de la Directiva, se establece que la aprobación del CAP - P está condicionada al Informe de Opinión Favorable que emita SERVIR; asimismo el numeral 4.2 de la citada norma, establece que su aprobación en el caso del Gobierno Nacional, que incluye entre otros, a los Programas, es a través de Resolución Ministerial; Que, conforme a la normatividad antes expuesta, mediante Oficio N° 750-2019-MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC solicita a la Autoridad Nacional del Servicio Civil emitir opinión sobre la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL; Que, mediante Oficio Nº 157-2019-SERVIR/PE, la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR remite a la Secretaría General del MTC, el Informe Técnico Nº 021-2019-SERVIR/GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, que contiene la opinión favorable a la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL, por lo que, recomienda proseguir con las acciones administrativas necesarias para su aprobación, de acuerdo con lo indicado en el numeral 4.2 del Anexo N° 4 de dicha normativa; Que, contando con la opinión favorable de los documentos de vistos, es necesario aprobar el Cuadro