Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2018 (04/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Domingo 4 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

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ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan modificación presupuestaria en el Nivel Funcional Programático en el presupuesto institucional del Ministerio, para el financiamiento de lo establecido en la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 083-2018-EF/41 Lima, 2 de marzo de 2018 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 492-2017-EF/41 se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos y los recursos que lo financian por Fuente de Financiamiento, correspondiente al Pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas para el Año Fiscal 2018, a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Proyecto, Actividad, Categoría de Gasto y Genérica del Gasto; Que, la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, dispone la reactivación de la Comisión Evaluadora de las deudas del Estado generadas por sentencias judiciales emitidas, creada mediante la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley 29812, y conformada por Resolución Suprema 100-2012-PCM, a fin de que apruebe un listado complementario de las deudas del Estado generadas por sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución, para la cancelación y/o amortización de montos hasta por la suma de TREINTA MIL Y 00/100 SOLES (S/ 30 000,00), en un plazo de 60 (sesenta) días calendario contados a partir de la vigencia del reglamento de la presente disposición, para continuar con el proceso del pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución, iniciado por la Ley 30137, Ley que establece criterios de priorización para la atención del pago de sentencias judiciales; Que, el primer párrafo del numeral 3 de la citada disposición normativa, establece que la implementación de lo mencionado en el considerando precedente, se financia con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 44 de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, hasta por la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 50 000 000,00), y a los saldos disponibles según proyección al cierre del Año Fiscal 2017 del Presupuesto del Sector Público hasta por la suma de DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 200 000 000,00), y el segundo y tercer párrafo del referido numeral, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar modificaciones presupuestarias, en el marco de lo establecido en el artículo 45 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, asimismo, el cuarto párrafo del numeral antes citado señala que el Ministerio de Economía y Finanzas queda autorizado a realizar transferencias financieras, en los años fiscales 2017 y 2018, hasta por la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 250 000 000,00), para el financiamiento de lo establecido en la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, con cargo a los recursos habilitados en el marco del considerando precedente. Dichas transferencias se aprueban mediante resolución del titular, la cual se publica en el diario oficial El Peruano; Que, de acuerdo a lo mencionado en los considerandos precedentes, en el año 2017 mediante Resolución Ministerial N° 487-2017-EF/41 se autorizó la modificación presupuestaria por DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 200 000 000,00), así como la transferencia financiera por dicho importe, para el financiamiento de lo establecido en la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693; Que, en el marco de lo establecido en el artículo 45 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, es preciso efectuar una modificación presupuestaria en el

Nivel Funcional Programático, de la Unidad Ejecutora 001 ­ Administración General, hasta por el importe de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 50 000 000,00), a favor de la Actividad 5002175 - Pagos del Gobierno Central y Otros Pagos Expresos, con cargo a los recursos asignados a la Reserva de Contingencia de la Actividad 5000415 Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público. Asimismo, resulta necesario autorizar la transferencia financiera del pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas, Fuente de Financiamiento 1 - Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora 001 ­ Administración General, Actividad 5002175 Pagos del Gobierno Central y Otros Pagos Expresos, hasta por dicho importe, para el financiamiento de lo establecido en la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693; Que, adicionalmente a lo establecido precedentemente, el primer párrafo del numeral 6 de la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, dispone que la atención del pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada del sector Educación, se financia con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 44 de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, hasta por la suma de DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 200 000 000,00), los cuales se sujetan a lo dispuesto en el segundo, tercer, cuarto y quinto párrafo del numeral 3 de la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693; Que, en aplicación a la disposición normativa mencionada en el considerando precedente, resulta necesario efectuar una modificación presupuestaria en el Nivel Funcional Programático, de la Unidad Ejecutora 001 ­ Administración General, hasta por el importe de DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 200 000 000,00), a favor de la Actividad 5002175 - Pagos del Gobierno Central y Otros Pagos Expresos, con cargo a los recursos asignados a la Reserva de Contingencia de la Actividad 5000415 - Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público, y autorizar la transferencia financiera del pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas, Fuente de Financiamiento 1 - Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora 001 ­ Administración General, Actividad 5002175 - Pagos del Gobierno Central y Otros Pagos Expresos, hasta por dicho importe; De conformidad con lo dispuesto en la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; y los artículos 44 y 45 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y, Estando a lo informado por la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de Modificación Presupuestaria Autorizar una modificación presupuestaria en el Nivel Funcional Programático en el Presupuesto Institucional del pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas para el Año Fiscal 2018, hasta por CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 50 000 000,00), para el financiamiento de lo establecido en la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, con exclusión de las sentencias a que se refiere el numeral 6 de dicha disposición normativa, según el siguiente detalle:
En Soles SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS DE LA: 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público GASTOS CORRIENTES 50 000 000,00 2.0. Reserva de Contingencia 50 000 000,00 TOTAL EGRESOS: 50 000 000,00 ACTIVIDAD