Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2018 (04/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Domingo 4 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

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INTERIOR
Autorizan viaje de oficial de la Policía Nacional del Perú a Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 301-2018-IN Lima, 2 de marzo de 2018 VISTOS; el Oficio N° 2018-0473-DAI-PN, de fecha 8 de febrero de 2018, de la Comandancia General de la Policía Nacional del Ecuador; la Hoja de Estudio y Opinión N° 79-2018-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 23 de febrero de 2018, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; el Oficio N° 81-2018-DIRASINT-PNP/DIVBEC-D.R., de fecha 26 de febrero de 2018, de la Jefatura de la División de Becas de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú; el Informe N° 000777-2018/IN/ OGAJ, de fecha 2 de marzo de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 2018-0473-DAI-PN, de fecha 8 de febrero de 2018, la Comandancia General de la Policía Nacional del Ecuador hace de conocimiento de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, que se va a llevar a cabo el XII Festival Hípico Internacional de Salto Policía Nacional del Ecuador 2018 "Héroes de Paz", en el marco del 80° Aniversario de Profesionalización de la Policía Nacional del Ecuador, a realizarse del 5 al 12 de marzo de 2018, en la ciudad de San Francisco de Quito ­ República del Ecuador, para lo cual extienden invitación al Comandante de la Policía Nacional del Perú Héctor Raúl Pascuali Arias, a fin que asista a dicho evento; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 79-2018-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 23 de febrero de 2018, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Héctor Raúl Pascuali Arias, para que participe en el evento antes citado, a realizarse en la ciudad de San Francisco de Quito ­ República del Ecuador, del 4 al 12 de marzo de 2018, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que el citado evento tiene como objetivo realizar competencias internacionales sobre la base del deporte ecuestre, donde la Policía Nacional del Perú se verá representada por el personal policial antes citado; Que, las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en el evento indicado, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de alojamiento, alimentación y transporte interno, son asumidos por la Policía Nacional del Ecuador, conforme lo precisa el Oficio N° 2018-0473-DAI-PN, de fecha 8 de febrero de 2018, mientras que los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 825-2018-DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE., de fecha 20 de febrero de 2018, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 0022004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Comisión de Servicios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público

para el Año Fiscal 2018, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano"; Con la visación de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Héctor Raúl Pascuali Arias, del 4 al 12 de marzo de 2018, a la ciudad de San Francisco de Quito ­ República del Ecuador, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1º de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe US$ 320.00 Personas 1 = Total US$ 320.00

Pasajes aéreos

X

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los pasajes aéreos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ROMERO FERNÁNDEZ Ministro del Interior 1622301-1