Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2018 (04/03/2018)


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NORMAS LEGALES

Domingo 4 de marzo de 2018 /

El Peruano

saldos de balance y son registrados financieramente cuando se determine su cuantía"; Que, el inciso ii), del numeral 19.2 del artículo 19º de la Directiva para la Ejecución Presupuestaria, Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01 y modificada mediante Resolución Directoral Nº 022-2011-EF/50.01, Resolución Directoral Nº 025-2013-EF/50.01, Resolución Directoral Nº 009-2014EF/50.01, Resolución Directoral Nº 023-2014-EF/50.01, Resolución Directoral Nº 027-2014-EF/50.01 y Resolución Directoral Nº 026-2017-EF/50.01, señala que: "...Las modificaciones presupuestarias a Nivel Institucional por incorporación de mayores fondos públicos de acuerdo a lo establecido en el numeral 42.1 del artículo 42º de la Ley General proceden en los siguientes casos: [...] ii. Cuando se trate de los recursos provenientes de Saldos de Balance y Donaciones y Transferencias."; Que, el artículo 69º del TUO de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, indica que: "Las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad o Acuerdo de Consejo en el caso de los Gobiernos Regionales y de Consejo Municipal en el caso de los Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos. Dicha Resolución o Acuerdo, según corresponda, serán publicados en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donación supere los cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias. En el caso de montos inferiores a las cinco (5) UIT la referida Resolución o Acuerdo se publicará obligatoriamente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de aprobada, en la página web de entidad, bajo responsabilidad"; Que, en mérito al convenio suscrito y de acuerdo a lo coordinado entre ambas partes, la Secretaría General del SERNANP solicita, mediante Carta Nº 263-2017-SERNANP-SG, al Director Ejecutivo de PROFONANPE, la transferencia de fondos por el monto total de S/ 97 560,00 Soles para la contratación por la modalidad CAS de dos (02) Guardaparques y un (01) especialista, en el marco del Convenio citado en los párrafos precedentes. Que, mediante Memorándum Nº 2015-2017-SERNANP-OA de fecha 21 de diciembre de 2017, la Oficina de Administración informa sobre el desembolso de S/ 97 560,00 Soles, correspondiente al Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el SERNANP y PROFONANPE para la ejecución de El Proyecto; Que, mediante Informe Nº 059-2018-SERNANPOPP de fecha 16 de febrero de 2018, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto considera técnicamente factible la incorporación de recursos al Presupuesto Institucional del pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP para el año fiscal 2018, por la suma de S/ 97 560,00 Soles, en la fuente de financiamiento 4: Donaciones y Transferencias, en el marco del Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el SERNANP y PROFONANPE, para la ejecución del proyecto "Fortalecimiento de la Gestión del Parque Nacional Sierra del Divisor"; Con las visaciones de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General, y; En uso de las facultades conferidas en el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptación de la Donación Aceptar la donación dineraria ascendente a Noventa y siete mil quinientos sesenta y 00/100 Soles (S/ 97 560,00 Soles), efectuada en el marco del Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el SERNANP y PROFONANPE, para la ejecución del proyecto "Fortalecimiento de la Gestión del Parque Nacional Sierra del Divisor". Artículo 2º.- Incorporación Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos

en el Presupuesto Institucional del Pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de Noventa y siete mil quinientos sesenta y 00/100 Soles (S/ 97 560,00 Soles), por la Fuente de Financiamiento 4: Donaciones y Transferencias, de acuerdo al anexo adjunto, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- Codificación La Oficina de Planeamiento y Presupuesto solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 4º.Notas para Modificación Presupuestaria La Oficina de Planeamiento y Presupuesto instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 5º.- Presentación de la Resolución La Oficina de Planeamiento y Presupuesto remitirá copia de la presente Resolución, dentro de los cinco (5) días siguientes de aprobada, a los Organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Artículo 6º.- Publicación de la Resolución Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese y comuníquese. PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA Jefe 1621896-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan Asesor I de la Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 074-2018/SUNAT Lima, 2 de marzo de 2018 CONSIDERANDO: Que el artículo 3° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de la citada Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que se encuentra vacante el cargo de confianza de Asesor I de la Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas, por lo que resulta conveniente proceder a designar a la persona que asumirá dicho cargo, el mismo que es de confianza de acuerdo a lo previsto en el Clasificador de Cargos considerados Empleados de Confianza y Servidor Público - Directivo Superior de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 033-2017/SUNAT y modificatoria; En uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27594 y el inciso i) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria -