Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2018 (04/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Domingo 4 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES GOBIERNOS LOCALES

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de valor de productos exportables y con potencial exportador; Que, en consecuencia, el Plan Regional Exportador PERX Piura al 2025 se encuentra actualizado en el marco del Plan Estratégico Nacional de Exportación PENX 2025, y validado en ceremonia pública el 10 de noviembre de 2017 por todos los actores públicos y privados que intervinieron en su elaboración; Que, mediante Informe N° 71-2018/GRP-460000, de fecha 25 de enero de 2018, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica emitió opinión legal favorable recomendando derivar el Plan Regional Exportador PERX Piura al 2025 al Consejo Regional para que conforme a sus atribuciones proceda a su aprobación mediante Ordenanza Regional; Que, mediante Dictamen N° 002-2018/GRP-CRCPIeI, de fecha 20 de febrero de 2018, la Comisión de Promoción de Inversiones e Infraestructura concluyó que el Plan Estratégico Regional Exportador PERX Piura al 2025 es una herramienta que permitirá la implementación de los programas, actividades y proyectos con los objetivos estratégicos para lograr el desarrollo sostenible y competitivo de la actividad exportadora; siendo necesario, para los efectos legales consiguientes, su aprobación a través de la Ordenanza Regional correspondiente que emita la instancia legislativa del Gobierno Regional Piura; Que, estando a lo acordado y aprobado, por unanimidad, en Sesión Ordinaria N° 02-2018, de fecha 21 de febrero de 2018, en la ciudad de San Miguel de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y las leyes de la República; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL PLAN REGIONAL EXPORTADOR PERX PIURA AL 2025 Artículo Primero.- Aprobar el Plan Regional Exportador PERX Piura al 2025, elaborado en el marco del Plan Estratégico Nacional Exportador ­ PENX 2025, contenido en el documento que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General Regional, en coordinación con la Gerencia Regional de Desarrollo Económico y la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, reactivar el Comité Ejecutivo Regional Exportador CERX a fin de realizar las coordinaciones con las instancias competentes del Gobierno Regional Piura, los Gobiernos Locales y el sector privado, para que en sus planes y programas se consideren las acciones y actividades que sean necesarias para la implementación y cumplimiento de los objetivos y metas propuestas en el Plan Regional Exportador PERX Piura al 2025. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario oficial "El Peruano". Comuníquese al Gobernador del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En San Miguel de Piura, a los 21 días del mes de febrero del año dos mil dieciocho. OSCAR ALEX ECHEGARAY ALBÁN Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla con los apremios de ley. Dada en la Ciudad de San Miguel de Piura, en la Sede del Gobierno Regional, a los 26 días del mes de febrero del año dos mil dieciocho. REYNALDO HILBCK GUZMÁN Gobernador Regional 1621915-1

MUNICIPALIDAD CP SANTA MARIA DE HUACHIPA
Aprueban Prórroga del pago al contado y de la primera cuota del Impuesto Predial 2018, establecido en la Ordenanza N° 12518/MCPSMH
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-18/MCPSMH Santa María de Huachipa, 28 de febrero de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA; VISTO: El Informe Nº 020-2017-GAT/MCPSMH de la Gerencia de Administración Tributaria así como el Informe Nº 612018-GAJ/MCPSMH de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 125-18/MCPSMH, se estableció las fechas de vencimiento del pago del Impuesto Predial del ejercicio 2018, fijándose el primer vencimiento el 28 de febrero del 2018 para el pago al contado y/o de la primera cuota trimestral; Que, la Gerencia de Administración Tributaria, manifiesta que se han presentado circunstancias que han ocasionado demoras en la distribución, por lo que, propone ampliar el plazo del vencimiento de la primera cuota y/o del pago al contado del Impuesto Predial del ejercicio 2018, hasta el 28 de marzo del 2018, a fin de que los vecinos del Centro Poblado de Santa María de Huachipa, no se perjudiquen con el pago de intereses moratorios, establecidos en el Código Tributario; Que, mediante el Informe de visto, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto a la ampliación del plazo del primer vencimiento del impuesto predial 2018, emitiéndose el Decreto de Alcaldía correspondiente; puesto que se encuentra facultado el Alcalde por la Ordenanza Nº 125-18/MCPSMH; Que, es política de esta gestión edilicia incentivar el cumplimiento del pago de las obligaciones así como fomentar la cultura tributaria de los contribuyentes de la Municipalidad del Centro Poblado de Santa María de Huachipa; Que, la Primera Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza N° 125-18-MCPSMH se faculta al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, disponga la prórroga de las fechas de vencimiento establecidas en el artículo segundo. Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, con la opinión favorable de la Gerencia Administración Tributaria y la Gerencia de Asesoría Jurídica; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 28 de marzo del 2018, el vencimiento del pago al contado y/o de la primera cuota del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2018. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía a