Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2018 (09/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Martes 9 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

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póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c) del artículo 45 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la empresa CENTRO DE INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES VIP SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - C.I.T.V. VIP S.A.C., a través de su Centro de Inspección Técnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Artículo 5.- Remitir a la Superintendencia de Transporte de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 6.- La empresa CENTRO DE INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES VIP SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - C.I.T.V. VIP S.A.C., debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones los siguientes documentos:
Documentos Fecha máxima de presentación

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Aprueban la "Guía para el Procedimiento de Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE de las entidades públicas"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 001-2018-SERVIR/PE Lima, 8 de enero de 2018 Visto, el Informe Técnico Nº 002-2018-SERVIR/ GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1023, es función de la Autoridad Nacional del Servicio Civil -- SERVIR, ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, dictar normas técnicas para el desarrollo e implementación del Sistema, entre otras; Que, la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, establece que para el proceso de tránsito de las entidades públicas al régimen del Servicio Civil se aprobarán las reglas, procesos y metodologías que deberán seguir para dicho proceso; Que, mediante la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30057 se crea el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) como instrumento de gestión que reemplaza al Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y al Presupuesto Analítico de Personal (PAP); Que, mediante el artículo 128° del Reglamento General de la Ley N° 30057 aprobado mediante el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, se señaló que SERVIR, en coordinación con el MEF, emitiría una Directiva para la elaboración del CPE por las entidades; Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR/PE se formalizó la aprobación de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE; Que, mediante el Informe Técnico Nº 002-2018SERVIR/GDSRH, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, órgano encargado de la implementación y supervisión de las políticas de gestión de los recursos humanos, ha señalado que resulta necesaria la aprobación de la "Guía para el Procedimiento de Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE de las entidades públicas", toda vez que permitirá que las entidades cumplan a cabalidad con la citada Directiva; Que, en la sesión de fecha 20 de julio de 2017, el Consejo Directivo aprobó delegar en el Presidente Ejecutivo, entre otros, la aprobación de Manuales y Guías Metodológicas que regulen los procesos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, decisión que fue formalizada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 140-2017-SERVIR-PE; Con los vistos de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos; y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1023, la Ley N° 30057 -- Ley del Servicio Civil, y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 140-2017-SERVIR-PE; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar, por delegación, la "Guía para el Procedimiento de Aprobación del Cuadro de

Relación del equipamiento requerido por el artículo 34 del Reglamento Noventa (90) días calendarios de Nacional de Inspecciones Técnicas otorgada la autorización. Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, acompañado con los documentos que sustenten la propiedad y/o condiciones de arrendatario financiero sobre los mismos. Planos de Ubicación y Distribución Treinta días (30) días calendarios de del local del CITV, en este último otorgada la autorización. caso detallando sus instalaciones y diversas áreas que lo componen con su respectiva Memoria Descriptiva suscrita por el representante legal. Copia simple del título de propiedad Treinta días (30) días calendarios de que acredite la posesión legítima y otorgada la autorización. el atributo de usar y usufructuar la infraestructura inmobiliaria requerida en el artículo 36 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC. Licencia de Funcionamiento y Noventa (90) días calendarios de Certificado de Compatibilidad de otorgada la autorización. Uso emitido por la Municipalidad correspondiente.

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la documentación señalada se procederá de acuerdo a la normatividad vigente. Artículo 7.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresa CENTRO DE INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES VIP SOCIEDAD ANONIMA CERRADA C.I.T.V. VIP S.A.C., los gastos que origine su publicación. Artículo 8.- Disponer la notificación de la presente Resolución Directoral en Av. Fray Martin de Porras Mz. 18 Lt. 1, Zn. H, Semi Rural Pachacútec, distrito Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa, domicilio legal señalado por el administrado en el presente procedimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAÚL CONCHA REVILLA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 1604101-1