Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2016 (21/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Domingo 21 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES

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miembro de la Comisión de Protección al Consumidor N° 2; Que, la señora María Luisa Egúsquiza Mori ha presentado su renuncia a su condición de miembro de la Comisión de Protección al Consumidor N° 2; Estando al Acuerdo Nº 061-2016 adoptado por el Consejo Directivo de la Institución en sesión de fecha 15 de agosto de 2016; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo Único. - Aceptar la renuncia presentada por la señora María Luisa Egúsquiza Mori al cargo de miembro de la Comisión de Protección al Consumidor N° 2; con eficacia al 8 de agosto de 2016, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT EDUARDO TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1418330-3

julio de 2016, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT EDUARDO TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1418330-4

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Autorizan viaje de trabajadora de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria para participar en la Reunión de Expertos en Valoración Aduanera del Comité Andino de Asuntos Aduaneros, a llevarse a cabo en la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 212-2016/SUNAT Lima, 19 de agosto de 2016 CONSIDERANDO: Que mediante comunicación electrónica de fecha 27 de julio de 2016, la Secretaría General de la Comunidad Andina ­ SGCAN, remite la Carta SG/E/D1/1360/2016 de la Directora General de la Comunidad Andina, mediante la cual convoca a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ­ SUNAT, a participar en la Reunión de Expertos en Valoración Aduanera del Comité Andino de Asuntos Aduaneros, que se llevará a cabo en la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador, del 24 al 26 de agosto de 2016; Que el Perú en su calidad de país miembro de la Comunidad Andina y estando representado por los funcionarios de la SUNAT, viene participando permanente y activamente en las Reuniones de Expertos en Valoración Aduanera de la SGCAN, en las que conjuntamente con los otros países miembros, se viene discutiendo un proyecto de normativa subregional (Resolución de la SGCAN) que permita utilizar un estudio de precios de transferencia para analizar las circunstancias de la venta, y con ello determinar el valor en aduana de las mercancías importadas en las transacciones entre partes vinculadas; Que asimismo, la citada reunión permitirá a los países miembros presentar y discutir las propuestas que han remitido a la SGCAN respecto a la modificación de las casillas de la Declaración Andina de Valor ­ DAV aprobada mediante Resolución 1239 de la SGCAN, documento que constituye la Declaración del Valor en Aduana y que es soporte de la declaración en aduana de las mercancías importadas, el cual contiene la información referida a los elementos de hecho y las circunstancias relativas a la transacción comercial de las mercancías importadas, que han determinado el valor en aduana declarado; Que, igualmente durante las reuniones previas sostenidas en el 2016, los países miembros han coincidido en la necesidad de revisar las casillas e información que exige la DAV, para facilitar el llenado por parte del importador; Que la participación de la SUNAT en la mencionada reunión, se enmarca dentro de los objetivos estratégicos de mejorar el cumplimiento voluntario, con relación al proceso aduanero, y de la reducción de costos y tiempos para el usuario, por cuanto ambos son los propósitos subyacentes de los proyectos de normativa comunitaria que se abordarán en la referida reunión;

Aceptan renuncia de miembro de la Comisión de Protección al Consumidor N° 3 y de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal N° 2
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 142-2016-INDECOPI/COD Lima, 16 de agosto de 2016 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el inciso d) del artículo 5° de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033, y el inciso c) del artículo 5° del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2009-PCM y modificado por el Decreto Supremo N° 107-2012-PCM, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi Nº 103-2015-INDECOPI/ COD publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 7 de junio de 2015, el Consejo Directivo del Indecopi designó a la señora Elsa Patricia Galarza Contreras como miembro de la Comisión de Protección al Consumidor Nº 3 y de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal Nº 2; Que, la señora Elsa Patricia Galarza Contreras ha presentado su renuncia a su condición de miembro de la Comisión de Protección al Consumidor Nº 3 y de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal Nº 2; Estando al Acuerdo Nº 062-2016 adoptado por el Consejo Directivo de la Institución en sesión de fecha 15 de agosto de 2016; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo Único. - Aceptar la renuncia presentada por la señora Elsa Patricia Galarza Contreras al cargo de miembro de la Comisión de Protección al Consumidor Nº 3 y de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal Nº 2; con eficacia al 26 de