Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2015 (17/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano Martes 17 de febrero de 2015

546857

PERU

Ministerio de Economia y Finanzas

Despacho Viceministerial de Hacienda

Direccion General de Presupuesto Publico

COMUNICADO N° 0004-2015-EF/50.01 A LOS PLIEGOS DEL GOBIERNO NACIONAL, GOBIERNOS REGIONALES Y GOBIERNOS LOCALES PLIEGOS EN GENERAL BAJO EL AMBITO DE APLICACION DE LA LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO PAUTAS PARA LA MEJOR APLICACION DE DISPOSICIONES EN MATERIA DE GASTO PUBLICO EN EL MORDAZA DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO

1.- Objetivo y alcance Establecer pautas para la mejor aplicacion, durante el ano fiscal 2015, de disposiciones en materia de gasto publico, en el MORDAZA del Sistema Nacional de Presupuesto, conforme al Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 3042012-EF (en adelante "Ley General") y la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015 (en adelante "Ley de Presupuesto"). Las siguientes pautas son aplicables para las entidades del Gobierno Nacional y los representativos de los Poderes: Ejecutivo, incluidos sus organismos publicos, Legislativo y Universidades Publicas; los Organismos Constitucionalmente Autonomos; los Gobiernos los Gobiernos Locales; y en general a las entidades bajo el ambito de aplicacion de las mencionadas. 2.- Aplicacion Lo dispuesto en las presentes pautas se aplica en concordancia con las disposiciones previstas en la Ley General, la Ley de Presupuesto y las directivas emitidas por la Direccion General de Presupuesto Publico, por tanto, no modifica o deroga las demas disposiciones emitidas por dicha Direccion General en el MORDAZA de sus competencias. 3.- Disposiciones en materia de ingresos del personal activo y pensionistas 3.1 El pago de remuneraciones, bonificaciones, dietas, asignaciones, retribuciones, estimulos, incentivos y en general retribuciones de naturaleza contraprestativa y beneficios de toda indole, incluyendo los que se realizan en contratos laborales de naturaleza temporal y en el MORDAZA del Regimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057 (CAS), debe contar con la certificacion sobre la existencia de credito presupuestario suficiente, por pliego y unidad ejecutora; dicha certificacion no podra exceder el limite MORDAZA de la asignacion presupuestaria prevista en el presupuesto institucional del pliego correspondiente para el ano fiscal 2015. (Articulo 77 de la Ley General) 3.2 Es condicion necesaria para el pago de remuneraciones, pensiones, bonificaciones, dietas, asignaciones, retribuciones, estimulos, incentivos y en general retribuciones de naturaleza contraprestativa y beneficios de toda indole, cualquiera sea su forma, modalidad, periodicidad, mecanismo y fuente de financiamiento, que los datos personales de los beneficiarios, las planillas de pago y los conceptos MORDAZA referidos se encuentren expresamente descritos y registrados en el Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico. (Undecima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29812 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012) 3.3 Para viabilizar las excepciones a la prohibicion de ingreso de personal en el Sector Publico prevista en el articulo 8° de la Ley de Presupuesto ­que incluyen, entre otros, la contratacion para el reemplazo por cese, ascenso o promocion del personal, o para la suplencia temporal­ el pliego debe contar necesariamente con plazas a ocupar aprobadas en el Cuadro de Asignacion de Personal (CAP) y registradas en el Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico; asimismo, es requisito indispensable que dichas plazas cuenten con la respectiva certificacion de credito presupuestario suficiente para su financiamiento. Los mismos requisitos se exigen para el MORDAZA de progresion en la MORDAZA medica y de profesionales de la salud no medicos, previsto en la Centesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley de Presupuesto, y para el MORDAZA de asimilacion a la Policia Nacional del Peru a que se refiere la Trigesima Sexta Disposicion Complementaria Final de la Ley de Presupuesto. (Articulo 8 de la Ley de Presupuesto) organismos Judicial; las Regionales; leyes MORDAZA