Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2015 (17/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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El Peruano Martes 17 de febrero de 2015

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Reglamento Interno del Consejo Regional de la Leche de la Region MORDAZA - CONRELEA
(Se publica la presente Ordenanza Regional a solicitud del Gobierno Regional de MORDAZA, mediante Oficio N° 111-2015-GRA/CR, recibido el 16 de febrero de 2015) ORDENANZA REGIONAL Nº 282-AREQUIPA El Consejo Regional de MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el desarrollo del sector agrario rural esta considerado, en el Acuerdo Nacional, como una Politica de Estado por la cual se busca impulsar el desarrollo agrario y rural del MORDAZA, incluyendo a la agricultura, ganaderia, acuicultura, agroindustria y a la explotacion forestal sostenible, para fomentar el desarrollo economico y social del sector, siendo que dentro del rol subsidiario y regulador del Estado prescrito en la Constitucion, se promueve la rentabilidad y expansion del MORDAZA de las actividades agrarias, impulsando su competitividad con vocacion exportadora y buscando la mejora social de la poblacion rural; Que, la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de los Gobiernos Regionales, establece como uno de los principios rectores de las politicas y la gestion regional, a la competitividad, el que se desarrolla mediante la promocion de un entorno de innovacion, el impulso de alianzas y acuerdos entre los sectores publico y privado, el fortalecimiento de redes de colaboracion entre empresas, instituciones y organizaciones sociales, junto con el crecimiento de los eslabonamientos productivos; y, facilitando el aprovechamiento de oportunidades para la formacion de ejes de desarrollo, corredores economicos, la ampliacion de mercados y la explotacion; Que, asimismo la citada Ley establece como funciones de los Gobiernos Regionales, en materia agraria, entre otros: ((i)) formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas de la region en materia agraria en concordancia con las politicas nacionales y planes sectoriales, ((ii)) promover la transformacion, comercializacion, exportacion y consumo de productos naturales y agroindustriales de la region; ((iii)) planificar, promover y concertar con el sector privado, la elaboracion de planes y proyectos de desarrollo agrario y agroindustrial; (iv) promover politicas para generar una cultura de seguridad alimentaria; Que, de otro lado, el derecho a la salud es un derecho constitucional fundamental por su relacion inseparable con el derecho a la MORDAZA, siendo que el adecuado desarrollo nutricional de la poblacion, constituye base fundamental de dicho derecho; siendo entonces, que el desarrollo del sector agrario debe estar correlacionado con el derecho a la salud, en el entendido que el primero proveera de alimentos a la poblacion en condiciones adecuadas e idoneas para el fortalecimiento y/o proteccion de su salud. En ese sentido la produccion MORDAZA debe mantener estandares de calidad, que ademas serviran para incrementar la competitividad del sector con miras tanto al MORDAZA interno como externo; Que, MORDAZA, segun reporte oficial de la Oficina de Estudios Estadisticos u Economicos del Ministerio de Agricultura, es la Region de mayor produccion de leche fresa de vaca a nivel nacional, con 333,122 toneladas en el ano 2011 y 212,680 toneladas de enero a MORDAZA del ano 2012. Sin embargo, la produccion lechera nacional, y de manera particular la de nuestra Region encuentra limitaciones para un optimo desarrollo, tales como el bajo precio de la leche fresca que se paga a los productores, la falta de desarrollo tecnologico y asesoramiento tecnico, lo que incide en la calidad del producto;

Que, mediante Ley Nº 28732 se creo el Consejo nacional de la Leche ­ CONALE, como una instancia de concertacion, evaluacion y MORDAZA de propuestas entre el sector publico y privado relacionados al desarrollo del sector lacteo, cuyo objeto es la promocion integral del sector lacteo nacional, asi como la ejecucion y monitoreo del Plan de Desarrollo Ganadero, y la promocion y fortalecimiento de la cadena lactea. Asimismo la referida MORDAZA contemplo que el CONALE promovera la creacion de los Consejos Regionales de la Leche, en representacion de los gobiernos regionales, productores e industriales; por lo que es necesario crear un espacio de dialogo, concertacion, evaluacion y MORDAZA de propuestas en el ambito regional, tendiente a contribuir con el desarrollo y competitividad del sector; Que, por Ordenanza Regional Nº 194 ­ MORDAZA, el Consejo Regional MORDAZA priorizo la Promocion Integral del Sector Productivo Lacteo Regional, declarando de prioridad e interes regional la promocion del desarrollo integral del sector productivo lacteo en la Region Arequipa; propiciando ademas la participacion consensuada de productores, industriales y consumidores. Asimismo creo el Consejo Regional de la Leche de la Region MORDAZA ­ CONRELEA, como la instancia de dialogo, consenso, formulacion y evaluacion de propuestas entre el sector publico y privado relacionados al desarrollo y fortalecimiento economico y competitivo del sector productivo lacteo; Que, en la referida MORDAZA regional se dispuso que el CONRELEA una vez instalado, elabore su Plan de Trabajo y Reglamento Interno, siendo este Reglamento remitido al Consejo Regional para su aprobacion mediante Ordenanza Regional; en ese sentido, mediante OFICIO Nº 0858-2014GRA/GRAG-SGPA, la Gerencia Regional de Agricultura hace llegar al Consejo Regional para su aprobacion, el Reglamento Interno del Consejo Regional de la Leche de la Region MORDAZA ­ CONRELEA; el cual que ha sido aprobado y el mismo que consta de 04 Capitulos, 20 Articulos, 02 Disposiciones Transitorias y 01 Disposicion Final; Que, habiendose dado cumplimiento a lo dispuesto en la Ordenanza Regional Nº 194 ­ MORDAZA, referente a la elaboracion del Plan de Trabajo y Reglamento Interno, ademas de haber sido aprobado dicho reglamento por los miembros acreditados integrantes de su Consejo, en reunion del dia 03 de Diciembre del 2013; es que resulta necesario que el Consejo Regional MORDAZA apruebe el referido Reglamento mediante Ordenanza Regional, en cumplimiento a lo dispuesto en la Disposicion Complementaria Transitoria Unica de la MORDAZA Regional Citada; Que, por lo MORDAZA expuesto y al MORDAZA de lo regulado en la Ley Nº 27783, de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27867, Organica de Gobiernos Regionales, modificada por Leyes Nºs. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y Nº 29053 y lo dispuesto en la Ordenanza Regional Nº 001AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010-Arequipa y la Ordenanza Regional Nº 154-AREQUIPA; Se ha aprobado la siguiente Ordenanza: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO REGIONAL DE LA LECHE Articulo 1º.- De la Aprobacion APROBAR el Reglamento Interno del Consejo Regional de la Leche de la Region MORDAZA ­ CONRELEA, el mismo que consta de 04 Capitulos, 20 Articulos, 02 Disposiciones Transitorias y 01 Disposicion Final; el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- Vigencia Normativa La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 3º.- De la Publicacion DISPONER la publicacion de la presente Ordenanza Regional tanto en el Diario Oficial "El Peruano" como en el Diario de Avisos Judiciales "La Republica"; en ese sentido, se encarga a la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Ejecutivo Regional que, una vez publicada en el Diario Oficial, inmediatamente, esta se publique en la pagina web institucional, de conformidad con lo regulado en el articulo 9 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS.