Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2015 (17/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano Martes 17 de febrero de 2015

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por uso de agua superficial, agua subterranea y por vertimiento de agua residual tratada para el ano 2015; Que, los articulos 178º y 182º del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, establecen que la Autoridad Nacional del Agua mediante Resolucion Jefatural debera regular la forma y plazos en que los usuarios deberan abonar las retribuciones economicas por el uso del agua y por los vertimientos de aguas residuales tratadas, respectivamente; Que, a traves de Informe Tecnico Nº 001-2015-ANADARH-REA la Direccion de Administracion de Recursos Hidricos, remitio la propuesta de regulacion de la forma y plazos en que los usuarios abonaran la retribucion economica por el uso del agua y por el vertimiento de agua residual tratada para el ano 2015; y, Estando a lo opinado por la Direccion de Administracion de Recursos Hidricos, con el visto de la Oficina de Asesoria Juridica y de la Secretaria General, de conformidad con lo establecido en el articulo 11° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua aprobado par Decreto Supremo N° 006-2010-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Objeto La presente resolucion tiene por objeto regular el plazo y forma en que los usuarios deberan pagar la retribucion economica por el uso del agua superficial, agua subterranea y vertimiento de agua residual tratada a aplicarse el ano 2015. Articulo 2º.- Forma de pago de la retribucion economica: 2.1 Por el uso de agua superficial con fines agrarios: Los usuarios efectuaran los pagos de la retribucion economica, a las Juntas de Usuarios, segun las siguientes formas: a) Pago previo al uso del agua, por el volumen de agua a la entrega de la orden de suministro de agua. b) Pago posterior al uso del agua, por el volumen de agua utilizada dentro de los quince primeros dias calendario siguiente. 2.2 Por el uso de agua superficial con fines no agrarios y por el uso de agua subterranea: Los usuarios efectuaran el pago de la retribucion economica por el uso del agua superficial con fines no agrarios y por el uso de agua subterranea, en forma anual. Para el calculo del importe a pagar por dichos usuarios, la Administracion Local de Agua tomara como referencia el volumen de agua utilizada en el ano 2014. 2.3 Por vertimiento de agua residual tratada: Los usuarios efectuaran el pago de la retribucion economica por vertimiento de agua residual tratada en forma anual y por adelantado. El importe a pagar por el usuario se determina segun el volumen de vertimiento autorizado en la correspondiente resolucion. 2.4 Por vertimiento de agua residual aplicable al Programa de Adecuacion de Vertimientos y Reuso de Agua Residual (PAVER) El pago se efectua de acuerdo a la disposicion contenida en el numeral 5.3 del articulo 5° del Decreto Supremo N° 024-2014-MINAGRI, sobre la base del volumen indicado en la "Declaracion Jurada de Vertimiento o Reuso". 2.5 Por uso de agua con fines energeticos. El pago se efectua en forma mensual de acuerdo a la produccion de energia producida segun lo dispuesto en la Ley de Concesiones Electricas, aprobada por Decreto Ley N° 25884 y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM. Articulo 3º.- Plazo de pago de la retribucion economica: 3.1 El pago de la retribucion economica por el uso de agua superficial con fines no agrarios, por el uso de agua

denominados Autoridades Administrativas del Agua, que dirigen en sus respectivos ambitos territoriales, la gestion de los recursos hidricos, en el MORDAZA de las politicas y normas dictadas por el Consejo Directivo y Jefatura de la institucion; Que, el articulo 38º del citado reglamento dispone que la Direccion de la Autoridad Administrativa del Agua, es el organo ejecutivo de la Autoridad Administrativa del Agua encargado de conducir los procesos tecnicos, juridicos, presupuestarios y administrativos relativos a la gestion multisectorial del agua en su respectivo ambito, dependiendo jerarquicamente de la Alta Direccion; Que, conforme a lo establecido en la Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, la Jefatura de la entidad esta facultada transitoriamente para encargar mediante Resolucion Jefatural las funciones de los Directores de las Autoridades Administrativas del Agua; Que, en ese sentido y a fin de garantizar el adecuado funcionamiento de la Autoridad Administrativa del Agua Amazonas (Codigo VII), resulta necesario encargar las funciones de la Direccion de la indicada Autoridad Administrativa del Agua; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Encargar, a partir del dia 16 de febrero de 2015, las funciones de Director de la Autoridad Administrativa del Agua Amazonas (Codigo VII), al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA SALAS. Articulo 2º.- Las Administraciones Locales del Agua del ambito de la Autoridad Administrativa del Agua Amazonas (Codigo VII), continuaran ejerciendo la funcion de primera instancia administrativa, por un plazo de hasta ciento veinte (120) dias naturales computados a partir del dia 16 de febrero de 2015, en el que se debera concluir con el MORDAZA de implementacion de dicha Autoridad Administrativa del Agua. Articulo 3º.- Los costos que irrogue la encargatura senalada en el articulo 1º de la presente Resolucion Jefatural afectaran al presupuesto del Pliego Nº 164: Autoridad Nacional del Agua, Meta Nº 94 gestion operativa de la Autoridad Administrativa del Agua Amazonas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GILDEMEISTER Jefe Autoridad Nacional del Agua 1201140-1

Regulan plazo y forma en que los usuarios deberan pagar la retribucion economica por el uso del agua superficial, agua subterranea y vertimiento de agua residual tratada a aplicarse el ano 2015
RESOLUCION JEFATURAL N° 048-2015-ANA MORDAZA, 16 de febrero de 2015 CONSIDERANDO: Que, el numeral 3 del articulo 15º de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hidricos, senala que la Autoridad Nacional del Agua dicta normas y establece procedimientos para asegurar la gestion integral y sostenible de los recursos hidricos; Que, con Decreto Supremo Nº 024-2014-MINAGRI se aprobaron los valores de las retribuciones economicas