Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2015 (21/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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Que, conforme puede apreciarse de la MORDAZA expuesta, es el concejo municipal quien tiene que aprobar el viaje del titular de la entidad; Que, respecto a la utilizacion de recursos economicos del Estado para realizar viajes al exterior, se tiene que de conformidad con el numeral 10.1 literal c) de la de la Ley 30281, Ley de Presupuesto para el Ejercicio 2015, establece que las excepciones adicionales a las restricciones son: "En el caso de los organismos constitucionalmente autonomos, la excepcion es autorizada por resolucion del titular de la entidad; y en los gobiernos regionales y los gobiernos locales, se autoriza mediante acuerdo del consejo regional o concejo municipal, respectivamente. En todos los casos, la resolucion o acuerdo de excepcion es publicada en el diario oficial El Peruano"; Que, al tratarse de una ponencia en temas de gestion municipal, donde se difundiran herramientas concretas que contribuiran al desarrollo de una gestion publica, eficiente y participativa; la Gerencia de Asesoria Juridica, a traves del Informe Nº 416-2015-GAJ/MPP de fecha 17 de febrero de 2015, opina por la procedencia del viaje a la Republica de Ecuador del senor MORDAZA, para tal efecto este pedido debe ser remitido al pleno del concejo para su aprobacion, el cual se realizara los 19 y 20 de febrero de 2015; Que, sometida la autorizacion de viaje a consideracion de los senores regidores en la Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 18 de febrero de 2015, se acordo autorizar el viaje del senor MORDAZA, debiendosele otorgar un dia de Viaticos y del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien debera asumir los gasto; Que, estando a lo acordado y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley de Organica de Municipalidades Nº 27972; SE ACUERDA: Articulo Primero.- Autorizar al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de MORDAZA y al regidor Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­ Presidente de la Comision de Poblacion y Salud, viajar a la MORDAZA de MORDAZA - Ecuador, los dia 19 y 20 de febrero de 2015. Articulo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de Administracion el otorgamiento de Viaticos por un dia, a favor del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Piura. Articulo Tercero.- Dar cuenta a la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoria Juridica, Gerencia de Administracion, Gerencia de Medio Ambiente, Poblacion y Salud, Oficina de Imagen Institucional y Comunitaria, Oficina de Personal para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, comuniquese, cumplase, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1226622-1

El Peruano Martes 21 de MORDAZA de 2015

CONVENIOS INTERNACIONALES
Acuerdo Administrativo para la aplicacion del Convenio de Seguridad Social suscrito entre la Republica del Ecuador y la Republica del Peru
(Ratificado por Decreto Supremo N° 006-2015-RE de fecha 12 de febrero de 2015) La Republica del Peru y la Republica del Ecuador, en adelante denominados "las Partes Contratantes", de conformidad con el articulo 24° del Convenio de Seguridad Social celebrado en MORDAZA el 22 de MORDAZA de 2011 entre la Republica del Peru y la Republica del Ecuador, han decidido suscribir el presente Acuerdo Administrativo: TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º Definiciones 1. Para los efectos de la aplicacion del presente Acuerdo Administrativo, a) El termino "Convenio" designa al Convenio de Seguridad Social entre la Republica del Peru y la Republica del Ecuador, suscrito en MORDAZA el 22 de MORDAZA de 2011. b) El termino "Acuerdo" designa al presente Acuerdo Administrativo para la aplicacion del Convenio. 2. Los terminos que se definen en el articulo 1º del Convenio tienen el significado que en el se les atribuye. Articulo 2º Organismos de Enlace En cumplimiento del literal b) del articulo 24° del Convenio, se designan los siguientes Organismos de Enlace: Por Ecuador: - El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, (IESS) Por Peru: - La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS)

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos publicos que, para efecto de la publicacion en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Publicos del Estado, se debera tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion se efectuara mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberan entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. La publicacion se realizara de acuerdo al orden de recepcion del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. La documentacion a publicar se enviara ademas en archivo electronico (diskette o cd) y/o al correo electronico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la version electronica es identico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumira la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicacion o de la Fe de Erratas a publicarse. Las declaraciones juradas deberan trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una linea por celda. La informacion se guardara en una sola hoja de calculo, colocandose una declaracion jurada debajo de otra. LA DIRECCION

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