Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2015 (21/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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Farmaceuticos, Dispositivos Medicos y Productos Sanitarios, aprobado por Decreto Supremo N° 016-2011SA, conforme al siguiente detalle: "Articulo 9.- Paises de alta vigilancia sanitaria Para efectos de lo senalado en la Ley y el Reglamento, se consideran como paises de alta vigilancia sanitaria los siguientes: MORDAZA, Holanda, Reino Unido, Estados Unidos de MORDAZA, Canada, Japon, Suiza, Alemania, Espana, Australia, Dinamarca, Italia, Noruega, Belgica, Suecia y la Republica de Corea." Articulo 2.- Publicacion El presente Decreto Supremo sera publicado en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en los portales institucionales del Ministerio de Salud (www. minsa.gob.pe) y del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe), el mismo dia de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Salud. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de MORDAZA del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud 1227155-2

El Peruano Martes 21 de MORDAZA de 2015

Modifican Documento Tecnico: "Plan Nacional de Preparacion y Respuesta Frente a la Posible Introduccion del Virus del Ebola", aprobado por R.M. N° 763-2014/MINSA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 240-2015/MINSA MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2015 Visto, el Expediente N° 14-131783-001, que contiene el Memorandum N° 178-2015-DVM-SP/MINSA; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Titulo Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud disponen que la salud es condicion indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la proteccion de la salud es de interes publico. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el literal a) del articulo 5 de la precitada Ley dispone que es funcion rectora del Ministerio de Salud formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la politica nacional y sectorial de Promocion de la Salud, Prevencion de Enfermedades, Recuperacion y Rehabilitacion en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 7632014/MINSA, se aprobo el Documento Tecnico: "Plan Nacional de Preparacion y Respuesta Frente a la Posible Introduccion del Virus del Ebola", cuyo objetivo general es fortalecer los sistemas de vigilancia, contencion y respuesta frente al riesgo de introduccion del virus Ebola en territorio peruano, priorizando en los puntos de entrada y los servicios de salud; Que, el subnumeral 8 del numeral VI del precitado documento normativo establece el presupuesto para la ejecucion del precitado Plan y su correspondiente Anexo 1, contempla el Cronograma de actividades segun, trimestres, corresponsables y presupuesto especifico; Que, el incremento de casos a nivel internacional presentados por la enfermedad del virus del Ebola y

el riesgo de presentarse en el Peru casos importados y potencialmente, a partir de aquellos, algun caso MORDAZA debido a la frecuencia e intensidad del MORDAZA de personas hacia el MORDAZA por motivos de indole turistico, comercial, desarrollo de actividades oficiales, entre otros, mas aun cuando en los meses de noviembre y diciembre del 2014 se programaron eventos internacionales de gran trascendencia a realizarse en el MORDAZA, hacia necesario intensificar las acciones de vigilancia y respuesta a fin de reducir el potencial impacto en la poblacion peruana; Que, en ese sentido, con Decreto de Urgencia N° 003-2014 se dictaron medidas urgentes y excepcionales de caracter temporal destinadas a reforzar los sistemas de prevencion, control, vigilancia y respuesta sanitaria frente al grave peligro de un acontecimiento catastrofico por el riesgo de la introduccion de la enfermedad por el virus del Ebola (EVE) en el territorio nacional, a efectos de establecer mecanismos inmediatos para la proteccion de la salud de la poblacion y minimizar el impacto economico-financiero de situaciones de afectacion a esta; Que, en atencion a lo dispuesto en el precitado Decreto de Urgencia se asigno un mayor presupuesto y financiamiento para reforzar los sistemas de prevencion, control, vigilancia y respuesta sanitaria ante la referida enfermedad por el virus del Ebola para la ejecucion de las actividades planteadas en el "Plan Nacional de Preparacion y Respuesta Frente a la Posible Introduccion del Virus del Ebola", aprobado por Resolucion Ministerial N° 763-2014/MINSA; Que, el literal a) del articulo 57 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA y sus modificatorias, dispone que la Direccion General de Epidemiologia es el organo responsable de conducir el Sistema de Vigilancia Epidemiologica en Salud Publica y del analisis de situacion de salud del Peru, estando a cargo de disenar, normar y conducir el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiologica en Salud Publica, en el ambito nacional; Estando a lo propuesto por el Despacho Viceministerial de Salud Publica; Con la opinion favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; Con las visaciones del Director General de la Direccion General de Epidemiologia, de la Directora General de Salud de las Personas, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, del Jefe del Instituto Nacional de Salud, del Jefe del Instituto Gestion de Servicios de Salud y del Viceministro de Salud Publica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar con eficacia anticipada al 6 de noviembre de 2014, el subnumeral 8 del numeral VI y el "Anexo 1. Cronograma de actividades segun trimestres, corresponsables y presupuesto especifico" del Documento Tecnico: "Plan Nacional de Preparacion y Respuesta Frente a la Posible Introduccion del Virus del Ebola", aprobado por Resolucion Ministerial N° 763-2014/ MINSA, que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Dejar subsistentes las demas disposiciones contenidas en el Documento Tecnico: "Plan Nacional de Preparacion y Respuesta Frente a la Posible Introduccion del Virus del Ebola", aprobado por Resolucion Ministerial N° 763-2014/MINSA. Articulo 3º.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Salud, en la direccion electronica: http://www.minsa.gob. pe/transparencia/dge_normas.asp. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud 1226994-1