Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2014 (07/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano Viernes 7 de noviembre de 2014

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de la descarga procesal en los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes a nivel nacional; asi como proponer al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las acciones complementarias que permitan operativizar dicha actividad. En tanto, las Comisiones Distritales tienen como finalidad monitorear el funcionamiento de los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes, a fin de coadyuvar al logro del objetivo institucional, dando cuenta a la Comision Nacional de Descarga Procesal, para cuyos fines se aprobaron los instrumentos normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen el funcionamiento de los organos jurisdiccionales materia de evaluacion. Segundo. Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 245-2012-CE-PJ de fecha 5 de diciembre 2012, se aprueba los Estandares de Expedientes Resueltos a nivel Nacional en Sedes Principales de Cortes Superiores de Justicia del pais. Asimismo, de conformidad con el articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa Nº 062-2012-CE-PJ de fecha 3 de MORDAZA de 2013, que aprueba los Estandares de Expedientes en Tramite Resueltos a nivel nacional fuera de sedes principales de las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, se autoriza a la Comision Nacional de Descarga Procesal a efectuar un estudio de racionalizacion de organos jurisdiccionales permanentes y transitorios fuera de sede principal que no alcancen el estandar de produccion judicial aprobado, proponiendo al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las acciones administrativas mas convenientes. Tercero. Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 019-2012-CE-PJ, de fecha 26 de enero de 2012, se dispuso convertir en el Distrito Judicial de MORDAZA a partir del 1 de junio de 2012, el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Carhuaz, como Juzgado de Paz Letrado, en adicion de funciones Juzgado de la Investigacion Preparatoria, manteniendo dicho organo jurisdiccional su competencia territorial. Posteriormente, mediante Resolucion Administrativa N° 224-2014-CE-PJ de fecha 27 de junio de 2014, se dispuso convertir a partir del 1 de MORDAZA de 2014, el Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Carhuaz de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en Juzgado de la Investigacion Preparatoria de la misma provincia, disponiendose que el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Carhuaz, deje de actuar a partir de la referida fecha como Juzgado de la Investigacion Preparatoria. Cuarto. Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 237-2014-CE-PJ de fecha 9 de MORDAZA de 2014, se aprueba el Plan Piloto para implementar a partir del 1 de octubre de 2014, la Nueva Ley Procesal del Trabajo en la Provincia de MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA, estableciendose entre otras disposiciones, la conversion del Juzgado de Paz Letrado Transitorio de MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA, como Juzgado de Paz Letrado Laboral Transitorio de la misma provincia y distrito judicial, a partir del 1 de octubre de 2014, para que tramite integramente procesos judiciales bajo la Nueva Ley Procesal del Trabajo y en adicion a sus funciones, procesos al MORDAZA de la Ley Nº 26636, anterior Ley Procesal del Trabajo. Quinto. Que, mediante Oficio N° 3822-2014-PCSJAN/PJ, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA solicita la reubicacion de un (1) Juzgado de Paz Letrado de otro Distrito Judicial, para que se convierta en Juzgado de Paz Letrado Laboral de la Provincia de MORDAZA, para el funcionamiento del Plan Piloto de implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en dicha provincia, aprobado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Sexto. Que, mediante Informe N° 117-2014-GOCNDP-CE/PJ, la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal ha efectuado el analisis de lo solicitado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, llegando a las siguientes conclusiones: a) En la Provincia de MORDAZA funcionan tres (3) Juzgados de Paz Letrados, dos (2) permanentes y un (1) transitorio, que tramitan procesos de la especialidad civil, familia, laboral y penal, los cuales a MORDAZA del presente ano registraron una carga procesal pendiente de 3,948 expedientes; b) De conformidad con lo dispuesto en la Resolucion Administrativa Nº 237-2014-CE-PJ, el Juzgado de Paz Letrado Transitorio de MORDAZA se convirtio a partir del 1 de octubre de 2014, en Juzgado de Paz Letrado Laboral Transitorio de la misma provincia, para que conozca los procesos de la Nueva Ley Procesal del Trabajo y en adicion a sus funciones, liquide expedientes al MORDAZA de la Ley Nº 26636, quedando atendida la solicitud del Presidente de la Corte Superior de Justicia

Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA y MORDAZA Pilco; sin la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, quienes no asistieron por motivos de salud y encontrarse de vacaciones, respectivamente; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Desestimar la propuesta efectuada por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Tacna, respecto a que el 2º Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia de Tacna remita trescientos (300) expedientes en tramite al 1º Juzgado de Trabajo Transitorio de la misma provincia. Articulo Segundo.- Disponer que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Tacna remita la cantidad de quinientos (500) expedientes del 2º Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia de Tacna, al 2º Juzgado de Trabajo Permanente de la misma provincia, que al 30 de setiembre de 2014 no se encuentren listos para emitir sentencia. Articulo Tercero.- Disponer que los organos jurisdiccionales transitorios no deben tener turno abierto para recibir expedientes de inicio, ni ejecutar los expedientes que no hayan resuelto, de acuerdo a los lineamientos establecidos en la Directiva Nº 001-2012-CE-PJ, aprobada mediante Resolucion Administrativa N° 031-2012-CE-PJ de fecha 2 de marzo de 2012 y sus modificatorias. Articulo Cuarto.- Disponer que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Tacna adopte las medidas administrativas necesarias para el adecuado cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion. Articulo Quinto.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Tacna, Comision Nacional de Descarga Procesal, Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente

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Disponen plazo con la finalidad que el Juzgado de Paz Letrado Permanente de la Provincia de Carhuaz, realice labor de itinerancia para que apoye a la descarga procesal del 1º y 2º Juzgados de Paz Letrados Permanentes del Distrito y Provincia de MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 344-2014-CE-PJ
MORDAZA, 15 de octubre de 2014 VISTO: El Oficio N° 806-2014-GO-CNDP-CE-PJ e Informe N° 117-2014-GO-CNDP-CE/PJ, cursados por la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal, respecto a la solicitud efectuada por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, mediante Oficio N° 3822-2014-P-CSJAN/PJ. CONSIDERANDO: Primero. Que, por Resolucion Administrativa Nº 0292008-CE-PJ, del 30 de enero de 2008 y sus modificatorias, se establece que la finalidad de la Comision Nacional de Descarga Procesal es conducir el seguimiento y monitoreo