Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2014 (07/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano Viernes 7 de noviembre de 2014

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profesionales competentes estables, y de otro especializado en materia de evaluacion de instituciones o programas y representativo de las diversas areas del conocimiento sobre las que desarrollara la accion evaluadora, que hayan sido capacitados y certificados como evaluadores por el organo operador correspondiente; Que, mediante la Decima MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley N°30220, Ley Universitaria del 09 de MORDAZA del 2014 se declara en reorganizacion el Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa ­ SINEACE y deroga el Capitulo II del Titulo I, a excepcion del numeral 8.3 del articulo 8, y los Titulos II, III, IV y V de la Ley N° 28740; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la MORDAZA invocada precedentemente, el Ministerio de Educacion mediante Resolucion Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014 constituyo el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidencia del COSUSINEACE, un representante del Ministerio de Educacion y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobacion de la reorganizacion del SINEACE; Que, mediante el documento de visto, la Direccion de Evaluacion y Acreditacion de Educacion Superior Universitaria, alcanza el Informe 2014-I Programa de Capacitacion y Evaluacion de Aspirantes a Evaluadores Externos con Fines de Acreditacion 2014-I, con el que se concluye que 32 profesionales aprobaron las evaluaciones del programa, encontrandose aptos para ser certificados y registrados como Evaluadores Externos con fines de Acreditacion para diversas carreras profesionales, con una vigencia de tres (03) anos; Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc, mediante Acuerdo N° 053-2014-CDAH de sesion del 22 de octubre 2014, se acordo aprobar la certificacion como Evaluadores Externos con fines de Acreditacion a los profesionales MORDAZA referidos; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa ­ SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley N° 30220 Ley Universitaria y la Resolucion Ministerial N° 396-2014MINEDU; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Oficializar el Acuerdo N° 053-2014-CDAH de sesion del 22 de octubre 2014, del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se aprobo la certificacion como Evaluadores Externos con fines de Acreditacion a los profesionales comprendidos en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, con una vigencia de tres (03) anos. Articulo 2°.- Registrar en el "Registro Nacional de Evaluadores Externos con Fines de Acreditacion de Educacion Superior Universitaria", a las personas comprendidas en el articulo 1° de la presente Resolucion. Articulo 3°.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA Web del SINEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc COSUSINEACE

Tecnologica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobacion de la reorganizacion del SINEACE; Que, mediante los documentos de vistos, la Direccion de Evaluacion y Certificacion de Educacion Superior Universitaria, presenta los informes de la primera, MORDAZA y cuarta jornada de evaluacion para renovacion de la certificacion de Evaluadores de Competencias profesionales, en los que se recomienda la renovacion de certificacion y registro a 43 profesionales: 21 de Enfermeria, 16 de Obstetricia y 6 de Psicologia; Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc, mediante Acuerdo N° 049-2014CDAH de sesion del fecha 22 de octubre 2014, se aprobo otorgar la renovacion y registro de la certificacion como Evaluadores de Competencias a los profesionales MORDAZA mencionados; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa ­ SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley N° 30220 Ley Universitaria y la Resolucion Ministerial N° 396-2014MINEDU; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Oficializar el Acuerdo N° 049-2014-CDAH de sesion del fecha 22 de octubre 2014 del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se aprobo otorgar la renovacion de la certificacion como Evaluadores de Competencias en las carreras de Enfermeria, Obstetricia y Psicologia, a los profesionales comprendidos en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2°.- Registrar en el "Registro Nacional de Evaluadores de Competencias Profesionales de Educacion Superior Universitaria", a las personas comprendidas en el articulo 1° de la presente Resolucion. Articulo 3°.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA Web del SINEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc COSUSINEACE

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Oficializan Acuerdo del Consejo Directivo Ad Hoc que aprobo la certificacion a diversos profesionales como Evaluadores Externos con fines de Acreditacion
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 022-2014-COSUSINEACE/CDAH-P
MORDAZA, 5 de noviembre de 2014 VISTO: El Oficio N° 010-2014-SINEACE/ST-DEA-ESU, de la Direccion de Evaluacion y Acreditacion de Educacion Superior Universitaria del SINEACE; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 5° de la Ley N° 28740, Ley del SINEACE establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el proposito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificacion profesional y desarrollo laboral; Que, el articulo 16º, inciso b), del Reglamento de dicha Ley, aprobado con el Decreto Supremo N° 0182007-ED, establece que para ser autorizado como entidad evaluadora de instituciones o programas educativos con fines de acreditacion, se debe disponer de un equipo de

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Oficializan Acuerdo del Consejo Directivo Ad Hoc que otorga la acreditacion de la MORDAZA profesional universitaria de Medicina Veterinaria y Zootecnia de la Universidad Cientifica del Sur
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 023-2014-COSUSINEACE/CDAH-P
MORDAZA, 5 de noviembre de 2014