Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2014 (07/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 100

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noviembre de 2014; el Informe Nº 474-2014-GAJ/MLV de la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 31 de octubre de 2014, con sus proveidos Nº 3736-14 y Nº 3597-14 de la Gerencia de Administracion y Gerencia Municipal, respectivamente; los Informes Nº 1022 y Nº 970-2014-SGLP-GAD/MDLV de la Subgerencia de Logistica y Gestion Patrimonial, de fechas 30 y 22 de octubre de 2014, respectivamente; el Memorandum Nº 1455-2014-GM-MDLV de la Gerencia Municipal, de fecha 10 de octubre de 2014; el Informe Nº 122-2014GAD-MLV de la Gerencia de Administracion, de fecha 07de octubre de 2014; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con los articulos II y IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­­ los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujecion al ordenamiento juridico, teniendo ademas como finalidad representar al vecindario y promover la adecuada prestacion de los servicios publicos locales; Que, el numeral 3.1 del articulo 80º de la Ley Organica de Municipalidades establece como competencias y funciones especificas de los Gobiernos Locales el de "proveer el servicio de limpieza publica"; Que, el articulo 10º de la Ley Nº 27314 ­ Ley General de Residuos Solidos ­ establece que las municipalidades distritales como La MORDAZA son responsables por la prestacion de los servicios de recoleccion y transporte de los residuos solidos asi como de la limpieza de vias, espacios y monumentos publicos en su jurisdiccion; Que, mediante Informe Nº 970-2014-SGLCP-GADMLV, la Subgerencia de Logistica y Gestion Patrimonial, informa que se halla pendiente de resolver un Recurso de Apelacion presentado ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) en relacion al Concurso Publico Nº 001-2014-MLV - Primera convocatoria para la contratacion del Servicio de Recoleccion, Transporte y Disposicion de Residuos Solidos del Distrito de La Victoria; solicitando, en consecuencia, tomar las previsiones respecto al vencimiento del plazo ampliatorio de 45 dias calendario, que, contados desde el dia de suscripcion del contrato, culminaria el 8 de noviembre del 2014; Que, mediante Informe Nº 1022-2014-SGLCP-GADMLV, la referida subgerencia concluye senalando la necesidad de declarar en situacion de desabastecimiento el servicio de recoleccion, transporte y disposicion final de residuos solidos del distrito de La MORDAZA, de conformidad con lo establecido en el literal c) del articulo 20º del Decreto Legislativo Nº 1017 - Ley de Contrataciones del Estado -, y el articulo 129º de su reglamento, aprobado por Decreto de Supremo Nº 1842008-EF, por un periodo de cincuenta y cinco dias (55) o hasta que el postor ganador del Concurso Publico Nº 001-2014-MLV suscriba el contrato; Que, mediante Informe Nº 474- 2014-GAJ/ MDLV, la Gerencia de Asesoria Juridica concluye senalando la factibilidad de la propuesta formulada por la Subgerencia de Logistica y Gestion Patrimonial, opinando favorablemente por la ampliacion de la declaracion de desabastecimiento inminente del servicio de recoleccion, transporte y disposicion final de residuos solidos del Distrito de La MORDAZA en base a la normativa anteriormente senalada, por un periodo adicional de cincuenta y cinco dias (55) calendarios o un tiempo menor en que el postor ganador del Concurso Publico Nº 001-2014-MLV suscriba el contrato; Que, el articulo 21º de la Ley de Contrataciones del Estado establece las formalidades de las contrataciones exoneradas de procesos de seleccion, senalando que se realizaran de manera directa, previa aprobacion mediante Acuerdo de Concejo Municipal, en funcion a los informes tecnico y legal previos que obligatoriamente deberan emitirse, debiendo remitirse MORDAZA de los mismos a la Contraloria General de la Republica, y publicarse en el Sistema Electronico de Contrataciones del Estado (SEACE), dentro de los diez (10) dias habiles de su aprobacion, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad; Que, el articulo 22º del referido texto normativo establece que se considera desabastecimiento a aquella situacion inminente, extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de un bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones,

El Peruano Viernes 7 de noviembre de 2014

servicios, actividades u operaciones que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la Entidad a la contratacion de los bienes y servicios solo por el tiempo y/o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, asimismo, el referido articulo senala que la aprobacion de la exoneracion en virtud de la causal de situacion de desabastecimiento no constituye dispensa, exencion o liberacion de las responsabilidades de los funcionarios o servidores de la Entidad cuya conducta hubiese originado la presencia o configuracion de dicha causal. Constituye agravante de responsabilidad si la situacion fue generada por dolo o culpa inexcusable del funcionario o servidor de la Entidad. En estos casos, la autoridad competente para autorizar la exoneracion debe ordenar, en el acto aprobatorio de la misma, el inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo al articulo 46º del referido texto normativo; Que, mediante Memorandum Nº 1110-2014-GPP/MLV, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto otorgo la Certificacion Presupuestal para la exoneracion del MORDAZA de seleccion del servicio de recoleccion, transporte y disposicion final de residuos solidos por S/ 1'854,101.70 (un millon ochocientos cincuenta y cuatro mil ciento uno con 70/100 nuevos soles); En merito de las consideraciones expuestas, y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades -, el Concejo Municipal por mayoria y con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del Acta: ACORDO: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion por desabastecimiento inminente para la contratacion del servicio de recoleccion, transporte y disposicion final de residuos solidos, por un plazo de cincuenta y cinco dias (55) dias o hasta que el postor ganador del Concurso Publico Nº 001-2014-MLV, actualmente en curso, suscriba el contrato. Articulo 2º.- Encargar el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios a la MORDAZA, Gerencia de Administracion y Subgerencia de Logistica y Gestion Patrimonial, facultandose la contratacion de los bienes y servicios necesarios para resolver la situacion de desabastecimiento y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda. Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia Municipal la ejecucion inmediata de todas las acciones pertinentes orientadas a determinar las responsabilidades a que MORDAZA lugar, derivadas de la situacion indicada. Articulo 4º.- Encargar a la Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano, asi como la remision de una MORDAZA del mismo con los informes sustentatorios a la Contraloria General de la Republica. Asimismo, se encarga a la Subgerencia de Logistica y Gestion Patrimonial la publicacion en el Sistema Electronico de Contrataciones del Estado (SEACE), dentro de los diez (10) dias conforme a Ley. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE MORDAZA

1160743-1

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Establecen beneficios tributarios a favor de los vecinos de la avenida MORDAZA MORDAZA del distrito
ORDENANZA Nº 430/MM
Miraflores, 3 de noviembre de 2014 EL MORDAZA DE MIRAFLORES;