Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2014 (07/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Viernes 7 de noviembre de 2014

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CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º de la Ley Nº 28740, Ley del SINEACE establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el proposito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificacion profesional y desarrollo laboral; Que, mediante la Decima MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley Nº30220, Ley Universitaria del 09 de MORDAZA del 2014 se declara en reorganizacion el Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa ­ SINEACE y deroga el Capitulo II del Titulo I, a excepcion del numeral 8.3 del articulo 8, y los Titulos II, III, IV y V de la Ley Nº 28740; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la MORDAZA invocada precedentemente, el Ministerio de Educacion mediante Resolucion Ministerial Nº 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014 constituyo el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidencia del COSUSINEACE, un representante del Ministerio de Educacion y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobacion de la reorganizacion del SINEACE; Que, de acuerdo al literal e) del articulo 7º de la resolucion MORDAZA mencionada, el Consejo Directivo Ad Hoc, tiene como funcion, aprobar normas y procedimientos para la evaluacion y certificacion de competencias; Que, mediante el documento de visto, la Direccion de Evaluacion y Certificacion de Educacion Basica y Tecnico Productiva, hace de conocimiento el Acuerdo Nº525-2014 de sesion Nº164, del 03 de MORDAZA 2014 del Directorio del IPEBA, mediante el cual se aprobaron los siguientes documentos: · Normas de Competencia del Operario de Confecciones con Maquinas de Tejido Plano · Normas de Competencia del Operario de Confecciones con Maquinas de Tejido de Punto. · Normas de Competencia del Electricista Instalador de Interiores · Normas de Competencia del Montajista de Estructuras de Lineas de Transmision Electrica. · Normas de Competencia del Lubricador Automotriz · Normas de Competencia del Carpintero Metalico en MORDAZA Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc del SINEACE, en sesion de fecha 22 de octubre 2014, mediante Acuerdo Nº 038-2014-CDAH, se aprobo oficializar el Acuerdo Nº525-2014 del Directorio del IPEBA, mediante el cual se aprobaron las normas MORDAZA mencionadas; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa ­ SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley Nº 30220 Ley Universitaria y la Resolucion Ministerial Nº 396-2014MINEDU; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Oficializar el Acuerdo Nº525-2014 de sesion Nº164, del 03 de MORDAZA 2014 del Directorio del IPEBA, mediante el cual se aprobaron las siguientes normas que en anexo forman parte integrante de la presente resolucion: · Normas de Competencia del Operario de Confecciones con Maquinas de Tejido Plano · Normas de Competencia del Operario de Confecciones con Maquinas de Tejido de Punto. · Normas de Competencia del Electricista Instalador de Interiores · Normas de Competencia del Montajista de Estructuras de Lineas de Transmision Electrica. · Normas de Competencia del Lubricador Automotriz · Normas de Competencia del Carpintero Metalico en MORDAZA

CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º de la Ley Nº 28740, Ley del SINEACE establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el proposito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificacion profesional y desarrollo laboral; Que, mediante la Decima MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley Nº30220, Ley Universitaria del 09 de MORDAZA del 2014 se declara en reorganizacion el Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa ­ SINEACE y deroga el Capitulo II del Titulo I, a excepcion del numeral 8.3 del articulo 8, y los Titulos II, III, IV y V de la Ley Nº 28740; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la MORDAZA invocada precedentemente, el Ministerio de Educacion mediante Resolucion Ministerial Nº 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014 constituyo el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidencia del COSUSINEACE, un representante del Ministerio de Educacion y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobacion de la reorganizacion del SINEACE; Que, de acuerdo al literal e) del articulo 7º de la resolucion MORDAZA mencionada, el Consejo Directivo Ad Hoc, tiene como funcion, aprobar normas y procedimientos para la evaluacion y certificacion de competencias; Que, mediante el documento de visto, la Direccion de Evaluacion y Certificacion de Educacion Basica y Tecnico Productiva, propone la aprobacion del documento denominado "Normas de Competencia del Productor de Plantones de Cacao", el mismo que cumple con la validacion de expertos en el tema; Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc, en sesion del 22 de octubre 2014, mediante Acuerdo Nº 037-2014-CDAH, se aprobo el documento tecnico indicado precedentemente; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa ­ SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley Nº 30220 Ley Universitaria y la Resolucion Ministerial Nº 396-2014MINEDU; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Oficializar el Acuerdo Nº 037-2014CDAH de sesion del 22 de octubre 2014, mediante el cual el Consejo Directivo Ad Hoc aprobo el documento denominado "Normas de Competencia del Productor de Plantones de Cacao", que en anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA Web del SINEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc COSUSINEACE

1159994-2

Oficializan Acuerdo del Directorio del IPEBA mediante el cual se aprobaron diversas Normas de Competencia
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 019-2014-COSUSINEACE/CDAH-P
MORDAZA, 5 de noviembre de 2014 VISTO: El Oficio Nº 001-2014/SINEACE/ST-DEC-EBTP, emitido por la Direccion de Evaluacion y Certificacion de Educacion Basica y Tecnico Productiva del SINEACE; y,