Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2014 (28/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano MORDAZA 28 de diciembre de 2014

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b. Mediante la ejecucion directa de obras de infraestructura o areas de recreacion de valor equivalente al aporte correspondiente, siempre que constituyan una unidad fisica de infraestructura o el mejoramiento u ampliacion de una existente y que corresponda a una obra adicional a las obras propias de la habilitacion urbana. En caso el aporte se concrete, mediante una Asociacion Publico Privada - APP o iniciativa privada, esta debe ser de caracter autosostenible de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1012, sin requerir subsidios del fideicomiso regulado en esta Ordenanza; para tal efecto, por Decreto de Alcaldia se dictaran las normas que regulen lo establecido en el presente literal.. Articulo 22°.- Securitizacion o Titulizacion Los recursos que obtengan el Fideicomiso de Administracion podran servir de respaldo a la emision de titulos valores, o cualquier otro instrumento financiero, que eventualmente requiera el financiamiento de la construccion de los proyectos a los cuales se ha hecho referencia, en los plazos mas convenientes al Planeamiento MORDAZA del area de Anexion MORDAZA y Reajuste de Zonificacion del distrito de Carabayllo. Articulo 23°.- Control Urbanistico y Edificatorio Todos los Organos ejecutivos de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, deben coordinar permanentemente con el fin de ejercer un estricto control sobre las intervenciones urbanisticas, actividades constructivas y de funcionamiento, en los predios que se edifiquen, operen y/o regularicen a partir de la vigencia de la presente Ordenanza, asi como en las areas agricolas, garantizando en forma especial, el mejoramiento del entorno ambiental y el irrestricto uso publico de los espacios y vias publicas; bajo responsabilidad administrativa, civil y penal. Articulo 24°.- Vigilancia y el Monitoreo Ambiental Conformese el Comite de Vigilancia y Monitoreo Ambiental el cual estara conformado por: - Representante de la Gerencia de Ambiente de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en calidad de Presidente. - Representante de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, en calidad de miembro. - Representante del Ministerio de la Produccion, en calidad de miembro. - Representante del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA, en calidad de miembro. - Representante de la Administracion Local del Agua Chillon MORDAZA Lurin - ALA, en calidad de miembro. - Representante de SEDAPAL, en calidad de miembro. - Dos (2) Representantes de las organizaciones ambientales reconocidas en el Registro Unico de Organizaciones Sociales de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, en calidad de miembros. Articulo 25°.- Parametros Urbanisticos y Edificatorios Los Parametros Urbanisticos y Edificatorios; de Densidad, Retiros, Estacionamientos y demas condiciones urbanisticas y edificatorias, se definen, para cada uno de los sectores residenciales, areas comerciales y demas en el Anexo Nº 03 de la presente Ordenanza. Articulo 26°.- Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas En el area de reajuste de zonificacion y de anexion al area MORDAZA materia de la presente Ordenanza sera de aplicacion el Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas aprobado en la Ordenanza Nº 1105MML y sus modificatorias. Articulo 27°.- Planeamiento integral Previo a la Habilitacion MORDAZA, los propietarios deberan proponer el planeamiento integral para los predios comprendidos en las areas indicadas en los articulos 1° y 2° de la presente Ordenanza, con precision de las vias y aportes reglamentarios, bajo el procedimiento establecido en la Ordenanza N° 1467MML y su modificatoria.

a) Aprobar su reglamento interno. b) Determinar la prelacion de las obras a que se refiere el Articulo 15°, las cuales incluiran los estudios tecnicos necesarios para la aprobacion por el Sistema Nacional de Inversion Publica - SNIP. c) En funcion de que se obtengan los codigos SNIP, priorizar las obras en las que se procedera a la elaboracion de los estudios definitivos y su posterior ejecucion. d) Aprobar el Programa Multianual de Inversiones y las propuestas de financiamiento. e) Resolver todas aquellas situaciones derivadas del cumplimiento del objeto del Fideicomiso, que no se encuentren especificamente reguladas en el Contrato de Fideicomiso. Articulo 18°.- Criterios Para efectos del cumplimiento de sus funciones la Comision Administradora de Inversion MORDAZA de Carabayllo, debera tener en consideracion los siguientes criterios: a) La obtencion de los flujos dinerarios, bienes o derechos del Fideicomiso de administracion. b) Las recomendaciones que efectue el Instituto Metropolitano de Planificacion, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y otros organos tecnicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima. c) Las aprobaciones que se obtengan del SNIP. Articulo 19°.- Factor Fiduciario En el Contrato de Fideicomiso respectivo se podra pactar, de asi permitirlo las condiciones del concurso para la seleccion de la empresa fiduciaria, como Factor Fiduciario a la Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA - EMILIMA, quien sera representado por un funcionario de alto nivel, con capacidad decisoria, designado por Resolucion de Alcaldia, a propuesta de EMILIMA. Articulo 20°.- Funciones y Responsabilidades del Factor Fiduciario El Factor Fiduciario tendra como funciones y responsabilidades las siguientes: a) Asumir personalmente la conduccion del Fideicomiso, asi como la responsabilidad por los actos, contratos y operaciones derivados del fideicomiso. b) Someter a consideracion de la Comision Administradora las propuestas tecnicas que le permitan el adecuado cumplimiento de sus funciones mencionadas en el Articulo 17°, en el MORDAZA de los criterios establecidos en el Articulo 18° de la presente Ordenanza. c) Formular los Terminos de Referencia para la elaboracion de los estudios de preinversion, expedientes tecnicos y estudios definitivos. d) Autorizar pagos. f) Contratar a expertos para la elaboracion de los estudios de pre inversion, expedientes tecnicos y estudios definitivos y otros que fueran necesarios para el cumplimiento del objetivo para el que se constituye este Fideicomiso, de acuerdo al Presupuesto autorizado por la Comision Administradora, a que se hace referencia en el literal siguiente. g) Presentar los presupuestos, programa multianual de inversiones y propuesta de financiamiento a la Comision Administradora para su aprobacion. e) Otras que le senale la Comision Administradora. Articulo 21°.- Transferencia del Aporte para Renovacion MORDAZA y Desarrollo MORDAZA - Desarrollo MORDAZA Los Aportes Reglamentarios para Renovacion MORDAZA y Desarrollo MORDAZA ­ Desarrollo MORDAZA, a que se refiere el literal e) del articulo 3° y el numeral 6.1 del Articulo 6° de la presente ordenanza, seran transferidos al Fideicomiso de Administracion mediante cualquiera de las siguientes modalidades: a. Por transferencia al Fideicomiso de una porcion del predio equivalente al porcentaje de dicho Aporte conforme los Cuadro N° 1, 2 y 3. El aporte para Desarrollo MORDAZA podra ser redimido en dinero hasta MORDAZA de la expedicion de la Resolucion que apruebe la Recepcion de Obras de la Habilitacion MORDAZA, de acuerdo a la valorizacion comercial, unicamente cuando el area resultante del Aporte sea menor al lote normativo.