Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2014 (28/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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por metro cubico, a aplicarse en el ano 2015, son los siguientes:
Clasificacion del cuerpo de agua superficial receptor del MORDAZA de aguas residuales segun fuente generadora vertimiento Categoria Categoria Categoria Categoria ECA-Agua 1 ECA-Agua 2 ECA-Agua 3 ECA-Agua 4 S/. / m3 Aguas residuales domestico-municipales MORDAZA productivo de actividades Aguas residuales generadas en el Saneamiento y otros* Energia del sector Mineria Agroindustria Industria Pesqueria Aguas residuales industriales 0,0063 0,0032 0,0504 0,0567 0,0126 0,0252 0,0189 0,0059 0,0030 0,0471 0,0530 0,0118 0,0236 0,0177 0,0053 0,0027 0,0420 0,0473 0,0105 0,0210 0,0158 0,0055 0,0028 0,0437 0,0492 0,0110 0,0219 0,0164

El Peruano MORDAZA 28 de diciembre de 2014

Junta de Usuarios Andahuaylas Atalaya MORDAZA Bagua MORDAZA la Union Cajabamba Callejon de Huaylas Camana Candarave Canete Caraveli Caraveli (CR MORDAZA, Ayroca y Cahuacho) Casma MORDAZA Alta Chancay-Huaral Chancay-Lambayeque Chao Chao (Parte Alta del Valle-Rios Chorobal y Huamanzana) Chaparra Chicama Chili-Zona No Regulada Chili-Zona Regulada

S/./m3 0,0010 0,0005 0,0009 0,0006 0,0005 0,0007 0,0005 0,0010 0,0006 0,0010 0,0007 0,0006 0,0016 0,0006 0,0014(C) 0,0016(D) 0,0018(C) 0,0020(D) 0,0020(C) 0,0021(D) 0,0016 0,0005 0,0016 0,0015 0,0011(A) 0,0016(B) 0,0017(C) 0,0020(D) 0,0019(A) 0,0022(B) 0,0026(C) 0,0028(D) 0,0022 0,0013(A) 0,0014(B) 0,0017(C) 0,0020(D) 0,0007 0,0006 0,0006 0,0014 0,0010 0,0011 0,0016 0,0008 0,0011 0,0005 0,0005 0,0005 0,0016 0,0017(C) 0,0019(D) 0,0027 0,0006 0,0007 0,0021(C) 0,0054(D) 0,0006 0,0013(B) 0,0015(C) 0,0019(D) 0,0008 0,0026

* Aguas residuales generadas en los procesos de potabilizacion y desalinizacion de agua

5.2 Para el caso de titulares de autorizaciones de vertimiento por volumenes menores o iguales a 100 000 3 m anuales, la determinacion de la retribucion economica para el ano 2015, se efectuara multiplicando un volumen de 100 000 m3 por los valores indicados en el cuadro senalado en el numeral precedente, segun el MORDAZA de aguas residuales y la sensibilidad del cuerpo receptor que corresponde. 5.3 Las personas naturales y juridicas, que se encuentran inscritas en el Programa de Adecuacion de Vertimiento y Reuso de Agua Residual, pagaran para el ano 2015 una retribucion economica por vertimiento de agua residual igual a 1,9 multiplicado por los valores indicados en el cuadro senalado en el numeral 5.1 del presente articulo, segun el MORDAZA de aguas residuales y la sensibilidad del cuerpo receptor que corresponde. 5.4 Las organizaciones comunales encargadas de la prestacion de servicios de saneamiento en los centros poblados del ambito rural que cuenten con autorizacion de vertimiento de aguas residuales tratadas, abonaran para el ano 2015, una Retribucion Economica Plana, equivalente a Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 50,00). Articulo 6.- Refrendo y vigencia El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura y Riego, y entrara en vigencia a partir del 01 de enero de 2015. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de diciembre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego ANEXO 1: Valores de la retribucion economica por uso de agua superficial con fines agrarios, en Nuevos Soles por metro cubico, a aplicarse en el ano 2015 Tabla 1: Juntas de Usuarios
Junta de Usuarios Abancay Acari Alto Amazonas Alto Chicama Alto Huallaga Alto Huallaga (Parte Alta) Alto Jequetepeque Alto Maranon Alto MORDAZA Alto MORDAZA Ampato-Sihuas-Quilca S/./m3 0,0014 0,0005 0,0005 0,0010 0,0006 0,0006 0,0008 0,0011 0,0007 0,0014 0,0007(C) 0,0009(D)

Chillon Chincha Chira Chotano-Llaucano Chuquibamba-Iray MORDAZA Alto MORDAZA MORDAZA Ensenada MORDAZA Fortaleza Guadalupito Huallaga Central Huamachuco Huancane Huancavelica MORDAZA Huarmey-Culebras Huaura Ica Ilave Inambari Irchim MORDAZA Jequetepeque Juliaca La Achirana