Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2014 (28/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 112

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LA SUBGERENCIA DE CATASTRO Y DE HABILITACIONES URBANAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES VISTO el Expediente Nº 62670-2014 de fecha 10 de Noviembre de 2014 seguido por la empresa COOPERATIVA AGRARIA EL NARANJAL LTDA debidamente representada por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA mediante el cual solicita la independizacion de 80,660.00 m² constituido por parte del lote A del Fundo Naranjal, Areas comunes, caminos y acequias con 59,920.00 m² y Area de los lotes Nº 10021 y 10723 (dentro de esta area se excluyen 270.00 m² correspondiente a los lotes Nº 4 y 5 de la Mz. A inscritos en la partida Nº 120895330 y 120895330 respectivamente) con 20,740.00 m² inscrito en la partida Nº 46245318 de la SUNARP, ubicado en el, Distrito de San MORDAZA de Porres, Provincia y Departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, el recurrente, ha cumplido con presentar los requisitos que establece el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Ordenanza Nº 351 MDSMP publicada el 24/11/2013; solicitud dirigida al MORDAZA, Formulario Unico de Habilitaciones Urbanas, Anexo E; Recibo Nº 2014069719, por el derecho de independizacion de terrenos rusticos, MORDAZA de Partida Registral Nº 46245318 (SUNARP), Declaracion Jurada de Habilidad del profesional que suscribe la documentacion tecnica Arq. Caros MORDAZA MORDAZA MORDAZA CAP Nº 14719, Certificado de Zonificacion y Vias Nº 1826-2014-MML-GDU-SPHU de fecha (03/10/14), Declaracion Jurada de Inexistencia de Feudatarios, Memoria descriptiva y planos respectivos, del terreno matriz, Parte del lote A del Fundo Naranjal, con un area de 80,660.00 m² y de la independizacion resultante; Lote Nº 10021 con un area de 19,130.00 m² y Lote Nº 10723 como un remanente con un area de 1,340.00 m². Que, con informe Nº 612-LHH-2014-SGCHU-GDU/ MDSMP (15/11/14) el personal tecnico de la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, indica que el recurrente ha cumplido con los requisitos que establece el MORDAZA de esta corporacion, y cumple con las disposiciones de la Ley Nº 29090-Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, modificado por el D.S. Nº 012-2013-VIVIENDA y las disposiciones del RNE y; Que, de acuerdo al Oficio Nº 1309-2013-MML-GDUSPHU no es exigible la aprobacion del Planeamiento Integral en los Sectores Chuquitanta, Naranjal y MORDAZA MORDAZA del distrito de San MORDAZA de Porres debido a que es un sector con mas de 70% de consolidacion, con equipamiento y parques incorporados al Plano de Zonificacion, desarrollado a nivel de barrio y con vias locales integradas a la trama MORDAZA de las vias arteriales y colectoras del Sistema Vial Metropolitano. Que, con informe Nº 110-FEVS-SGCHU-GDU/ MDSMP (27/11/2014) emitido por la abogada de la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, indica habiendose cumplido con los requisitos y procedimientos establecidos por la normativa indicada, debera admitirse el acto administrativo correspondiente, aprobandose la independizacion solicitada, en concordancia con el art. 195º de la Constitucion Politica del Estado que senala que: "Los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local, y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo", siendo competentes, entre otros, para: Planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial; con el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades-Ley Nº 27972 - LOM que senala que: Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion"; en estricto desempeno de sus atribuciones como autoridad local establecida en el numeral 3) del articulo 79º de la LOM, en cuanto organizacion del espacio fisico y uso del suelo y; Que, de acuerdo al procedimiento Nº 4.3.7 del Texto Unico de Procedimiento Administrativo-TUPA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres-MDSMP, aprobado por Ordenanza Nº 351-MDSMP, ratificado por Acuerdo de Concejo Nº 2477-MML, publicados el 24/211/2013, la Unidad Organica de resolver los

El Peruano MORDAZA 28 de diciembre de 2014

tramites de Independizacion o Lotizacion de Terrenos Rusticos, como el caso de autos es la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, que debe emitir el acto administrativo correspondiente en concordancia con la MORDAZA disposicion Final del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF de la MDSMP, aprobado por Ordenanza Nº 251-MDSMP y modificatorias, cuyo Texto Unico Ordenado ha sido aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 016-2011/MDSMP, publicado en el diario oficial El Peruano el 20/07/2011, por el que las subgerencias estan facultadas a emitir resoluciones en primera instancia en los asuntos de su competencia, debiendo APROBARSE la independizacion solicitada, conforme a lo indicado en el Informe 612-LHH-2014-SGCHU-GDU/MDSMP; y, De conformidad al MORDAZA, al ROF y a la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 29090 ­ Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, aprobada por Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, modificado por el D.S. Nº 012-2013-VIVIENDA asi como el RNE; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la independizacion del terreno MORDAZA de 80,660.00 m², constituido por parte del Lote A del Fundo Naranjal del Distrito de San MORDAZA de Porres, Provincia y Departamento de MORDAZA de conformidad con el plano Nº 138-2014-SGCHU-GDU/MDSMP, plano de ubicacion y memoria descriptiva. PREDIO MATRIZ.Parte del Lote A del Fundo Naranjal Tiene un area de 80,660.00 m² de los cuales 59,920.00 m² quedan como areas comunes, caminos y acequias y el resto de 27,400.00 m² como terrenos culturales comprendidos en dos lotes 10021 y 10723. INDEPENDIZACION Lote Nº 10021 Tiene un area de 19,130.00 m², con los siguientes linderos y medidas perimetricas: Por el Norte colinda con Propiedad de Terceros con una linea recta de 75.00 ml. Por el Este colinda con un area de caminos de la Cooperativa Agraria El Naranjal con una linea recta de 303.23 ml. Por el Sur colinda con la Av. Naranjal con una linea recta de 51.00 ml. Por el Oeste colinda con Propiedad de Terceros con una linea recta de 317.36 ml. Perimetro: 746.59 ml. Remanente: Lote 10723 Tiene un area de 1,340.00 m² Articulo Segundo.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el diario oficial El Peruano a cuenta de los interesados dentro del plazo de 30 dias de notificada la presente resolucion. Articulo Tercero.- PONER en conocimiento de la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Registros Publicos, para su inscripcion. Articulo Cuarto.- NOTIFICAR el presente acto administrativo la empresa COOPERATIVA AGRARIA EL NARANJAL debidamente representada por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subgerente de Catastro y Habilitaciones Urbanas 1182097-1

Aprueban habilitacion MORDAZA ejecutada para uso residencial de densidad media de inmueble ubicado en el distrito
RESOLUCION DE SUBGERENCIA Nº 404-2014-SGCHU-GDU-MDSMP San MORDAZA de Porres, 3 de diciembre de 2014