Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2014 (28/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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VISTOS, el Oficio N.º 1754-2014-JUS-CMAN/SE, de la Secretaria Ejecutiva de la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la Reparacion Colectiva y la Reconciliacion Nacional ­ CMAN; el Informe N.º 227-2014-JUS/OGPP-OPRE, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N.º 896-2014JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N.º 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones ­ PIR, tiene por objeto establecer el MORDAZA normativo del Plan Integral de Reparaciones (PIR) para las victimas de la violencia acaecida durante el periodo de MORDAZA de 1980 a noviembre de 2000, conforme a las conclusiones y recomendaciones del Informe de la Comision de la Verdad y Reconciliacion; Que, conforme lo dispone el articulo 38º del Reglamento de la Ley N.º 28592, aprobado por el Decreto Supremo N.º 015-2006-JUS, teniendo en cuenta los listados a que se hace referencia en el articulo 42º de la citada MORDAZA, el Consejo de Reparaciones determina e identifica a los Beneficiarios del Programa de Reparaciones Economicas, en adelante el Programa (PRE); Que, el articulo 2º del Decreto Supremo N.º 0512011-PCM, modifica el articulo 37º del Reglamento MORDAZA acotado, senalando que el otorgamiento de las reparaciones se efectuara gradual y progresivamente una vez que se aprueben, mediante Resolucion Ministerial del Presidente del Consejo de Ministros, los procedimientos y modalidades de pago que deberan regir para el PRE; Que, el articulo 3º del Decreto Supremo N.º 051-2011PCM determina que el monto de la reparacion economica por victima de violacion sexual, desaparecida, fallecida o con discapacidad, asciende a S/. 10 000,00 (DIEZ MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), dictandose los lineamientos para el caso de concurrencia del conyuge o concubino sobreviviente con otros familiares de las victimas desaparecidas o fallecidas; Que, mediante Decreto Supremo N.º 102-2011-PCM, se adscribe la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la Reparacion Colectiva y la Reconciliacion Nacional (CMAN) al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUS); Que, en el contexto de la adscripcion de la CMAN al MINJUS, se dicta la Resolucion Ministerial N.º 01492012-JUS, por la cual se modifican los procedimientos y modalidades de pago para la implementacion del Programa de Reparaciones Economicas, aprobados con Resolucion Ministerial N.º 184-2011-PCM, considerando, entre otros aspectos, que el organismo ejecutor del PRE es el MINJUS a traves de su Unidad Ejecutora que es la Oficina General de Administracion, precisandose que el MINJUS aprueba mediante resoluciones ministeriales los desembolsos correspondientes; Que, la Ley N.º 29979, Ley que establece criterios de priorizacion para la ejecucion del Programa de Reparaciones Economicas del Plan Integral de Reparaciones, senala en el primer parrafo de su articulo 1º que el criterio de priorizacion para la ejecucion del PRE sera el de prelacion, teniendo en consideracion la fecha en que MORDAZA ocurrido el hecho violatorio de derechos; Que, el ultimo parrafo del citado articulo 1º de la Ley N.º 29979, faculta al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a configurar los criterios complementarios de ejecucion del PRE, considerando lo previsto en el articulo 8º del Decreto Supremo N.º 015-2006-JUS, a propuesta de la Secretaria Ejecutiva de la CMAN, senalando que seran Beneficiarios prioritarios las victimas adultos mayores, las mujeres y las personas con discapacidad; Que, mediante el Informe N.º 060-2014-JUS/CMANSE-LPA del Tecnico Especialista en Reparaciones Economicas, la Secretaria Ejecutiva de la CMAN refiere que conforme a los procedimientos establecidos ha elaborado la Lista N.º 15 que contiene un total de 452 Beneficiarios del PRE, especificando datos personales y Codigo de Registro Unico de Victimas (RUV), entre otros; Que, mediante Decreto Supremo N.º 221-2014-EF, se autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, a favor del Pliego MINJUS, hasta por la suma de S/. 58 997 494,00 (CINCUENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS

El Peruano MORDAZA 28 de diciembre de 2014

NOVENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES), destinados a continuar en el presente ano fiscal con el pago de reparaciones economicas establecidas en el articulo 37º del Reglamento de la Ley N.º 28592, Ley que crea el PIR, aprobado mediante Decreto Supremo N.º 015-2006-JUS; Que, habiendose autorizado la transferencia de partidas mencionada en el considerando precedente, mediante Resolucion Ministerial N.º 179-2014-JUS se aprobo la desagregacion de los recursos aprobados mediante el Decreto Supremo N.º 221-2014-EF, hasta por la suma de S/. 58 997 494,00 (CINCUENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, con el Oficio N.º 1754-2014-JUS-CMAN/SE, el Secretario Ejecutivo de la CMAN senala que en el Presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos se cuenta con los recursos financieros para atender a 452 Beneficiarios incluidos en la Lista N.º 15 de Beneficiarios del Programa de Reparaciones Economicas, por un monto de S/. 1 644 957,61 (UN MILLON SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 61/100 NUEVOS SOLES), monto que incluye el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF); Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto mediante Informe N.º 227-2014-JUS/OGPP-OPRE, emite opinion favorable en cuanto a la disponibilidad presupuestal para atender a los 452 Beneficiarios del Programa de Reparaciones Economicas, por un monto de S/. 1 644 957,61 (UN MILLON SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 61/100 NUEVOS SOLES), monto que incluye el ITF; Que, conforme a lo expuesto en los parrafos precedentes, se concluye que el financiamiento es con cargo al presupuesto aprobado al Pliego 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Unidad Ejecutora 001 Oficina General de Administracion, el cual se implementa a traves de la Secretaria Ejecutiva de la CMAN en coordinacion con la Oficina General de Administracion del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Con el visado de la Secretaria Ejecutiva de la CMAN, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N.º 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones ­ PIR; su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N.º 0152006-JUS y sus modificatorias; la Ley N.º 29979, Ley que establece criterios de priorizacion para la ejecucion del Programa de Reparacion Economica del Plan Integral de Reparaciones ­ PIR; su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N.º 017-2013-JUS y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por el Decreto Supremo N.º 011-2012-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion de la Lista N.º 15 de Beneficiarios del Programa de Reparaciones Economicas Aprobar la Lista N.º 15 de Beneficiarios del Programa de Reparaciones Economicas, elaborada por la Secretaria Ejecutiva de la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la Reparacion Colectiva y la Reconciliacion Nacional (CMAN), la que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Custodia del contenido de la Lista N.º 15 de Beneficiarios La Lista N.º 15 de Beneficiarios y el CD que la contiene, quedaran bajo la custodia de la Secretaria Ejecutiva de la CMAN, a fin de garantizar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de dicha informacion. Articulo 3º.- Autorizacion de Abono de la Reparacion Economica Autorizar el desembolso presupuestal para atender el abono unico de las Reparaciones Economicas a favor de 452 Beneficiarios comprendidos en la Lista N.º 15 de Beneficiarios del Programa de Reparaciones Economicas, elaborado por la Secretaria Ejecutiva de la