Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2014 (28/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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Norte por la divisoria de aguas del rio Huancabamba con la quebrada Ancaraylla, pasando por la cumbre de un cerro sin nombre hasta intersecarse con una carretera vecinal (Andahuaylas) coordenadas UTM 676 035 m E y 8 483 977 m N. A partir de alli el limite continua en direccion Sureste atravesando el MORDAZA Ccallupita del cerro Nono Orcco, el cerro Cuncayoc hasta alcanzar la cumbre del cerro Atoghuachanan o Atocchuachana (cota 4194 m.s.n.m.) coordenadas UTM 682 325 m E y 8 480 967 m N. Limita con el distrito de San Jeronimo. El limite se inicia en la cumbre del cerro Atoghuachanan o Atocchuachana (cota 4194 m.s.n.m.) coordenadas UTM 682 325 m E y 8 480 967 m N. Desde alli el limite continua en direccion general Sureste por la divisoria de aguas de las quebradas Suapacanan, Rangracocha y Chalhuacocha con los tributarios del rio Chumbao; pasando por la cota 4282 m.s.n.m. hasta alcanzar la cumbre del cerro Huamaniya (coordenadas UTM 684 938 m E y 8 473 298 m N). A partir de alli continua en direccion general Sur por la divisoria de aguas de los tributarios de las lagunas Huayllacocha y Salhuayccoc con la quebrada Huampon; pasando por la cumbre del cerro Puyunco hasta alcanzar la cumbre del cerro Paizu (coordenadas UTM 689 708 m E y 8 472 027 m N). Limita con los distritos de Lucre y Colcabamba en la provincia de Aymaraes. El limite se inicia en la cumbre del cerro Paizu (coordenadas UTM 689 708 m E y 8 472 027 m N). Desde alli el limite prosigue en direccion Suroeste por la divisoria de aguas de los afluentes de la MORDAZA Huayllacocha, Salhuayccoc (quebrada Tambohuayccoc), afluente de la MORDAZA Chinccelle (quebrada Almayhuayccoc) y afluente de la MORDAZA Cuncusayoccocha (quebrada Huancanimayoc) con el afluente de la MORDAZA Pacchacocha (quebrada Ruyacc Ccacca), afluente de la MORDAZA Huayllaccocha (quebrada sin nombre tributaria de la quebrada Huincho), quebrada Callejon, afluente de las lagunas Huaraccoccocha (quebrada Marayniocc), afluentes de las lagunas Churupayoccocha y Urampeccocha (quebradas Huayccoc y Fundicion Huayccoc), tributarios de la quebrada Joccarina Huaycco y quebrada Huancani, pasando por la cumbre de los cerros Salhuayccoc, estribacion Sureste del cerro Huaillaccocha, estribacion Noroeste del cerro Pumani, cota 4515 m.s.n.m., hasta alcanzar la cumbre de un cerro sin nombre (coordenadas UTM 685 363 m E y 8 463 414 m N); de este punto el limite continua en direccion Oeste hasta alcanzar la cumbre de un cerro sin nombre de coordenadas UTM 682 092 m E y 8 462 548 m N. Limita con el distrito de Andahuaylas. El limite se inicia en la cumbre de un cerro sin nombre de coordenadas UTM 682 092 m E y 8 462 548 m N. A partir de alli el limite continua en direccion general Noroeste hasta alcanzar la naciente de la quebrada Pichihua Huayccoc, aguas abajo hasta su confluencia con la quebrada Lamarhuayccoc. Desde alli continua por el thalweg de la quebrada Lamarhuayccoc, aguas abajo hasta su confluencia con la quebrada Aguarias en la quebrada Pucarapalla. A partir de este lugar el limite continua por el thalweg de la quebrada Pucarapalla, aguas abajo hasta su confluencia con la quebrada Quichcacorral (coordenadas UTM 677 139 m E y 8 479 934 m N). Desde alli el limite continua en direccion general Noroeste, pasando por las estribaciones del cerro Yurujaja, cerro Chicorumi (cota 3992 m.s.n.m.) hasta alcanzar la interseccion de dos trochas vecinales (Ccacce y Succlaya) en un punto de coordenadas UTM 674 428 m E y 8 477 415 m N, punto de inicio de la presente descripcion. Articulo 5. Identificador relacional El identificador relacional del distrito creado es el 030220, el cual se desagrega de la siguiente manera: 03 = Departamento de Apurimac. 02 = Provincia de Andahuaylas. 20 = Distrito de MORDAZA MORDAZA Arguedas.

El Peruano MORDAZA 28 de diciembre de 2014

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA. Representacion cartografica Forma parte de la presente Ley la representacion cartografica del limite politico-administrativo de la provincia de Andahuaylas, en el departamento de Apurimac. SEGUNDA. Base de la cartografia La presente propuesta de delimitacion y redelimitacion de la provincia de Andahuaylas y sus distritos; asi como la creacion del distrito de MORDAZA MORDAZA Arguedas; se ha realizado en base a las cartas nacionales a escala 1:100,000, elaboradas por el Instituto Geografico Nacional (IGN) y el Defense Mapping Agency (DMA) de los Estados Unidos de America. TERCERA. Toponimias Corresponde al Instituto Geografico Nacional elaborar la cartografia basica oficial y regularizar los nombres geograficos o toponimos denominados en la presente Ley, en tanto los mismos no figuran en la cartografia oficial. CUARTA. Autoridades politico-administrativas El Poder Ejecutivo dictara las disposiciones correspondientes a fin de dotar de autoridades politicoadministrativas a las nuevas circunscripciones que se crean por la presente Ley. QUINTA. Autoridades judiciales El Poder Judicial dispondra las acciones necesarias a fin de dotar al distrito que se crea por Ley de autoridades judiciales correspondientes. SEXTA. Eleccion de autoridades municipales El MORDAZA Nacional de Elecciones adoptara las acciones necesarias para la eleccion de las autoridades municipales del distrito de MORDAZA MORDAZA Arguedas, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 26864, Ley de Elecciones Municipales. SEPTIMA. Documento nacional de identidad Disponese que el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (Reniec) realice todas las acciones necesarias para otorgar a la poblacion del MORDAZA distrito un documento nacional de identidad con los datos actualizados. DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA UNICA. Servicios publicos En tanto se elijan e instalen las nuevas autoridades del distrito de MORDAZA MORDAZA Arguedas, la administracion y la prestacion de servicios publicos seguiran siendo atendidas por el distrito y la provincia, de acuerdo a sus competencias. Comuniquese al senor Presidente Constitucional de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los quince dias del mes de diciembre de dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA DEL ALCAZAR MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de diciembre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros