Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2014 (22/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano Lunes 22 de diciembre de 2014

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c) Aprobar la suscripcion de convenios y contratos de cooperacion institucional nacionales e internacionales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. d) Aprobar la conformacion de Comisiones Consultivas a propuesta de la Direccion Tecnica. e) Autorizar las actividades relacionadas con asuntos economicos y administrativos de PROHVILLA, estando facultados para la aceptacion y denegacion de donaciones. f) Emitir opinion a la propuesta del Plan Maestro del Refugio de MORDAZA MORDAZA Los Pantanos de MORDAZA y su MORDAZA de Amortiguamiento. g) Opinar sobre gestiones tecnicas especificas que solicite a la Direccion Tecnica h) Proponer las medidas pertinentes para lograr los recursos que permitan el cumplimiento de los objetivos y funciones de PROHVILLA. i) Evaluar, a solicitud de la Direccion Tecnica, las actuaciones o intervenciones a llevarse a cabo en la MORDAZA de Reglamentacion Especial (ZRE) que pudieran generar impactos en los Pantanos de MORDAZA j) Solicitar Auditorias Financieras y/o Administrativas a la gestion de PROHVILLA. k) Emitir los dictamenes correspondientes para la determinacion del cambio de uso de suelo dentro de la ZRE Pantanos de MORDAZA Articulo 43º.- La Direccion Tecnica estara a cargo de un Director Tecnico, designado por el MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, quien ejercera la representacion legal de la Autoridad Local. El Director Tecnico estara a cargo de la gestion, manejo y conservacion de los recursos naturales y control ambiental de la ZRE, dentro de las competencias municipales y aquellas obligaciones asignadas en esta Ordenanza. Articulo 44º.- Son funciones del Director Tecnico: a) Ejercer la representacion legal de PROHVILLA. b) Ejercer la Secretaria Tecnica del Consejo Directivo c) Coordinar con las municipalidades distritales de la MORDAZA de Reglamentacion Especial, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, SERPAR y el Instituto Metropolitano de Planificacion sobre temas relativos a la planificacion y desarrollo de la MORDAZA de Reglamentacion Especial Pantanos de MORDAZA, asi como crear los medios para el cumplimiento de las normas establecidas en la presente ordenanza. d) Presentar al Consejo Directivo el Plan Maestro del Refugio de MORDAZA MORDAZA y su MORDAZA de Amortiguamiento, para su opinion y aportes, MORDAZA de gestionar su aprobacion ante el SERNANP. e) Formular los convenios necesarios con la Policia Nacional del Peru u otros organismos para la fiscalizacion, control y aplicacion de sanciones para aquellos que incumplan lo establecido en la presente ordenanza. f) Formular estudios de factibilidad para el desarrollo y mejoramiento de biodiversidad y calidad de medio ambiente de la MORDAZA de Reglamentacion Especial de los Pantanos de MORDAZA (ZRE) g) Asumir los compromisos para buscar los recursos humanos, financieros y economicos necesarios para la conservacion de biodiversidad y medio ambiente. h) Desarrollar propuestas para lograr la gestion economica auto sostenible de los Pantanos de MORDAZA, los que deberan ser aprobados por el Consejo Directivo. i) Gestionar la cooperacion y participacion de vecinos, universidades, profesionales, empresas publicas y privadas, organismos no gubernamentales y gubernamentales, nacionales e internacionales ligados a la conservacion y proteccion del medio ambiente. j) Promover el Intercambio de experiencias interinstitucionales acerca de la conservacion y preservacion del area natural, dando cuenta de ello al Consejo Directivo. k) Propiciar la participacion de investigadores nacionales e internacionales para la implementacion de un sistema de monitoreo ambiental l) Proponer al Consejo Directivo un sistema de vigilancia del Area Natural Protegida, asi como de la MORDAZA de Reglamentacion Especial, para su implementacion. m) Solicitar a la Autoridad Nacional la emision de la

descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA con personeria de Derecho Publico Interno, con autonomia tecnica, administrativa, economica, encargada de la gestion, administracion y con potestad sancionadora en la MORDAZA de Reglamentacion Especial Pantanos de MORDAZA -ZRE. PROHVILLA estara conformada por los gobiernos locales de la MORDAZA de Reglamentacion Especial (ZRE), la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, asi como por los organismos con competencia sobre el area natural protegida de los Pantanos de Villa. Articulo 36º.- Son funciones basicas de PROHVILLA las siguientes: a) Establecer los lineamientos, estrategias, politicas y planes a seguir para la proteccion, preservacion, desarrollo y control ambiental en la MORDAZA de Reglamentacion Especial (ZRE) Pantanos de Villa. b) Establecer los mecanismos necesarios para la creacion de los organos ejecutivos que implementen las medidas de la presente ordenanza. c) Establecer los mecanismos para fortalecer la coordinacion entre la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y los distritos de Chorrillos, MORDAZA EI MORDAZA, San MORDAZA de Miraflores y MORDAZA de MORDAZA, asi como con el Servicio de Parques de MORDAZA (SERPAR-LlMA) y el Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas - SERNANP, a fin de concertar, formular, actualizar y evaluar los planes de gestion y manejo ambiental de la ZRE. d) Vigilar el estricto cumplimiento de lo establecido en la presente ordenanza. e) Establecer los mecanismos de fiscalizacion y control y las infracciones y sanciones administrativas correspondientes; y ejercer la potestad sancionadora en los casos de incumplimiento, aplicando las sanciones de amonestacion, multa, comiso, inmovilizacion, de acuerdo al procedimiento que se apruebe para tal efecto. Articulo 37º.- La gestion ambiental de la ZRE, a excepcion del Refugio de MORDAZA MORDAZA Los Pantanos de MORDAZA (RVSLPV), estara a cargo de la Direccion Tecnica de PROHVILLA, bajo la supervision de su Consejo Directivo, MORDAZA organo de la Autoridad Local. Articulo 38º.- La Gestion del Refugio de MORDAZA MORDAZA los Pantanos de MORDAZA (RVSLPV) estara a cargo de PROHVILLA en coordinacion y bajo la supervision permanente del SERNANP, en base a lo que establezca el Plan Maestro del area natural protegida. Articulo 39º.- El Consejo Directivo es un cuerpo permanente conformado por: a) El MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA o su representante, quien lo preside. b) El MORDAZA de Chorrillos o su representante c) El MORDAZA de MORDAZA El MORDAZA o su representante d) El MORDAZA de San MORDAZA de Miraflores o su representante e) El MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA o su representante f) El Gerente General del Servicio de Parques de MORDAZA (SERPAR) g) Jefe del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP) o su representante h) El Director Tecnico del Instituto Metropolitano de Planificacion (IMP) i) El presidente del Comite de Gestion del Area Natural Protegida Refugio de MORDAZA MORDAZA Los Pantanos de Villa. Articulo 40°.- La representacion establecida en el articulo anterior es inexcusable. La sesion del Consejo Directivo sera iniciada con la presencia de cinco (5) de los miembros designados. Articulo 41º.- Las decisiones del Consejo Directivo se adoptaran por acuerdo de mayoria simple de sus integrantes, y en caso de empate, quien presida el Consejo Directivo tendra el MORDAZA dirimente. Articulo 42°.- Son funciones del Consejo Directivo: a) Promover planes de gestion directiva y operativa en la MORDAZA de Reglamentacion Especial Pantanos de MORDAZA ZRE. b) Desarrollar politicas para asegurar la sostenibilidad financiera de PROHVILLA.