Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2010 (15/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 15 de setiembre de 2010

Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no da derecho a ningun MORDAZA de exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros, de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 543706-45

se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 543289-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 990-2010-DE/SG MORDAZA, 13 de setiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsimiles (DGS) Nº F-946, F-945 y F989, de fecha 27 de agosto y 10 de setiembre de 2010, respectivamente, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica Federativa de Brasil sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de la XIV Conferencia Bilateral de Inteligencia, llevado a cabo entre las Fuerzas Aereas de Brasil y Peru, se acordo la realizacion de la siguiente conferencia en la MORDAZA de Lima; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y, Con la opinion favorable de Fuerza Aerea del Peru, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifica la Ley Nro. 27856, Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica al siguiente personal militar de la Fuerza Aerea de Brasil, para participar en la "XV Conferencia Bilateral de Inteligencia entre la Fuerza Aerea de Brasil y Peru", entre el 25 al 28 de setiembre de 2010: 1. 2. 3. 4. 5. General Ten Cel May Av May Av Cap Av MORDAZA Afonso Pinheiro MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gama Ribeiro MORDAZA Gibin Duarte MORDAZA Augustos Deveci MORDAZA MORDAZA Goncalves .

Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de Ecuador, Brasil y EE.UU.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 989-2010-DE/SG MORDAZA, 13 de setiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº F-993 de fecha 13 de setiembre de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica del Ecuador, sin MORDAZA de guerra; Que, personal militar de la Fuerza MORDAZA del Ecuador, ingresara al MORDAZA para participar en la "Inspeccion de hitos en la Frontera Ecuador ­ Peru en MORDAZA, Loreto"; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y, Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifica la Ley Nro. 27856, Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica del MORDAZA de Fragata MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Fuerza MORDAZA del Ecuador, del 16 al 28 de setiembre de 2010, para participar en la "Inspeccion de Hitos en la Frontera Ecuador ­ Peru en MORDAZA, Loreto". Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 543289-2