Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2010 (15/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, miercoles 15 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

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del ecosistema de MORDAZA de la costa central peruana, restaurar y conservar la MORDAZA y fauna silvestres, promover la investigacion cientifica para el aprovechamiento racional de este MORDAZA de ecosistema y desarrollar un espacio para la recreacion, el turismo, la educacion de los habitantes a nivel nacional; Que, el cumplimiento del objetivo mencionado permitira que se cuente con un espacio donde se pueda gozar de un ambiente saludable y solaz, asi como con un area que contribuya a la recuperacion de su calidad atmosferica; siendo asi de interes nacional la ejecucion del MORDAZA Ecologico Nacional en el terreno descrito en el considerando precedente; Que, conforme a lo dispuesto en el MORDAZA parrafo de la Primera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, los predios del Estado, comprendidos en proyectos de interes nacional, permaneceran bajo competencia de la SBN, de conformidad con la normatividad vigente; Que, siendo de interes nacional la creacion y desarrollo del MORDAZA Ecologico Nacional resulta necesario que el Ministerio de Defensa-Ejercito del Peru transfiera a favor del Estado el area MORDAZA indicada para el objetivo senalado; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Crease el MORDAZA Ecologico Nacional en el terreno de propiedad estatal de 7 255.81 Ha, inscrito en la Partida Nº 12186050 del Registro de Predios de MORDAZA, ubicado en el distrito de Ancon, de la provincia y departamento de Lima; y, declarese de interes nacional su desarrollo y ejecucion, el cual estara a cargo y bajo la administracion del Ministerio del Ambiente. El presente Decreto Supremo MORDAZA merito suficiente para la inscripcion en el Registro de Predios de MORDAZA, del area del MORDAZA materia del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Transferencia de predio Transfierase a favor del Estado el predio de 7 255.81 Ha, inscrito en la Partida Nº 12186050 del Registro de Predios de MORDAZA, a fin que sea destinado al desarrollo del MORDAZA Ecologico Nacional declarado de interes nacional en el articulo precedente. Articulo 3º.- Constitucion de Comite Tecnico de Gestion Constituyase el Comite Tecnico de Gestion encargado de desarrollar el Proyecto "Parque Ecologico Nacional", el mismo que estara conformado por el Ministro del Ambiente, quien la presidira; el Ministro de Agricultura, el Ministro de Defensa, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo y el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Articulo 4º.- Custodia de las areas Encarguese al Ministerio de Defensa la custodia del area destinada a la ejecucion del MORDAZA Ecologico Nacional. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro del Ambiente, el Ministro de Agricultura, el Ministro de Defensa, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo y el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primero.- El Ministerio del Ambiente propondra las disposiciones complementarias que MORDAZA necesarias, en coordinacion con los demas Sectores, para el cumplimiento de los fines del presente Decreto Supremo. Segundo.- Deroguense o dejense en suspenso, segun sea el caso, las disposiciones que se opongan a la presente MORDAZA o limiten su aplicacion.

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los catorce dias del mes de setiembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA BRACK EGG Ministro del Ambiente MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 543706-4

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje de representantes del Ministerio para participar en reunion a realizarse en Colombia
RESOLUCION SUPREMA Nº 121-2010-MINCETUR MORDAZA, 14 de septiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Consejo MORDAZA de Ministros de Relaciones Exteriores, en reunion ampliada con la Comision de la Comunidad MORDAZA, ha establecido, mediante la Decision 598, el MORDAZA de las negociaciones con terceros y ha dispuesto que los Paises Miembros que adelanten negociaciones bilaterales con terceros paises deberan mantener un apropiado intercambio de informacion y consultas; Que, en la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia, el dia 20 de setiembre de 2010, se llevara a cabo una reunion informativa entre funcionarios colombianos y peruanos, para intercambiar opiniones y perspectivas sobre los procesos de negociacion que han emprendido Peru y Colombia con otros paises, en resguardo de los valores y principios de la integracion enmarcados en el Acuerdo de Cartagena; Que, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Brandes MORDAZA, Director Nacional de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales y de un equipo de profesionales que prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que, en representacion del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, participen en la mencionada Reunion; Que, el MINCETUR, a traves de Viceministerio de Comercio Exterior, tiene por funcion determinar la estrategia y conduccion de las negociaciones de la Agenda Comercial en el MORDAZA de los esquemas de integracion, en el ambito de su competencia; Que, la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, prohibe los viajes al exterior con cargo a recursos publicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley senala, entre ellos, los viajes que se efectuen en el MORDAZA de la negociacion de los acuerdos comerciales de importancia para el Peru, los que deben realizarse en categoria economica y ser autorizados por Resolucion Suprema; De conformidad con el Decreto de Urgencia Nº 001-2010, la Ley Nº 27790, Ley de Organizacion