Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2010 (20/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 20 de junio de 2010

gran impacto en la MORDAZA sede donde estas competencias se realizan; Que, el articulo 44° de la Ley N° 28036, Ley de Promocion y Desarrollo del Deporte, dispone que las Federaciones Deportivas Nacionales son los organismos rectores de cada disciplina a nivel nacional en sus distintas categorias y niveles, teniendo entre sus funciones, la de participar en las competencias de nivel internacional, asi como, tener a su cargo la administracion y manejo de las selecciones nacionales de su respectiva disciplina deportiva, tal como lo establecen los numerales 5) y 14) del articulo 45º de la anotada Ley; Que, el 16 de MORDAZA de 2010 la Federacion Peruana de Voleibol ha informado al Instituto Peruano del Deporte, que resultado de las gestiones realizadas ha conseguido que el Consejo de Administracion de la Federacion Internacional de Voleibol (FIVB), en su reunion llevada a cabo en Punta Cana, Republica Dominicana, confirme que el Peru sera Sede del Campeonato Mundial Juvenil de Voleibol Femenino, a realizarse en el mes de MORDAZA de 2011; Que, como lo manifiesta la Federacion Peruana de Voleibol, este evento deportivo es de real importancia, toda vez que se realizara en nuestro MORDAZA despues de veintidos (22) anos, el cual permitira a nuestras deportistas se preparen convenientemente y de este modo, se promueva y desarrolle la disciplina deportiva del Voleibol en nuestro pais; por lo que siendo un evento de interes nacional, es indispensable que se cuente con infraestructura adecuada y optima para el entrenamiento de la seleccion nacional, asi como un centro de competencias que reuna a todas las selecciones participantes, y que pueda albergar a mas de 10,000 espectadores; Que, el Instituto Peruano del Deporte, como ente rector del Sistema Deportivo Nacional que organiza, planifica, promueve, coordina, evalua e investiga a nivel nacional el desarrollo del deporte, la recreacion y la educacion fisica en todas sus disciplinas, modalidades, niveles y categorias; tiene, entre otros fines, alcanzar el nivel de infraestructura y equipamiento adecuado que garanticen el fomento y desarrollo del deporte; Que, el Instituto Peruano del Deporte, es propietario del predio denominado MORDAZA Deportiva Nacional - VIDENA, de 224,628.27 m2, ubicado en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, debidamente inscrito en la Partida Nº 12016924 del Registro de Predios de MORDAZA, recinto deportivo emblematico donde se practican diferentes actividades deportivas; Que, para el presente ano 2010, el Instituto Peruano del Deporte tiene previsto desarrollar diferentes Proyectos de Inversion, entre los cuales destacan, el Centro de Entrenamiento de Alto Rendimiento de Voleibol y el Coliseo de la VIDENA, entre otros, los mismos que para el efecto, cuentan con el financiamiento correspondiente; Que, nuestro MORDAZA al ser la sede de un evento de gran envergadura, permitira la promocion y el desarrollo del deporte, asi como la participacion ciudadana de todos los niveles, logrando una identificacion deportivo cultural sobre todo en la ninez y juventud peruana, permitiendo una importante posibilidad de contribuir a su formacion, generando conciencia nacional de la importancia y valores de la practica del deporte; Que, ademas dicho Campeonato Mundial por ser de interes nacional, no solo promueve la practica de una competencia deportiva, que de por si constituye un factor educativo coadyuvante a la salud fisica y mental de la persona, asi como a su formacion y desarrollo integral, sino que ademas, coloca al Peru en la escena internacional, posicionando a las ciudades de MORDAZA y MORDAZA, donde se llevara a cabo el torneo mundial, como destinos turisticos atractivos e importantes, propiciando con ello un mayor flujo de turistas, elevando el consumo interno y creando oportunidades de trabajo: Que, ademas la organizacion de este evento deportivo internacional contribuira a la mejora y optimizacion de la infraestructura deportiva con la que actualmente se cuenta, entre ellas, la MORDAZA Deportiva Nacional, para que a futuro facilite una practica MORDAZA y masificada del deporte; Que, mediante el Oficio Nº 291-2009-2010-OM/CR, el Congreso de la Republica designa a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Congresista de la Republica, como coordinadora entre el referido Congreso, el Comite Olimpico Peruano y las Federaciones Deportivas Nacionales, por lo que es necesario incluir a la citada Congresista en la Comision Promotora del Campeonato Mundial Juvenil de Voleibol Femenino;

De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru, el numeral 3) del articulo 11° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 28036, Ley de Promocion y Desarrollo del Deporte y el Decreto Supremo N° 018-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Promocion y Desarrollo del Deporte; DECRETA: Articulo 1º.- Declaracion de Interes Nacional Declarar de interes nacional la organizacion del Campeonato Mundial Juvenil de Voleibol Femenino, a realizarse en las ciudades de MORDAZA y MORDAZA, en el mes de MORDAZA de 2011. Articulo 2°.- Autorizacion Autorizar al Instituto Peruano del Deporte a adoptar las medidas y realizar las acciones que permitan viabilizar el objeto del presente dispositivo legal, para lo cual contara con el apoyo de la Comision Promotora del Campeonato Mundial Juvenil de Voleibol Femenino. Articulo 3º.- Comision Promotora Constituir la Comision Promotora del Campeonato Mundial Juvenil de Voleibol Femenino, la misma que estara integrada por: - El Presidente del Instituto Peruano del Deporte. - El Ministro de Educacion o su representante. - La Ministra de Economia y Finanzas o su representante. - El Ministro de Comercio Exterior y Turismo o su representante. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Congresista de la Republica, en representacion del Congreso de la Republica. - El MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA o su representante. - El Presidente del Gobierno Regional de La MORDAZA o su representante Articulo 4º.- Del financiamiento Los gastos que irrogue la aplicacion del presente Decreto Supremo seran financiados con cargo a los creditos presupuestarios aprobados a favor del Instituto Peruano del Deporte, en las leyes anuales de presupuesto y sus modificatorias. Articulo 5º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de junio del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion

509683-1

PRODUCE
Otorgan autorizacion a Pesquera MORDAZA S.A.C. para el aumento de la capacidad instalada de planta de enlatado de productos hidrobiologicos e instalacion de planta de harina de pescado
RESOLUCION DIRECTORAL N° 380-2010-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 04 de junio del 2010 Visto: Los escritos con Registro N° 00035756 de fechas 07 de MORDAZA y 25 de MORDAZA del 2010, presentados por la empresa PESQUERA MORDAZA S.A.C. CONSIDERANDO: Que, el articulo 49° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N°