Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2010 (20/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 20 de junio de 2010

NORMAS LEGALES

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fines de la Actividad Deportiva, fomentando la masificacion y promocion del deporte como instrumento de recreacion y esparcimiento de la poblacion en especial de ninos y jovenes, creando un sistema Deportivo Nacional que permita integrar en forma coordinada y concertada al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que de conformidad a lo establecido en los articulos 112º y 117º de la Ley Nº 27972, Los Gobiernos Locales promueven la participacion vecinal en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestion, los vecinos tienen derecho de coparticipar a traves de sus representantes; Que, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores en sujecion a la normatividad expresada en los considerandos presentes y a la politica deportiva a aplicar y promover dentro de la jurisdiccion del Distrito, considera necesario normar lo concerniente a la Administracion de las Infraestructuras Deportivas; Que, de conformidad con lo establecido en los articulos 9º numeral 8), 38) y 40) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, por MAYORIA del Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- APROBAR el Reglamento de Administracion de Instalaciones Deportivas Publicas en el Distrito de San MORDAZA de Miraflores el cual consta de IX Capitulos, 35 articulos, 3 disposiciones complementarias y 2 finales y que en MORDAZA obra adjunto a la presente Ordenanza. Articulo 2º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

promocion del deporte como instrumento de recreacion y esparcimiento de la poblacion en especial de los ninos y jovenes, creando un sistema deportivo nacional que permita integrar en forma coordinada y concertada entre el gobierno nacional, gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, de conformidad a lo establecido en los articulos 112° y 117° de la Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales promueven la participacion vecinal en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestion, los vecinos tienen derecho de participar a traves de sus representantes; Que, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores en sujecion a la normatividad expresada en los considerandos presentes y la politica deportiva a aplicar y promover dentro de la jurisdiccion del distrito, considera necesario normar lo concerniente a la Administracion de las Infraestructuras Deportivas. De conformidad con lo establecido en los articulos 9° numeral 8) y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, por MAYORIA de los miembros, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA: Articulo 1°.- Aprobar el REGLAMENTO DE ADMINISTRACION DE INSTALACIONES DEPORTIVAS PUBLICAS EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES, el cual consta de IX Titulos, 27 articulos, 3 Disposiciones Complementarias y 1 disposicion Final. Articulo 2°.- Derogar en todos sus extremos la Ordenanza Nº 0136-2010-MDSJM de fecha 26 de enero del 2010. Articulo 3º.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la Publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- Facultar al Senor MORDAZA para que dicte las medidas complementarias que permitan la adecuada implementacion y ejecucion de la presente ordenanza. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase.

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Aprueban el Reglamento de Administracion de Instalaciones Deportivas Publicas en el distrito
ORDENANZA N° 000153-2010-MDSJM
San MORDAZA de Miraflores, 26 de enero del 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Ordinaria de la fecha, visto el Proyecto de Ordenanza sobre derogacion de la Ordenanza Nº 0136-2010-MDSJM "Reglamento de Administracion de Instalaciones Deportivas Publicas en el distrito de San MORDAZA de Miraflores y el Informe Nº 2372010-GDS-MDSJM de la Gerencia de Desarrollo Social; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades son organos de gobierno que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en su articulo 82° inciso 18, establece que las funciones de las municipalidades son normar, coordinar y fomentar el deporte, la recreacion en la ninez y el vecindario en general por lo que es necesario brindar las facilidades para tal efecto; Que, la Ley Nº 28036, Ley de Promocion y Desarrollo del Deporte, establece los principios fundamentales y fines de la Actividad deportiva, fomentando la masificacion y

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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Establecen normas que regulan la propaganda electoral en el distrito de San MORDAZA de Miraflores
ORDENANZA Nº 000154-2010-MDSJM
San MORDAZA de Miraflores, 26 de MORDAZA del 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha la Mocion de Orden del Dia presentada por el Regidor MORDAZA, el Informe Nº 295-2010-GAJ-MDSJM de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Informe Nº 032-2010-MDSJM-GDEL de la Gerencia de Desarrollo Economico Local; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 establece en su Articulo 73º las competencias y funciones especificas de los Gobiernos Locales, entre otros en materia de organizacion del espacio fisico, acondicionamiento territorial y seguridad ciudadana; Que, de conformidad con lo previsto en el articulo 79º, numeral 3, acapite 3.6.3.de la Ley Nº 27972, constituye funcion especifica exclusiva de las municipalidades distritales normar, regular y otorgar autorizaciones, asi como realizar la fiscalizacion de ubicacion de avisos publicitarios y propaganda politica; Que, la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, modificada por la Ley Nº 28581, establece en su Titulo