Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2009 (22/03/2009)


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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 22 de marzo de 2009

actividades de aeronautica civil, los titulares de los Organismos Constitucionalmente Autonomos y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refiere la Ley Nº 28212, Ley que regula los ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado y dicta otras medidas, y modificatoria; siendo que todos los viajes se realizan en categoria economica, asimismo dichas excepciones en las entidades del poder ejecutivo deben ser autorizadas mediante Resolucion Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y publicada en el Diario Oficial El Peruano; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 003-2004-IN, Texto Unico Ordenado de la Ley del Ministerio del Interior y el Decreto Supremo Nº 004-2005-IN, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, a propuesta del Ministerio de Justicia, el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Procurador Publico Especializado en Delitos de Terrorismo, a la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, del 22 al 26 de marzo de 2009, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, seran con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administracion del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 1 380.00 Viaticos (x 04 dias) : US$ 880.00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 30.25 -----------------Total US$ 2 290.25 Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje el citado funcionario, debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. Articulo 4º.- Dentro de los siete (07) dias calendario de efectuado el viaje, el funcionario designado debera presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el senor Presidente del Consejo de Ministros y por la senora Ministra del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra del Interior 326968-2

VISTO, el Informe N° 001-2009-DIRGEN-PNPCEPRECAPOL del 17 de marzo de 2009 de la Comision Mixta de Trabajo encargada de la creacion del Centro de Preparacion Policial -- CEPREPOL, del Centro de Capacitacion Policial - CECAPOL y del proyecto para su funcionamiento, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Inciso 3) del articulo 7° de la Ley N° 27238 - Ley de la Policia Nacional del Peru, se establece como una de las funciones de la Policia Nacional del Peru, garantizar la seguridad ciudadana y capacitar en esta materia a las entidades vecinales; Que, mediante el inciso 22.1) del articulo 22° de la ley a que se refiere el primer considerando de la presente Resolucion Ministerial, se establece que la Direccion de Educacion y Doctrina de la Policia Nacional del Peru, es el organo encargado de planear, dirigir, organizar, coordinar, controlar y evaluar el sistema de instruccion policial en los niveles de formacion, capacitacion, especializacion, perfeccionamiento e investigacion cientifica, que debera ser integral; Que, el articulo 69° de la Ley N° 23733 - Ley Universitaria, establece que cada universidad puede crear un centro o centros pre-universitarios cuyos alumnos ingresan a MORDAZA previa comprobacion de asistencia, rigurosa y permanente evaluacion y nota aprobatoria. Su organizacion y funcionamiento es determinada por el Estatuto y reglamentos de la respectiva Universidad; Que, el articulo 99° de la mencionada ley Universitaria, establece que las Escuelas de Oficiales y Escuelas Superiores de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional del Peru mantienen un regimen academico de gobierno y economia establecido por las leyes que la rigen y otorgan a nombre de la Nacion los titulos respectivos, gozando de las exoneraciones y estimulos de las universidades en los terminos de la referida Ley; Que, es politica del Sector Interior, velar por la formacion educativa de la Policia Nacional del Peru, para coadyuvar al mejoramiento de los procesos de seleccion y calidad de los postulantes a las Escuelas de Oficiales y Suboficiales de la Policia Nacional del Peru e Institutos Superiores, asi como del personal que desempena labores en seguridad privada, ciudadana, entre otros afines; por lo considera considerando necesario la creacion y funcionamiento del Centro de Preparacion de la Policia Nacional del Peru CEPREPOL y del Centro de Capacitacion de la Policia Nacional del Peru -- CECAPOL; Que, la Direccion de Educacion y Doctrina de la Policia Nacional del Peru, mediante Informe de Estudio de Estado Mayor N° 01-2009-DIREDUD-PNP-SDACA de febrero 2009, ha dado su conformidad al proyecto para la creacion de los Centros de Preparacion y Capacitacion de la Policia Nacional del Peru y mediante Informe N° 112009-DIREDUD-PNP/SUBDIRADM.DIVECO.SEC del 19 de marzo de 2009, opina favorablemente con relacion al aspecto economico - financiero del referido Proyecto de Creacion de los Centros de Preparacion y Capacitacion de la Policia Nacional del Peru; Que el Directorio del Fondo de Bienestar de la Policia Nacional del Peru - FONBIEPOL, mediante Acuerdo de Directorio N° 807°-FONBIEPOL tomado en la Sesion Extraordinaria llevada a cabo el 19 de marzo de 2009, acordo que el mencionado Fondo participe como promotor en la creacion y funcionamiento del Centro de Preparacion - CEPREPOL y del Centro de Capacitacion -CECAPOL de la Policia Nacional del Peru; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, en concordancia con el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo N° 370 -- Ley del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2004-IN y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2005-IN; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar la creacion y funcionamiento a nivel nacional del Centro de Preparacion de la Policia

Autorizan la creacion y funcionamiento del Centro de Preparacion de la Policia Nacional del Peru - CEPREPOL y del Centro de Capacitacion de la Policia Nacional del Peru - CECAPOL
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0228-2009-IN/PNP MORDAZA, 21 de marzo de 2009