Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2009 (22/03/2009)
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TEXTO DE LA PÁGINA 30
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NORMAS LEGALES
El Peruano MORDAZA, MORDAZA 22 de marzo de 2009
automatica la garantia inicialmente presentada en los casos que corresponda. 3. Concedida la renovacion o canje de la garantia el funcionario aduanero procede a ingresar al SIGAD los datos de la nueva garantia otorgada a satisfaccion de SUNAT que ampare el plazo MORDAZA permitido. Devolucion Dentro de la vigencia del regimen 4. El beneficiario o el despachador de aduana podra solicitar la devolucion de la garantia ante el area encargada del regimen, cuando la cuenta corriente de la declaracion se encuentren con saldo cero, la misma que podra ser consultada en el MORDAZA de la SUNAT (www.sunat.gob.pe). 5. La solicitud de devolucion debe ser presentada con caracter de declaracion jurada, adjuntando el cuadro consolidado de operaciones de regularizacion del regimen de Admision Temporal para Reexportacion en el Mismo Estado (anexo 8). Las operaciones de regularizacion deberan estar concluidas y, de ser el caso se debera declarar las mermas que sustenten la regularizacion. 6. En el plazo MORDAZA de tres (3) dias habiles computados a partir del dia siguiente de la MORDAZA de la solicitud de devolucion de la garantia, el funcionario aduanero debera disponer la devolucion, previa verificacion en el SIGAD que la declaracion no muestre saldo pendiente. 7. De verificarse el saldo en cero (0), el funcionario aduanero procede a emitir la nota contable de cancelacion del regimen; asimismo, procede a notificar al beneficiario VIII. FLUJOGRAMA
o a quien lo represente debidamente acreditado mediante carta poder otorgada por el representante legal de la empresa, con firma legalizada notarialmente, para que se apersone a la ventanilla de devolucion de garantia a fin de solicitar la entrega de la misma, presentando la MORDAZA de la notificacion de aduana que autoriza la devolucion. 8. De verificarse la existencia de saldos pendientes de regularizacion en el SIGAD, se debera notificar al beneficiario para que en el plazo de cinco (05) dias habiles, computados a partir de la fecha de notificacion subsane las discrepancias, de no producirse la subsanacion en el plazo senalado se dejara sin efecto la solicitud. Vencido el regimen 9. El funcionario aduanero verifica la cuenta corriente de la declaracion y de encontrar el saldo en cero, procede a emitir de oficio la nota contable de cancelacion del regimen. Asimismo, procede a notificar al beneficiario o a quien lo represente, debidamente acreditado con carta poder otorgada por el representante legal de la empresa con firma legalizada notarialmente para que se apersone a la ventanilla de devolucion de garantia a fin de solicitar la entrega de la misma presentando MORDAZA de la notificacion de aduana que autoriza la devolucion. De verificarse saldo en la cuenta corriente de la declaracion se procede conforme a lo establecido los numerales 30 al 32 del rubro C de la presente seccion, segun corresponda. Ejecucion 10. La ejecucion de la garantia se realizara conforme a lo establecido en al procedimiento IFGRA-PE.13.
DESPACHADOR DE ADUANA
DIAGRAMA DE FLUJO DEL MORDAZA DE ADMISION TEMPORAL PARA REEXPORTACION EN EL MISMO ESTADO ADUANA DE DESPACHO
SIGAD
(CORREO ELECTRONICO)
INICIO DUA B/L F/C OTROS
MORDAZA DOCUMENTARIA
CONTROL DE FIANZA
RECONOCIMIENTO FISICO
CONFRONTA MERCANCIA CON LO DECLARADO
MORDAZA PRIMARIA
REGULARIZACION
TRASMISION DE DATOS DE DUA
CONVALIDA INFORMACION GENERA NUMERO DE DUA. NO
INCIDENCIA
NO
SI ES CORRECTO SI INFORME AL JEFE DE AREA DILIGENCIA
RECIBE NUMERO DE DUA
IMPRESION DE DUA
GENERA GED Y REGISTRO DE FIANZA
CUSTODIA DE FIANZA
OK
SI
LEVANTE DE MERCANCIA A DISPOSICION DEL BENEFICIARIO MEDIANTE
NO SI CORRECCION TRANSMISION COMISO
NO
NACIONALIZACION
REEXPORTACION
TRASMISION DE DATOS DE DUA/REEX
CONVALIDA INFORMACION GENERA NUMERO DE DUA. NO
DUA F/C OTROS CONFRONTA MERCANCIA CON LO DECLARADO ES CORRECTO INCIDENCIA SI GENERA GED NO SI INFORME AL JEFE DE AREA SI NO
INGRESO DE MERCANCIA
RECIBE NUMERO DE DUA
IMPRESION DE DUA
OK
DILIGENCIA
NO SI DOCUMENTOS DE EMBARQUE CORRECCION TRANSMISION DEVOLUCION DE FIANZA
COMISO CONTROL DE EMBARQUE
FIN
DESTRUCCION
EXPORTACION EMBALAJE