Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2008 (18/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 18 de MORDAZA de 2008

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, en merito a la Ley Nº 29151, Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, es el organismo publico, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, siendo el Ente Rector responsable de normar los actos de disposicion, administracion y supervision de los bienes, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administracion estan a su cargo y tiene como finalidad buscar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social; Que, el Estado es propietario del terreno de 108 974,23 m², denominado terreno eriazo ribereno al mar ubicado en la Punta Chancay, al suroeste del Puerto de Chancay, distrito de Chancay, provincia de Huaral, departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Electronica N° 60088200 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Huaral de la MORDAZA Registral N° IX - Sede MORDAZA y registrado en el asiento N° 16841 del Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al Libro de Lima; Que, Pesquera Nemesis S.A.C., mediante escrito recibido el 24 de marzo de 2008, solicita la adjudicacion en venta directa del terreno descrito en el parrafo precedente, por cuanto colinda con el de su propiedad, el mismo que le sirve como unico acceso; Que, realizada la correspondiente inspeccion tecnica se pudo verificar la existencia de un faro de navegacion maritima sobre el predio del Estado MORDAZA descrito, el cual se encuentra bajo administracion de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; sin embargo, mediante Oficio N° V.200-1037 de fecha 08 de MORDAZA de 2008, la MORDAZA de MORDAZA del Peru a traves de su Direccion de Hidrografia y Navegacion, ha dado opinion favorable para la venta directa del predio, tomando en consideracion el acuerdo celebrado con Pesquera Nemesis S.A.C. quien se comprometio a brindar facilidades para el ingreso y MORDAZA, asi como proporcionar energia de manera gratuita para el normal funcionamiento del faro de navegacion; Que, segun el Informe N° 0161-2008/SBN-GO-JADPMJ-EBA de fecha 22 de MORDAZA de 2008, el cual cuenta con la conformidad de la Jefatura de Adjudicaciones, se emite pronunciamiento favorable sobre la factibilidad de la adjudicacion en venta directa del terreno materia de la solicitud, toda vez que realizada la inspeccion ocular se ha verificado que el mismo solo es accesible a traves del predio de propiedad de Pesquera Nemesis S.A.C., el mismo que se encuentra inscrito en la Ficha N° 17794 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Huaral, razon por la cual la solicitud se enmarca en el supuesto establecido en el inciso a) del articulo 77 del Reglamento de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA; Que, el articulo 13 de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, senala que la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es un organismo publico descentralizado y constituye un pliego presupuestal; Que, el articulo 75.2 del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por el Decreto Supremo N° 0072008-VIVIENDA, establece que la solicitud de venta directa debera ser presentada ante la entidad propietaria del bien o el Gobierno Regional, segun corresponda y sera aprobada por Resolucion del Titular del Pliego sustentada en el respectivo Informe Tecnico ­ Legal, previa opinion de tecnica de la SBN; Que, estando el predio submateria bajo administracion de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, corresponde al Superintendente Nacional de Bienes Estatales, en su condicion de Titular del Pliego, aprobar las adjudicaciones en venta directa; Que, mediante carta de fecha 6 de junio de 2008, R. Propiedades S.A.C. (Colliers Internacional), remitio el informe tecnico de valuacion comercial del terreno MORDAZA referido, cuyo valor comercial es de US $. 177 724,59 (CIENTO

SETENTISIETE MIL SETECIENTOS VEINTICUATRO Y 59/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en merito a lo dispuesto por el articulo 78 del Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y a lo senalado en la Directiva Nº 001-2007/SBN "Procedimientos para la aprobacion de la venta de predios del dominio privado del Estado de libre disponibilidad" aprobada por Resolucion Nº 018-2007/ SBN de fecha 29 de marzo de 2007 y su modificatoria, se publico en el Diario Oficial El Peruano y en otro de circulacion nacional, con fecha 13 de junio de 2008 el aviso que publicita el valor de tasacion del predio, con la finalidad que cualquier interesado pueda por unica vez y dentro del plazo de 10 dias utiles, presentar una mejor oferta para la compra, asimismo se cumplio con la publicacion del valor de tasacion del predio en la pagina Web de la SBN, sin embargo transcurrido el plazo no se recibio oferta alguna; Que, la empresa solicitante mediante carta de fecha 25 de junio de 2008, ha manifestado su conformidad respecto del valor de la referida tasacion; Que, mediante Informe Tecnico Legal N° 0289-2008/ SBN-GO-JAD, de fecha 03 de MORDAZA de 2008, la Jefatura de Adjudicaciones ha opinado favorablemente por la adjudicacion en venta directa del citado predio a favor de Pesquera Nemesis S.A.C., dado que su solicitud se enmarca en el supuesto contemplado en el inciso a) del articulo 77 del Reglamento de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA; De conformidad con lo establecido por la Ley N° 29151 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008VIVIENDA, Decreto Supremo N° 004-2007-VIVIENDA, Decreto de Urgencia N° 071-2001; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la adjudicacion en venta directa a favor de Pesquera Nemesis S.A.C., del predio de propiedad del Estado de 108 974,23 m², denominado terreno eriazo ribereno al mar ubicado en la Punta Chancay, al suroeste del Puerto de Chancay, distrito de Chancay, provincia de Huaral, departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Electronica N° 60088200 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Huaral de la MORDAZA Registral N° IX - Sede MORDAZA y registrado en el asiento N° 16841 del Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al Libro de Lima. Articulo 2.- El valor comercial del terreno cuya venta se aprueba asciende a US. $ 177 724,59 (CIENTO SETENTISIETE MIL SETECIENTOS VEINTICUATRO Y 59/100 DOLARES AMERICANOS); conforme a la valorizacion efectuada por R. Propiedades S.A.C. (Colliers Internacional), el mismo que debe ser cancelado al contado. Articulo 3.- Los ingresos que se obtengan de la venta del inmueble constituiran recursos del Tesoro Publico y de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales en un 97% y 3%, respectivamente, una vez deducidos los gastos operativos y administrativos. Articulo 4.- La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en nombre y representacion del Estado, otorgara la Escritura Publica de transferencia a favor de Pesquera Nemesis S.A.C. Articulo 5.- La Oficina Registral de Huaral de la MORDAZA Registral N° IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, inscribira la transferencia de propiedad a que se refiere el articulo 1 de la presente Resolucion, por el merito de la correspondiente Escritura Publica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendencia Nacional de Bienes Estatales 227256-1