Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2020 (04/08/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Martes 4 de agosto de 2020

NORMAS LEGALES

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entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fiscal conforme a la normatividad vigente, y se articula con los instrumentos del SINAPLAN; Que de acuerdo a la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD, modificada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 062-2017-CEPLAN/PCD, Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 053-2018/CEPLAN/ PCD, Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00016-2019/CEPLAN/PCD y Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00011-2020/CEPLAN/PCD, el Plan Operativo Institucional (POI) contiene la programación de las actividades operativas e inversiones necesarias para ejecutar las acciones estratégicas institucionales definidas en el Plan Estratégico Institucional (PEI); asimismo establece los recursos financieros y las metas físicas mensuales y anuales (programación física y financiera), en relación con los logros esperados de los objetivos del PEI; Que mediante el Decreto de Urgencia Nº 014-2019 se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2020 que entre otros incluye el Pliego Registro Nacional de Identificación y Estado Civil ­ RENIEC; asimismo, a través de la Resolución Jefatural Nº 210-2019/JNAC/RENIEC (26DIC2019) se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el año fiscal 2020 del RENIEC; Que a través de la Resolución Jefatural N° 086-2019/ JNAC/RENIEC (06JUN2019) se aprueba el Plan Operativo Institucional Multianual 2020 - 2022 de RENIEC; Que con los documentos del visto, la Gerencia de Planificación y Presupuesto hace de conocimiento que en el RENIEC se han registrado situaciones que han influido sobre la programación de actividades consignadas en el Plan Operativo Institucional 2020; lo que originó que a través de distintas Resoluciones Secretariales y Jefaturales se formalizaran y aprobaran diversas modificaciones presupuestarias efectuadas en los niveles funcional programático e institucional, en aplicación del artículo 45° del Decreto Legislativo N° 1440 ­ Sistema Nacional de Presupuesto Público; Que las mencionadas modificaciones presupuestarias originaron el incremento de metas físicas y creación de nuevas actividades que permitieron una adecuada ejecución del presupuesto; Que en consecuencia, la modificación del Plan Operativo Institucional 2020 del RENIEC, elaborada por la Gerencia de Planificación y Presupuesto, ha sido desarrollada en base a los lineamientos establecidos en la Guía de Planeamiento Institucional de CEPLAN; asimismo, cumple con la estructura establecida en la Directiva DI441 "Formulación, Seguimiento y Evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual", primera versión, aprobada con Resolución Secretarial N°138-2019/SGEN/ RENIEC (17DIC2019), por lo que corresponde disponer su aprobación; Que la Jefatura Nacional es el órgano de la Alta Dirección del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil ­ RENIEC, a cargo del Jefe Nacional quien se constituye en la máxima autoridad de la institución y tiene entre sus diversas funciones y atribuciones, "emitir Resoluciones Jefaturales y otras disposiciones administrativas de la institución", conforme lo establece el artículo 15 literal j) del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural N° 732016/JNAC/RENIEC (31MAY2016) y su modificatoria; Que mediante la Resolución Jefatural N° 15-2019/ JNAC/RENIEC (05FEB2019) se declara que el señor Bernardo Juan Pachas Serrano, en su calidad de Gerente General, asume interinamente las funciones de Jefe Nacional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil en tanto se designe al nuevo titular de la institución y este asuma las funciones que por ley le corresponden; Que finalmente es importante hacer de conocimiento de los ciudadanos lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural; y, Conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de Inscripciones del

RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98PCM y el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N° 73 ­ 2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016), su modificatoria y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Plan Operativo Institucional Modificado 2020 cuyo texto, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural y del texto del Plan Operativo Institucional Modificado 2020 aprobado, en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional www. reniec.gob.pe. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al Órgano de Control Institucional el contenido de la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. BERNARDO JUAN PACHAS SERRANO Jefe Nacional (i) 1875036-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la Caja Rural de Ahorro y Crédito CAT Perú S.A. el traslado de su oficina principal, ubicada en la provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 01849-2020 Lima, 22 de julio de 2020 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito CAT Perú S.A. (en adelante, CRAC CAT Perú) para que esta Superintendencia autorice el traslado de su oficina principal y el cierre de una agencia, según se detalla en la parte resolutiva, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 3568-2012 del 14.06.2012 se autorizó el funcionamiento de "Banco Cencosud S.A.", como empresa del sistema financiero; cuya oficina principal se encuentra ubicada en la Av. Benavides Nº 1555, Edificio del Park I, décimo piso, Urb. San Antonio, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Resolución SBS Nº 4120-2012 del 02.07.2012 se autorizó la apertura de la agencia ubicada en la Av. Benavides Nº 1561, Edificio del Park I, primer piso, Urb. San Antonio, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Resolución SBS Nº 753-2019 del 26.02.2019 se autorizó su conversión de Banco a Caja Rural de Ahorro y Crédito bajo la denominación de "Caja Rural de Ahorro y Crédito CAT Perú S.A."; Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado, de acuerdo a los Procedimientos Nº 12 y Nº 14 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria "B"; y,