Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2020 (04/08/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Martes 4 de agosto de 2020

NORMAS LEGALES

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Designan Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Comercialización de la Oficina General de Administración
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 159-2020-J-OPE/INS Lima, 3 de agosto de 2020 VISTO: El expediente con Registro N° 14829-2020, el Memorando N° 385-2020-OGA/INS y el Informe N° 107-2020-OEP-OGA/INS;y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, Ley que establece la Eliminación Progresiva del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, regulado mediante el Decreto Legislativo Nº 1057, dispone que el personal establecido en los numerales 1), 2), e inciso a) del numeral 3) del artículo 4 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 de dicho decreto legislativo. Este personal sólo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la entidad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 961-2018/ MINSA, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 24 de octubre de 2018, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Instituto Nacional de Salud, en el cual el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Comercialización de la Oficina General de Administración del Instituto Nacional de Salud, se encuentra calificado como de confianza; Que, se encuentra vacante el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Comercialización de la Oficina General de Administración por lo corresponde adoptar las acciones pertinentes para garantizar el normal funcionamiento de la Oficina Ejecutiva de Comercialización de la Oficina General de Administración del Instituto Nacional de Salud, y designar al profesional que asumirá dicho cargo; Con el visto de la Directora General de la Oficina General de Administración y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Sub Jefe del Instituto Nacional de Salud, y; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo 1057 y otorga derechos laborales; y, en uso de las facultades establecidas en el literal h) del artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2013-SA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, al señor Carlos Francisco Flores Mera, en el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Comercialización de la Oficina General de Administración del Instituto Nacional de Salud, cargo considerado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR CABEZAS SÁNCHEZ Jefe 1875013-2

ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL
Autorizan transferencia financiera a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos destinada a los deudos del personal de la salud fallecidos como consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención del COVID-19
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 069-2020-COFOPRI/DE Lima, 3 de agosto de 2020 VISTOS: El Memorándum N° 968-2020-COFOPRI/OA del 23 de julio de 2020, emitido por la Oficina de Administración, el Informe N° 074-2020-COFOPRI/OPP del 27 de julio de 2020, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 264-2020-COFOPRI/OAJ del 29 de julio de 2020, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo N° 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley N° 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal, ahora Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI; Que, el tercer párrafo del artículo 2° del Decreto Legislativo N° 803, modificado por la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley N° 28923, Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos, en concordancia con el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal -- COFOPRI, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA, establece que el Director Ejecutivo es la máxima autoridad de la Entidad quien ejercerá la titularidad del pliego presupuestal; Que, por Decreto de Urgencia N° 014-2019, se aprobó el Presupuesto para el Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2020; Que, por Resolución Directoral N° 154-2019-COFOPRI/ DE del 27 de diciembre de 2019, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 211:Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, para el Año Fiscal 2020; Que, el artículo 1 del Decreto de Urgencia N° 0632020, Decreto de Urgencia que dispone el apoyo solidario de los funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo para la entrega económica a favor de los deudos del personal de la Salud, fallecidos a consecuencia del COVID-19, establece la reducción temporal, por un periodo de tres (03) meses, de la remuneración del Presidente de la República y los ingresos mensuales, provenientes de su cargo, de los funcionarios y servidores públicos del Estado del Poder Ejecutivo, destinando los ahorros derivados de dicha reducción a contribuir con el financiamiento de medidas que permitan mitigar el impacto de la propagación del Coronavirus (COVID-19); Que, el artículo 2 del citado Decreto de Urgencia prevé, entre otros, que los funcionarios y servidores públicos a quienes se aplica la reducción temporal son aquellos cuyos ingresos mensuales, provenientes de su cargo, sean iguales o mayores a S/ 15,000. Conforme el numeral 3.1 de su artículo 3, se aplicará la medida durante los meses de junio, julio y agosto de 2020, sobre el 10% del ingreso mensual, cuando tales ingresos mensuales sean mayores o iguales a S/ 15,000 y menor a S/ 20,000; por su parte el numeral 6.4 de su artículo 6 autorizó a las entidades del Poder Ejecutivo a realizar transferencias financieras a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional