Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2019 (29/09/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

40

NORMAS LEGALES

Domingo 29 de setiembre de 2019 /

El Peruano

ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal"; Que, mediante la Ordenanza Nº 403-MDA, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Ate, el mismo que fue ratificado mediante Acuerdo de Concejo Nº 255 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, la Ordenanza Nº 429-MDA, ratificado con Acuerdo de Concejo Nº 540MML, Ordenanza Nº 487-MDA, ratificado con Acuerdo de Concejo Nº 559-MML, modificado con Decreto de Alcaldía Nº 029-2016-MDA, Decreto de Alcaldía Nº 034-2016-MDA, Decreto de Alcaldía Nº 039-2016MDA, Decreto de Alcaldía Nº 003-2017-MDA, Decreto de Alcaldía Nº 018-2017-MDA, Decreto de Alcaldía Nº 033-2017-MDA, Decreto de Alcaldía Nº 011-2018MDA, Ordenanza Nº 475-MDA, Decreto de Alcaldía Nº 037-2018/MDA, Ordenanza Nº 486-MDA, Ordenanza Nº 488-MDA, Decreto de Alcaldía Nº 006-2019/MDA y Decreto de Alcaldía Nº 016-2019/MDA; Que, mediante Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5), del Artículo 2º de la Constitución Política del Perú, cuyo Texto Único Ordenado ­ TUO ha sido aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y que en su artículo 3º, establece que el Estado adopta medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública y tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1353, se crea la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Publica, fortalece el Régimen de Protección de Datos Personales y la regulación de la gestión de intereses; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1416, se fortalece el Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que de conformidad al Decreto Supremo Nº 0042019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que hace mención al Principio de Acceso Permanente: "La autoridad administrativa está obligada a facilitar información a los administrados que son parte en un procedimiento administrativo tramitado ante ellas, para que en cualquier momento del referido procedimiento puedan conocer su estado de tramitación y a acceder y obtener copias de los documentos contenidos en dicho procedimiento, sin perjuicio del derecho de acceso a la información que se ejerce conforme a la ley de la materia"; Que, mediante Memorándum Nº 736-2019-MDA/SG, la Secretaría General remite los cambios realizados de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1353, respecto del plazo legal para la atención de solicitudes de acceso a la información pública, cambios en los días de prórroga del plazo de atención de solicitudes y la modificación del procedimiento de apelación pasando ahora a ser competencia exclusiva del Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, remitiendo el proyecto de Decreto de Alcaldía y la propuesta de modificación del procedimiento administrativo: "Acceso a la información que produzca o posea la Municipalidad" del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA, vigente de la Municipalidad Distrital de Ate, para su evaluación y opinión técnica; Que, mediante Informe Nº 086-2019-MDA/GPESGMI, la Sub Gerencia de Modernización Institucional en coordinación con la Secretaría General ha realizado la modificación del procedimiento "Acceso a la información que produzca o posea la Municipalidad" del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de la Municipalidad Distrital de Ate, conforme a las disposiciones señaladas en el Decreto Legislativo Nº 1353 y el Decreto Legislativo Nº 1416. Las modificaciones realizadas establecen cambios en los días hábiles en el plazo para resolver las solicitudes de acceso a la información pública,

especificaciones para realizar prórroga para la atención de solicitudes, modificación de la instancia responsable de resolver el recurso de apelación y modificación en el plazo para resolver el recurso de apelación; Que, mediante Memorándum Nº 1225-2019-MDA/ GPE, la Gerencia de Planificación Estratégica señala que la presente modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de la Municipalidad Distrital de Ate, se ha realizado según las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1353 y el Decreto Legislativo Nº 1416, por lo que recomienda la aprobación del proyecto de Decreto de Alcaldía promovido por la Sub Gerencia de Modernización Institucional, haciéndolo suyo en todos sus extremos lo emitido en el informe precedente, elevando los actuados y remitiéndolo para su revisión y opinión legal; Que, mediante Informe Nº 636-2019-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que teniendo en cuenta la opinión favorable de la Sub Gerencia de Modernización Institucional y Gerencia de Planificación Estratégica, opina que resulta procedente modificar el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de la Municipalidad Distrital de Ate, aprobado mediante Ordenanza Nº 403-MDA y modificatorias, ello en el extremo de las solicitudes de acceso a la información (a cargo de la Secretaría General), conforme a la propuesta presentada, la misma que deberá ser aprobado mediante Decreto de Alcaldía; Que, mediante Memorándum Nº 2407-2019-MDA/ GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20º, y artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. SE DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR; el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Ate, aprobado con Ordenanza Nº 403-MDA, ratificado por Acuerdo de Concejo Nº 255 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, Ordenanza Nº 429-MDA, ratificado mediante Acuerdo de Concejo Nº 540 de la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Ordenanza Nº 487-MDA, publicado el 01.01.2019, el mismo que fue ratificado mediante Acuerdo de Concejo Nº 559 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; y, modificado por Decreto de Alcaldía Nº 006-2019/MDA y Decreto de Alcaldía Nº 016-2019/MDA, conforme al documento Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía; en merito a los considerandos antes expuestos. Artículo Segundo.- DISPONER; la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial "El Peruano", el mismo que entrará en vigencia el día siguiente de su publicación. Artículo Tercero.- ENCARGAR; a la Gerencia de Tecnologías de la Información, la publicación del presente Decreto de Alcaldía y el íntegro del anexo adjunto en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe), y a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano, conforme a lo dispuesto en el Artículo 44º, numeral 44.3 del TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS. Artículo Cuarto.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Secretaría General, Sub Gerencia de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano y demás áreas pertinentes de esta Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EDDE CUELLAR ALEGRIA Alcalde * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales. 1811596-3