Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2019 (29/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Domingo 29 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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SE RESUELVE: Artículo 1.- Derogar la norma técnica denominada "Normas de Procedimiento para Reasignaciones y Permutas de Profesores Comprendidos en la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial", aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 0582-2013ED, con excepción del literal a) del subnumeral 6.3 del numeral 6, el mismo que quedará derogado una vez culminado el proceso de reasignación 2019. Artículo 2.- Aprobar la norma técnica denominada "Disposiciones para la reasignación y permuta de los profesores en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento", la misma que como anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA PATRICIA ANDRADE PACORA Viceministra de Gestión Pedagógica 1811939-2

de diálogo entre el Poder Ejecutivo y la población, mediante un Grupo de Trabajo; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; en el numeral 6.2 del artículo 6 y literal n) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Conformar el Grupo de Trabajo del Sector Tumilaca, Distrito de Torata, Provincia de Mariscal Nieto, Departamento de Moquegua, con el objeto de instalar un espacio de diálogo entre el Poder Ejecutivo y representantes de la sociedad civil de Tumilaca, en el cual se canalizará y coordinará las funciones definidas en el artículo 3 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Integrantes El Grupo de Trabajo está integrado por los siguientes miembros: a) Un (01) representante titular y alterno de cada una de las siguientes entidades del Poder Ejecutivo: Ministerio de Energía y Minas, quien lo presidirá; Presidencia de Consejo de Ministros; Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental del Ministerio del Ambiente; Autoridad Nacional del Agua del Ministerio de Agricultura y Riego; Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud. b) Un (1) representante titular y alterno de la Municipalidad Distrital de Torata. c) Representantes de la sociedad civil de Tumilaca registrados en los subgrupos de trabajo señalados en el artículo 5. Artículo 3.- Funciones El Grupo de Trabajo tiene las siguientes funciones: - Elaborar un programa de actividades orientado a explicar y aclarar los alcances del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del Proyecto Quellaveco y sus modificatorias, en los ejes hídrico, ambiental y de modelamiento del proyecto. - Elaborar el documento final por parte de la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, que consolide lo desarrollado en el programa de actividades y sus resultados, así como recoja propuestas y recomendaciones para ser alcanzadas a las entidades competentes del Poder Ejecutivo, con la finalidad que dichas entidades competentes tomen conocimiento y dispongan las acciones que corresponda dentro del marco legal. Artículo 4.- Designación de Representantes Los representantes que integran el Grupo de Trabajo de conformidad con el artículo 2 de la presente Resolución, son designados mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica, dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución, o mediante su registro en los subgrupos de trabajo señalados en el artículo 5, según corresponda. Artículo 5.- De los subgrupos de trabajo Para el cumplimiento de sus funciones el Grupo de Trabajo está conformado por tres subgrupos de trabajo: ambiental, hídrico y de modelamiento del proyecto. Artículo 6.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo está a cargo de la Oficina General de Gestión Social del Ministerio de Energía y Minas. Artículo 7.- Financiamiento Las entidades que conforman el Grupo de Trabajo sujetan el cumplimiento de sus funciones a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

ENERGIA Y MINAS
Conforman Grupo de Trabajo del Sector Tumilaca, Distrito de Torata, Provincia de Mariscal Nieto, Departamento de Moquegua, con el objeto de instalar un espacio de diálogo entre el Poder Ejecutivo y representantes de la sociedad civil de Tumilaca
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 281-2019-MINEM/DM Lima, 27 de setiembre de 2019 VISTOS: El Informe N° 0002-2019-MINEM/OGGS/ OGDCP, del 24 de setiembre de 2019, de la Oficina de Gestión de Dialogo y Participación Ciudadana de la Oficina General de Gestión Social, y, el Informe N° 920-2019-MINEM/OGAJ, del 27 de setiembre de 2019, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, el inciso a) del numeral 1 del artículo 23 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que son funciones generales de los Ministerios; formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, de conformidad con lo dispuesto por los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, y modificados por Decreto Supremo N° 131-2018-PCM, los Grupos de Trabajo son un tipo de órgano colegiado, pueden ser sectoriales o multisectoriales, y se aprueban mediante Resolución Ministerial del Ministerio que los preside; Que, asimismo el artículo 28 de los citados lineamientos señala que los Grupos de Trabajo de naturaleza temporal se extinguen de forma automática cumplidos sus objetivos y su periodo de vigencia, formalizándose mediante comunicación a la Secretaría de Gestión Pública; Que, con fecha 03 de setiembre de 2019, en el sector de Tumilaca, distrito de Torata, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua; representantes del Poder Ejecutivo y de la sociedad civil del sector Tumilaca acordaron evaluar y de ser el caso, conformar un espacio