Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2019 (29/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Domingo 29 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Judicial en los Juzgados Civiles", elaborado por el Centro de Estudios de Justicia de las Américas - CEJA. El mencionado documento tiene por objetivo apoyar la implementación de un proyecto piloto basado en la creación de una oficina judicial que asuma las funciones administrativas, de mero trámite y de gestión de audiencias que les correspondan a un número de juzgados civiles de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa y/o Lima. Segundo. Que, a través de la citada resolución se conformó una Comisión para la ejecución y supervisión del Plan de Trabajo del "Proyecto Piloto para la Modernización del Despacho Judicial en los Juzgados Civiles", la misma que fue actualizada mediante Resoluciones Administrativas Nros. 208-2018-CE-PJ y 054-2019-CE-PJ. Tercero. Que, por Resolución Administrativa N° 229-2019-CE-PJ se aprobó la conformación de la Comisión Nacional de Implementación, Supervisión y Monitoreo de la Oralidad Civil en el Poder Judicial, que tendrá la finalidad de centralizar y coordinar todas las acciones necesarias para el adecuado funcionamiento del sistema oral. Cuarto. Que, la Presidencia de la Corte Superior de Huánuco solicita su incorporación al "Proyecto Piloto para la Modernización del Despacho Judicial en los Juzgados Civiles", en virtud al acuerdo de los magistrados de todas las instancias que laboran en las sedes judiciales de Huánuco y Leoncio Prado, según el acta de acuerdos para la implementación de la oralidad en los procesos civiles en la referida Corte Superior. Quinto. Que, asimismo, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ica solicita su incorporación al "Proyecto Piloto para la Modernización del Despacho Judicial en los Juzgados Civiles"; así como la aprobación del Proyecto "Módulo Civil Corporativo y la Oralidad en el Proceso Civil de la Corte Superior de Justicia de Ica" y los instrumentos de gestión para la creación y actuación del "Módulo Civil Corporativo y la Oralidad en el Proceso Civil de la Corte Superior de Justicia de Ica", con el objetivo del fortalecimiento de los servicios de justicia de la referida Corte Superior. Sexto. Que, el señor Consejero Responsable de la Comisión Nacional de Implementación, Supervisión y Monitoreo de la Oralidad Civil en el Poder Judicial, propone la incorporación de las Cortes Superiores de Justicia de Huánuco e Ica al mencionado proyecto. Sétimo. Que, en tal sentido, corresponde su aprobación por este Órgano de Gobierno en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que determina como una de sus funciones y atribuciones, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia, Por estos fundamentos, en mérito al Acuerdo N° 1056-2019 de la trigésimo tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Lama More, Ruidías Farfán, Alegre Valdivia y Deur Morán, sin la intervención de la señora Consejera Tello Gilardi por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Incorporar a las Cortes Superiores de Justicia de Huánuco e Ica en el "Proyecto Piloto para la Modernización del Despacho Judicial en los Juzgados Civiles". Artículo Segundo.- Disponer que el Equipo Técnico Distrital para la Modernización de los Despachos Judiciales de los Juzgados Civiles de las Cortes Superiores de Justicia de Huánuco e Ica elabore, a la brevedad posible, el proyecto y los instrumentos de gestión para la creación del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral que funcionará en su jurisdicción; conforme a las disposiciones de la Resolución Administrativa N° 213-2019-CE-PJ.

Artículo Tercero.- Establecer que la Comisión Nacional de Implementación, Supervisión y Monitoreo de la Oralidad Civil en el Poder Judicial, prestará asesoramiento técnico a los Equipos Técnicos Distritales en la elaboración del Proyecto y sus instrumentos de gestión. Artículo Cuarto.- Disponer que las Cortes Superiores de Justicia de Huánuco e Ica, adjunten un cronograma de implementación y prevean la infraestructura necesaria para la instalación y funcionamiento del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Comisión Nacional de Implementación, Supervisión y Monitoreo de la Oralidad Civil en el Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Huánuco e Ica; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1811840-2

Prorrogan funcionamiento de la Primera y Tercera Salas de Derecho Constitucional y Social Transitoria, Sala Civil Transitoria; y Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 388-2019-CE-PJ Lima, 25 de setiembre de 2019 VISTOS: Los Oficios Nros. 208-2019-P-1SDCST-CS/PJDRT, 078-2019-3°SDCST-CS-PJ, 085-19-SCT-CS-PJ y 475-2019-P-SPT-CS, cursados por los Presidentes de la Primera y Tercera Salas de Derecho Constitucional y Social Transitoria, Sala Civil Transitoria y Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, respectivamente. CONSIDERANDO: Primero. Que, este Órgano de Gobierno mediante Resolución Administrativa N° 264-2019-CE-PJ, prorrogó por el periodo de tres meses, a partir del 1 de julio de 2019, el funcionamiento de la Primera y Tercera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria; Sala Civil Transitoria; y Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República. Segundo. Que, los Presidentes de las referidas Salas Supremas han solicitado que se disponga la prórroga del funcionamiento de los mencionados órganos jurisdiccionales, por el término de ley. Tercero. Que, al respecto, de los informes estadísticos remitidos se evidencia que aún queda considerable número de expedientes pendientes de resolver, por lo que resulta necesario disponer la prórroga del funcionamiento de las mencionadas Salas Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la República, por el término de tres meses. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 1191-2019 de la trigésima novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas, sin la intervención de los señores Arévalo Vela y Lama More por encontrarse de licencia y vacaciones, respectivamente; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,