Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2019 (29/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Domingo 29 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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referida Dirección General es la encargada de evaluar, formular y proponer la política tributaria para simplificar, reestructurar y optimizar el sistema tributario; Que, en consecuencia y siendo de interés institucional y nacional, resulta pertinente autorizar los mencionados viajes, cuyos gastos son financiados con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el párrafo 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme con lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; y, De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en la Directiva N° 001-2017-EF/43.01, Disposiciones y Procedimientos para la autorización de viajes en comisión de servicios al exterior del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial N° 493-2017-EF/43; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora Pilar Milagros Baca Salas, Consultora de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de París, República Francesa, del 28 de setiembre al 4 de octubre de 2019, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Eduardo Alejandro Díaz Huamán, profesional de la Dirección de Asuntos Tributarios Internacionales de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de París, República Francesa, del 28 de setiembre al 5 de octubre de 2019, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, son con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 ­ Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con siguiente detalle: Señora Pilar Milagros Baca Salas Pasajes aéreos Viáticos (4 + 1) : : US $ US $ 2 503,65 2 700,00

EDUCACION
Conforman Comisión Especial de Cautela para la auditoría financiera gubernamental por los periodos 2019 - 2020 del Ministerio de Educación
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 476-2019-MINEDU Lima, 27 de setiembre de 2019 VISTO: el Expediente N° 0192836-2019-MINEDU, el Informe N° 01202-2019-MINEDU/SG-OGAJ, y CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Circular N° 006-2019-CG/ SOA ingresado por Mesa de Partes del Ministerio de Educación - Minedu con fecha 20 de setiembre de 2019, la Subgerencia de Gestión de Sociedades de Auditoría de la Contraloría General de la República del Perú, señala que el Minedu ha sido incluido en el Cronograma Anual de Designaciones del año 2019, aprobado por el Contralor General, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 7.2.1.1 de la Directiva N° 009-2018-CG/NORM "Gestión de Sociedades de Auditoría", aprobada por Resolución de Contraloría N° 509-2018-CG; Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, establece que las sociedades de auditoría, para efectos de la citada Ley, son personas jurídicas calificadas e independientes en la realización de las labores de control posterior externo, que son designadas por la Contraloría General, previo Concurso Público de Méritos, y contratadas por las entidades para examinar actividades y operaciones de las mismas, opinar sobre la razonabilidad de sus estados financieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados; asimismo, establece que el proceso de designación y contratación de las sociedades de auditoría, el seguimiento y evaluación de informes, las responsabilidades, así como su registro, es regulado por la Contraloría General; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 4692018-CG de fecha 21 de setiembre de 2018, se aprobó la Directiva N° 009-2018-CG/NORM, "Gestión de Sociedades de Auditoría", en adelante la Directiva, la cual tiene como objetivo, establecer el marco normativo que desarrolla los procesos de registro, designación, contratación y supervisión de las Sociedades de Auditoría - SOA, conformantes del Sistema Nacional de Control, soportados en el Sistema Informático de Sociedades de Auditoría - INFOSOA; Que, el numeral 6.5 de la citada Directiva, dispone que la Comisión Especial de Cautela (CEC), es el órgano colegiado nombrado por el titular o representante legal de la Entidad; y está conformado como mínimo por tres (03) integrantes con igual número de suplentes; dos (02) funcionarios públicos que mantengan relación laboral con la Entidad y no estén vinculados a la materia a examinar en el periodo sujeto a evaluación; y un (01) integrante que será el Jefe del Órgano de Control Institucional o el personal a su cargo que éste último designe, quien integrará la CEC en calidad de Presidente; Que, el numeral antes señalado establece que, la CEC tiene entre otras las siguientes funciones: a) Comunicar simultáneamente a la Subgerencia de Gestión de Sociedades de Auditoría y al titular de la Entidad, la negativa, demora o entrega incompleta de la información requerida por las SOA al día hábil siguiente de vencido el plazo otorgado para la entrega de la información; b) Comunicar simultáneamente a la Subgerencia de Gestión de Sociedades de Auditoría y al titular de la Entidad sobre los casos de incumplimiento contractual o de la presente Directiva, al día hábil siguiente de conocido el hecho; c) Verificar el registro de asistencia de la comisión auditora realizado a la Entidad y comunicar simultáneamente al Coordinador de la Entidad y a la Subgerencia de Gestión

Señor Eduardo Alejandro Díaz Huamán Pasajes aéreos Viáticos (5 + 1) : US $ : US $ 2 183,82 3 240,00

Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuados los viajes, los citados comisionados deben presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los comisionados cuyos viajes se autorizan. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1811722-1