Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2019 (29/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Domingo 29 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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2019-MTC, establece que la Presidencia Ejecutiva tiene la función de designar, entre otros, a los titulares de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, así como de las unidades orgánicas de ser el caso; Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe (a) de la Oficina de Procesos y Gestión de Riesgos de la ATU, cargo considerado de confianza; Con el visado de la Gerente General, de la Jefa de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos y del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, estando a las funciones establecidas en los literales e) y t) del artículo 16 de la Sección Primera del ROF de la ATU, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2019-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución, a la señora ROSIO MILAGRO FLORES GUZMAN, en el cargo de Jefa de la Oficina de Procesos y Gestión de Riesgos de la Autoridad de Transporte Urbano de Lima y Callao - ATU, cargo considerado de confianza. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la señora ROSIO MILAGRO FLORES GUZMAN y a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, para los fines pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUMBERTO VALENZUELA GÓMEZ Presidente Ejecutivo 1810344-3

y Callao ­ATU, aprobado por Decreto Supremo N° 0032019-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, a partir de la fecha, a la señora SOFIA EVA RIOS ROSALES en el cargo de Jefa de Contabilidad de la Oficina de Administración de la Autoridad de Transporte Urbano de Lima y Callao ­ATU, cargo considerado de confianza. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la señora SOFIA EVA RIOS ROSALES y a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, para los fines pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUMBERTO VALENZUELA GÓMEZ Presidente Ejecutivo 1811905-1

SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
Autorizan difusión del Proyecto "Disposiciones para la aplicación del literal d) del artículo 12 y artículo 156 de la Ley del Mercado de Valores"
RESOLUCIÓN SMV Nº 022-2019-SMV/01 Lima, 26 de septiembre de 2019 VISTOS: El Expediente N° 2019038151, el Informe Conjunto N° 1082-2019-SMV/06/10/12 del 19 de septiembre de 2019, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial y la Superintendencia Adjunta de Investigación y Desarrollo; así como el proyecto de Disposiciones para la aplicación del literal d) del artículo 12 y artículo 156 de la Ley del Mercado de Valores (en adelante, el "Proyecto"); CONSIDERANDO:

Designan Jefa de Contabilidad de la Oficina de Administración de la Autoridad de Transporte Urbano de Lima y Callao -ATU
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 29-2019-ATU/PE Lima, 27 de setiembre de 2019 CONSIDERANDO Que, mediante la Ley N° 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao- ATU, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, funcional, económica y financiera; Que, el literal e) del artículo 16 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano de Lima y Callao ­ATU, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2019-MTC, establece que la Presidencia Ejecutiva tiene la función de designar, entre otros, a los titulares de los órganos de Línea, de asesoramiento y de apoyo, así como de las unidades orgánicas de ser el caso; Que, se encuentra vacante el cargo de Jefa de la Unidad de Contabilidad de la Oficina de Administración de la Autoridad de Transporte Urbano de Lima y Callao ­ATU, cargo considerado de confianza; Contando con la visación de la Gerencia General, de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, estando a las funciones establecidas en los literales e) y t) del artículo 16 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano de Lima

Que, conforme al artículo 1 del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126 y sus modificatorias (en adelante, Ley Orgánica), la SMV tiene por finalidad velar por la protección de los inversionistas, la eficiencia y transparencia de los mercados bajo su supervisión, la correcta formación de los precios y la difusión de toda la información necesaria para tales propósitos, a través de la regulación, supervisión y promoción; Que, de acuerdo con el literal b) del artículo 5 de la Ley Orgánica, el Directorio de la SMV tiene por atribución la aprobación de la normativa del mercado de valores, mercado de productos y sistema de fondos colectivos, así como aquella a la que deben sujetarse las personas naturales o jurídicas sometidas a su supervisión; Que, el literal d) del artículo 12 de la Ley de Mercado de Valores, Decreto Legislativo N° 861 (en adelante, LMV), establece que los directores, funcionarios y trabajadores de las bolsas de valores y de las demás entidades responsables de la conducción de mecanismos centralizados, de las instituciones de compensación y liquidación, incluyendo al director de rueda, se encuentran prohibidos de adquirir o transferir valores o instrumentos financieros inscritos en el Registro Público del Mercado de Valores (en adelante, RPMV), a menos que obtengan autorización previa de la SMV;