Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2019 (19/09/2019)


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NORMAS LEGALES

Jueves 19 de setiembre de 2019 /

El Peruano

autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que el numeral 8), del artículo 9º, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Concejo Municipal, tiene como atribuciones aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que las ordenanzas en materia de su competencia son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en que la municipalidad tiene competencia normativa; Que la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano, estableciendo los principios y la base legal para iniciar el proceso de modernización de la gestión del Estado en todas sus instituciones e instancias; De acuerdo con lo previsto en el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, y su modificatoria mediante Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, se aprueban los lineamientos de organización del Estado y de acuerdo a lo señalado en su artículo 2º se busca que las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fin de responder a las necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía; Que el artículo 46º del referido Decreto Supremo señala los supuestos por las que se requiere la aprobación o modificación de un ROF, siendo una de éstas, por modificación parcial, dada por la reasignación o modificación de funciones entre unidades de organización sin que se afecte la estructura orgánica o cuando la afectación de la estructura orgánica se debe a una disminución del número de unidades de organización por nivel organizacional; Que el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF - es un documento técnico normativo de gestión institucional que contiene la organización formal de una entidad pública, es decir, contiene su estructura orgánica, así como las funciones generales y específicas de cada uno de sus órganos y unidades orgánicas. En ese sentido, constituye una de las herramientas más importantes para la adecuada gestión administrativa de una entidad, como documento que ordena las funciones a su cargo; Que mediante Ordenanza Nº 297-2019/MLV se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF -, que contiene la Estructura Orgánica y Organigrama de la Municipalidad de La Victoria; siendo modificada mediante la Ordenanza Nº 311/MLV; Que mediante Informe Nº 118-2019-GPP/MLV la Gerencia de Planificación y Presupuesto fundamenta la Ordenanza que aprueba la modificación del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de La Victoria señalando que se busca una reasignación, modificación y traslado de funciones de los órganos y unidades orgánicas, orientada a incrementar el nivel de eficiencia y eficacia, mejorar la atención al ciudadano y optimizar el uso de recursos públicos, contemplándose las siguientes modificaciones: a) Cambios en las funciones de los órganos y unidades orgánicas; b) Incorporación de funciones generales en los órganos y unidades orgánicas; c) Incorporar funciones relacionadas con la implementación de recomendaciones derivadas de los informes de auditoría, emitidas por los órganos del Sistema Nacional de Control y d) Análisis de no duplicidad de funciones observándose que las funciones de los órganos de línea y sus unidades orgánicas, establecidas en la presente modificación del ROF están claramente delimitadas y diferenciadas, no existiendo duplicidad de funciones; Asimismo señala que las funciones de los órganos, unidades orgánicas y jefaturas de alta dirección, de control y defensa jurídica, de apoyo, de asesoramiento,

de línea y consultivos, se han reasignado y fortalecido de acuerdo con lo previsto en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; así como las normas de los sistemas administrativos previstos en el artículo 46º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y en base a las normas sustantivas que otorgan funciones a los gobiernos locales, por lo que recomienda que la propuesta de modificación del ROF sea aprobado; Que mediante Informe Nº 400-2019-GAJ/MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable la modificación del ROF de la Municipalidad de La Victoria señalando que ha sido planteada siguiendo los lineamientos del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y su modificatoria, estando arreglada a derecho y no trasgrede la normatividad de la materia; Informe que es compartido por la Gerencia Municipal mediante proveído N° 13812019-GM; Estando a los fundamentos expuestos, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º, y artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto por unanimidad de los señores regidores asistentes a la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de agosto de 2019, y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta; se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES ­ ROF - DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Artículo 1º.- Aprobar la modificación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF ­ de la Municipalidad de La Victoria, aprobado con Ordenanza Nº 297-19/MLV y modificado con Ordenanza Nº 311/MLV, conforme se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Las demás disposiciones contenidas en el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF ­ siguen vigentes. Artículo 3º.- Encargar a Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planificación y Presupuesto y demás órganos y unidades orgánicas el cumplimiento de la presente ordenanza. Artículo 4º.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano", y el texto íntegro del ROF en el portal web del mencionado diario, y la Gerencia de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones su publicación en el portal del Estado Peruano y en el portal institucional www. munilavictoria.gob.pe Regístrese, comuníquese y cúmplase. GEORGE PATRICK FORSYTH SOMMER Alcalde 1808015-1

Ratifican el Plan de Seguridad Ciudadana del distrito de La Victoria
ORDENANZA Nº 323/MLV La Victoria, 6 de setiembre de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL, en sesión ordinaria de fecha 06 de setiembre de 2019, VISTO: el Dictamen Nº 001-2019-CSC/MDLV, de la Comisión de Seguridad Ciudadana respecto a la Ordenanza que ratifica el Plan Local de Seguridad Ciudadana del Distrito de La Victoria; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los