Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2019 (19/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Jueves 19 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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inscritas según su tipo y nivel en el Registro Único de Organizaciones Sociales - RUOS; Que, el artículo 15 de la Ordenanza Municipal Nº 1762, Ordenanza que establece Procedimientos para el Reconocimiento y Registro Municipal de Organizaciones Sociales (RUOS) para la Participación Vecinal en Lima Metropolitana regula que el registro en mención es el sistema y proceso de reconocimiento y registro, a cargo de las municipalidades distritales de la provincia de Lima y de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en sus respectivos niveles, de las organizaciones sociales ubicadas al interior de sus jurisdicciones. Su operatividad se rige por la presente ordenanza y las normas conexas a ella, precisando en el tercer párrafo de su artículo 16 que el RUOS también dispondrá de una plataforma electrónica que contendrá la información de los libros del Registro Único de Organizaciones Sociales - denominándose también PLAT-RUOS, debiendo el gerente designar al responsable de las inscripciones y actualizaciones en la referida plataforma electrónica; asimismo, el artículo 19 de la citada Ordenanza, señala que, la Gerencia de Participación Vecinal, de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través de la Subgerencia de Organizaciones Vecinales, se encarga de reconocer y registrar a las organizaciones locales, zonales y del Cercado de Lima; así como, a las organizaciones de carácter interdistrital y metropolitano; Que, en ese sentido mediante Memorando N°1642019-MML-GPV, de fecha 10 de abril de 2019, la Gerencia de Participación Vecinal remite el Informes Nº 001-2019-MML-GPV-RVC el mismo que da cuenta de la estructura, labores y avances que vienen llevando acabo respecto a la realización de la Plataforma RUOS y la necesidad de proceder a su próxima implementación, con la finalidad de cumplir con registrar y actualizar el registro de las organizaciones sociales dispuestas en la Ordenanza Municipal Nº1762; Que, con Memorando N°413-2019-MML/GP-STI, de fecha 09 de julio de 2019, la Subgerencia de Tecnologías de la Información otorga su aprobación al Sistema para la Plataforma del Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) antes precitado; Que, a través del Memorando Nº281-2019-MML-GPV, de fecha 12 de julio de 2019, la Gerencia de Participación Vecinal elevó el Informe Nº 072-2019-MML-GPV-SOV el mismo que traslada el Informe Nº 010-2019-MMLGPV-SOV-JBM, de fecha 10 de julio de 2019, del Jefe de Asesoría Legal y Área R.U.O.S., emitiendo opinión favorable para aprobar la creación, funcionamiento y ejecución de la plataforma digital denominada "Plataforma Virtual RUOS"; Que, de igual manera con Informe Nº169-2019-MMLGP-SDI, de fecha 15 de agosto de 2019, la Subgerencia de Desarrollo Institucional indico que considera necesario que el órgano competente establezca la naturaleza y el ámbito de aplicación de la plataforma virtual en el proyecto normativo, debiendo especificar los procedimientos para los cuales la plataforma virtual será informativa o constitutiva. Además, dicha Subgerencia señaló que la Plataforma Virtual RUOS deberá ser aprobada mediante Decreto de Alcaldía, en observancia de lo dispuesto por el numeral 40.5 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; Que, por lo expuesto con Memorando Nº332-2019MML-GPV de fecha 27 de agosto de 2019, la Gerencia de Participación Vecinal envía el Informe N°087-2019MML-GPV-SOV, de fecha 27 de agosto de 2019, de la Subgerencia de Organizaciones Vecinales el cual remite el Informe N°018-2019-MML-GPV-SOV-JBM precisa que la propuesta de "Plataforma Virtual RUOS", no constituye un sistema diferente, sino por el contrario, es una herramienta virtual que agiliza el proceso ya existente, sin variar el procedimiento normativo establecido; Que, el Informe N°707-2019-MML-GAJ, de fecha 05 de setiembre de 2019, la Gerencia de Asuntos Jurídicos concluyo que, a consecuencia del análisis precedente y de la revisión de los antecedentes, se evidencia que la creación, aplicación y funcionamiento de la Plataforma Virtual RUOS se encuentra dentro del marco normativo vigente, por lo que recomiendan su aprobación conforme

a lo expuesto por la Gerencia de Participación Vecinal. Es legalmente viable la aprobación del proyecto de Decreto de Alcaldía, que aprueba la creación, funcionamiento y ejecución de la plataforma digital denominada "Plataforma Virtual RUOS", propuesto por la citada Gerencia; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.Aprobar la creación, funcionamiento y ejecución de la plataforma digital denominada "Plataforma Virtual RUOS", de conformidad a la Ordenanza N° 1762, por las consideraciones expuestas en el presente decreto. Artículo Segundo.- Dispóngase que la utilización de la plataforma virtual será facultativa por el plazo de seis (6) meses contados desde la vigencia de la presente norma. Vencido el plazo, dicha plataforma será de obligatorio cumplimiento para el registro único de organizaciones sociales. Artículo Tercero.- Facúltase a la Gerencia de Participación Vecinal a prorrogar el plazo señalado en el artículo anterior, previo informe sustentatorio de la unidad orgánica correspondiente. Artículo Cuarto.- Encargar que la Gerencia de Participación Vecinal en coordinación con la Subgerencia de Tecnologías de la Información, ejecuten las acciones necesarias a fin de garantizar la implementación y funcionamiento de la Plataforma Virtual RUOS, en el portal web de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Quinto.- El presente Decreto de Alcaldía entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Sexto.- Publicar el presente decreto de alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la entidad (www.munlima.gob.pe). Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1808014-1

MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 320/MLV La Victoria, 27 de agosto de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL, en sesión ordinaria de fecha 27 de agosto de 2019, VISTO: el Dictamen Conjunto N° 010-2019-CAFTTFCCPPAL/MDLV, de las Comisiones de Administración, Finanzas, Tecnologías de la Información, Telecomunicaciones y Fiscalización y Control, y de Planificación, Presupuesto y Asuntos Legales; respecto a la Ordenanza que modifica el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de La Victoria; y, CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen